Resolución Exenta nº 61-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Línea de transmisión eléctrica de 33 KV Santa Elisa-Confluencia - Normativa - VLEX 916273251

Resolución Exenta nº 61-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Línea de transmisión eléctrica de 33 KV Santa Elisa-Confluencia

Número de resolución61-2019
Fecha de publicación31 Julio 2019
Año2019
Fecha31 Julio 2019
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Ñuble
Califica Ambientalmente el proyecto “Línea de transmisión
eléctrica de 33 KV Santa Elisa-Confluencia”
Resolución Exenta Nº
Chillán
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 05 de abril de 2019 y su Adenda
Complementaria de 3 de junio de 2019, del proyecto “Línea de transmisión eléctrica de 33 KV
Santa Elisa-Confluencia”, presentado por Cooperativa Eléctrica Chillán Ltda. con fecha 21 de
diciembre de 2018.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“Línea de transmisión eléctrica de 33 KV Santa Elisa-Confluencia”.
3°. El Acta de Evaluación N° 02/2019 de 01 de abril de 2019, del Comité Técnico de la Región de
Ñuble.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Línea de transmisión eléctrica de 33 KV Santa Elisa-
Confluencia” de 28 de junio de 2019.
5°. El Acta N° 06/2019 de Comisión de Evaluación de la Región del Ñuble, de la sesión fecha 08 de
julio del 2019.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Línea de transmisión eléctrica de 33 KV Santa Elisa-Confluencia”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L.
Nº 1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de
la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en
el Decreto N° 1.245 de fecha 05 de septiembre de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública, que nombra a Don Carlos Martín Arrau García-Huidobro, como Intendente Regional de la
región de Ñuble; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en el
Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble, aprobado mediante
Resolución Exenta N° 02 de fecha 26 de septiembre de 2018; y la Resolución Afecta N°196 de la
Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 25 de junio de 2019 que
nombra a Don Pedro Navarrete Ugarte como Director Regional del Servicio de Evaluación
Ambiental de la Región de Ñuble.
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 31-07-2019 12:25:17:514 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 31-07-2019 12:25:18:468 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Cooperativa Eléctrica Chillán Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Línea de transmisión eléctrica de 33
KV Santa Elisa-Confluencia” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los
siguientes:
Nombre o razón social Cooperativa Eléctrica Chillán Ltda.
Rut 80.237.700-2
Teléfono 952165432
Domicilio 18 de septiembre 688, Chillán
Nombre del representante legal José Patricio Lagos Cisterna
Rut 8.835.763-9
Teléfono 952165432
Domicilio del representante legal 18 de septiembre 688, Chillán
Correo electrónico svconsultoriasaraucania@gmail.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de junio de 2019, el Director Servicio de
Evaluación Ambiental Región de Ñuble ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto éste
cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento
de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni
presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan
origen a la necesidad de evaluar a través de un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha
subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de
Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones
3°. Que, en sesión de 8 de julio de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble acordó
calificar favorablemente el proyecto “Línea de transmisión eléctrica de 33 KV Santa Elisa-
Confluencia”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 28 de junio de 2019, el que forma
parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60
inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general Mejorar la disponibilidad y confiabilidad del suministro eléctrico en las
comunas de Chillán, Chillán Viejo y comunas aledañas.
Tipología principal, a
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
b) Líneas de trasmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones
b.1) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje
aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a
veintitrés kilovoltios (kV).
Vida útil Indefinido
Monto de inversión USD $ 1.287.000,000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Autorización de conexión a la SEC.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si No
X
Si No
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Proyecto modifica un
proyecto o actividad
El proyecto modifica un proyecto o actividad
existente, esto debido a la mejora en la subestación
Confluencia para dar la potencia necesaria de
trasmisión y el reemplazo de postación en el tramo 1
para agregar la línea de 33 kV donde actualmente hay
una línea de 23 kV en funcionamiento. Las estructuras
asociadas al Tramo 2 y 3 serás nuevas en su totalidad.
Las modificaciones proyectadas se detallan
específicamente en el Capítulo 11 de la DIA.
X
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El proyecto se ubica entre las comunas de Chillán y Chillán viejo,
provincia de Diguillín, Región del Ñuble.
Descripción de la localización Se justifica la localización del proyecto debido al crecimiento de
demanda que existe año a año en los domicilios de sectores rurales
y de empresas forestales de las comunas de Chillán, Chillán Viejo y
Coelemu. Por lo tanto, con este proyecto se podrá asegurar la
disponibilidad y confiabilidad de suministro eléctrico en tal zona.
Superficie Aproximadamente 3 hectáreas.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84 Parte, obra o acción Coordenada
E
Coordenada
N
Entrada a Los Coligues 748536 5940647
Comienzo Ruta del Itata 747318 5939926
Atravieso de Línea 740953 5939589
Entrada Camino Vecinal
Confluencia
729511 5940706
Entrada Línea 728195 5941248
Subestación Confluencia 728128 5941078
Caminos de acceso Tramo 1: Comienza en la Subestación Santa Elisa, propiedad del
titular, ubicada a la altura del km 407,4 de la Ruta 5 Sur y llega a la
Ruta 152, Autopista del Itata, a la altura del km 0,2 de esa ruta.
Tramo 2: Va desde el km 0,2 de la Ruta 152, Autopista del Itata,
hasta el km 19,8 de la misma Ruta.
Tramo 3: Comienza en la salida de la autopista del Itata a la altura
del km 19,8 por un camino secundario y finalmente llega a la
Subestación Confluencia (900 m).
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
Anexo 1 “Información espacial” de la Adenda del proyecto.
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