Resolución Exenta nº 60019-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Modificación Barrio Los Pinares - Normativa - VLEX 916509136

Resolución Exenta nº 60019-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Modificación Barrio Los Pinares

Número de resolución60019-2022
Fecha de publicación20 Enero 2022
Año2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Libertador General Bernardo O Higgins
Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación Barrio Los Pinares”
<NUM_RES>
Rancagua
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA) incluidos sus Anexos, de 25 de
noviembre de 2021, su Adenda, incluidos sus Anexos de 30 de junio de 2021; y su Adenda
Complementaria, incluidos sus Anexos, de 3 de diciembre de 2021, del proyecto “Modificación
Barrio Los Pinares”, presentado por Inmobiliaria Pocuro SpA. (en adelante “Titular”).
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE) de la DIA del
proyecto “Modificación Barrio Los Pinares”.
3°. El Acta de Evaluación N°26 de la Sesión N°18/2021 de fecha 8 de julio de 2021, del Comité
Técnico de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante “Región de
O’Higgins”).
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Barrio Los Pinares” de 3 de enero de 2022.
5°. El Acta N°1/2022 de 10 de enero de 2022, de la Sesión Extraordinaria 1/2022de la Comisión
de Evaluación de la Región de O’Higgins.
6° La Resolución de Calificación Ambiental N°7, de fecha 29 de marzo de 2019, de la Comisión de
Evaluación de la Región de O’Higgins, del proyecto “Barrio Los Pinares” que se modifica a través
de la presente Resolución.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente electrónico www.sea.gob.cl, de evaluación de
impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación Barrio Los Pinares”, link:
https://seia.sea.gob.cl/expediente/expedientesEvaluacion.php?modo=normal&id_expediente=2148832
732
8°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº40,
de 30 de octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653, de 2002, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y en la Ley N°19.880,
que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°156 de fecha 7 de agosto de 2014, de la
Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins, que Aprueba el Reglamento de Organización y
Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo
O’Higgins; en la Resolución Exenta RA N°119046/250/2021 del Servicio de Evaluación Ambiental,
de fecha 29 de julio de 2021, mediante el cual se renueva nombramiento en el cargo de Director
Regional del SEA Región de O’Higgins; en la Resolución N°7 de 2019 de la Contraloría General de
la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en el D.S. N°178, de 12
de julio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra en el cargo de Delegado
Presidencial Regional a don Ricardo Guzmán Milla
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 17-01-2022 12:48:13:103 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 17-01-2022 12:48:15:909 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, el Titular ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA)
la DIA del proyecto “Modificación Barrio Los Pinares” (en adelante, “el Proyecto). Los antecedentes
del Titular son los siguientes:
ANTECEDENTES DEL TITULAR
Nombre o razón social
Inmobiliario Pocuro SpA.
Domicilio
Nueva Lyon Nº 145, Piso 13, comuna de Providencia, Región
Metropolitana.
Nombre del representante legal
Nelson Mouat Zunino.
Domicilio del representante legal
Nueva Lyon Nº 145, Piso 13, comuna de Providencia, Región
Metropolitana.
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 3 de enero de 2022, el Director del Servicio de
Evaluación Ambiental de Región de O’Higgins ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en el Capítulo 9
del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos
ambientales sectoriales aplicables identificados en el Capítulo 10 del ICE; no genera ni presenta los
efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la
necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores,
omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones,
Rectificaciones y Ampliaciones, teniendo presente las condiciones indicadas en el ICE, incluido lo
señalado en condiciones en los puntos 6.3 literal b), punto 6.6. literal b) y punto 11.2.1 del ICE”.
3°. Que, en Sesión Extraordinaria N°1/2022, la Comisión de Evaluación de la Región O’Higgins
acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Barrio Los Pinares”, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de 3 de enero de 2022, el que forma parte integrante de la presente
Resolución.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y sus anexos, y en su Adenda
Complementaria y sus anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución,
la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1 ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
Objetivo general
El Proyecto tiene por objeto la construcción y habilitación de 785 viviendas en
una superficie de 23,99 hectáreas, con sus correspondientes estacionamientos,
áreas verdes y equipamiento las que buscan atender la demanda habitacional en
la Región de O’Higgins, en especial de la comuna de Rancagua.
Descripción general del
proyecto
El Proyecto “Modificación Barrio Los Pinares” corresponde a una nueva
modificación de un proyecto con RCA N°7/2019 de la Comisión de Evaluación
de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante “Región
de O’Higgins”), del tipo inmobiliario, ubicado en el sector noroeste de la ciudad
de Rancagua, provincia de Cachapoal, de la citada región.
El proyecto original denominado “Barrio Los Pinares”, cuenta con la RCA
N°7/2019 de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins, y
correspondió a la ampliación de un proyecto inmobiliario ya existente de 264
viviendas; sumando la construcción de 366 viviendas adicionales que se
emplazarán en los Lotes 41B, Lote 3B y Lote Sucesión Escobar Espíndola,
todos pertenecientes a la comuna de Rancagua, en una superficie de 95.275,94
m2 (9,52 hectáreas), con sus correspondientes estacionamientos, áreas verdes y
equipamiento.
El presente Proyecto “Modificación Barrio Los Pinares” que se somete a
evaluación ambiental, consiste en la ampliación del referido proyecto
inmobiliario mediante la construcción de 785 viviendas adicionales que se
emplazarán en el Lote LT-2, en una superficie total de 239.887,81 m2 (23,99
hectáreas), con sus correspondientes estacionamientos, áreas verdes y
equipamiento.
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4.1 ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
El proyecto “Modificación Barrio Los Pinares” corresponde a una nueva
modificación de un proyecto con RCA N°7/2019 de la Comisión de Evaluación
de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, que cumple con lo
señalado en el:
Artículo 2 literal g) del D.S. N°40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente (en
adelante “MMA”), por cuanto constituye un cambio de consideración, puesto
que las modificaciones constituyen un proyecto por sí solo que amerita su
ingreso, de acuerdo a lo establecido en la citada norma en el artículo 3°, literal
h), según se detalla a continuación:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas
latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de
viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los
proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes
características:
h.1.2. Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de
vías expresas o troncales
De acuerdo con el sub-literal h.1.2 del artículo 3° del D.S. N°40/2012 del MMA,
Reglamento del SEIA, se considera la apertura de la Avenida Parque
Intercomunal O’Higgins, la cual está definida como troncal según el IPT de
Rancagua y la calle Caletera Sur ex Nueva 8, que tiene la misma categoría. La
extensión de dicha apertura corresponde al frente predial el cual contempla 346
metros, la cual considera la calzada expresa Sur y caletera Sur, ambas de 7 metros
de ancho. Por otro lado, se aclara que, la Avenida Intercomunal corresponde al
actual camino Quilos o ruta H-233; por lo tanto, la ubicación corresponde al
mismo camino mencionado con anterioridad a lo largo de todo el frente predial.
Asimismo, ocurre con la Caletera, la cual va paralelo a la avenida.
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7
ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.
De conformidad con la tipología de proyecto inmobiliario antes citada, el
Proyecto requiere ingresar al SEIA en consideración a que:
Se emplaza en una zona que ha sido declarada zona saturada para material
particulado respirable MP10, de acuerdo al D.S. Nº 7, de 2009, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, que Declara Zona Saturada por Material
Particulado Respirable MP10, como concentración anual y de 24 horas el Valle
Central de la Región de O’Higgins, modificado por el D.S. Nº 82, de 2009, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que rectifica límite norte de la
Declaración de Zona Saturada del Valle Central de la Región de O'Higgins,
ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Además de
encontrase al interior de la zona declarada saturada por MP 2.5 mediante el D.S.
N°42/2018 del Ministerio de Medio Ambiente.
Por lo tanto, se cumple el primer requisito relativo a emplazarse en una zona
declarada saturada.
Asimismo, el Proyecto se emplaza en una superficie de 23,99 hectáreas
aproximadamente y considera la construcción de 785 viviendas, lo que supera
el umbral de 300 viviendas y de 7 hectáreas de superficie total establecidas en
el literal h.1.3 del artículo 3 del Reglamento del SEIA.
En vista de lo señalado, el Proyecto “Modificación Barrio Los Pinares” debe
someterse al SEIA al cumplirse los requisitos para ser considerado como
“proyecto inmobiliario”, en los términos de la Ley Nº 19.300 y el D.S.
N°40/2012 del MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (en adelante “Reglamento del SEIA”).
Vida útil
La vida útil proyectada de la ampliación del proyecto inmobiliario Barrio Los
Pinares con RCA N°7/2019 es indefinida.
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