Resolución Exenta nº 6001115-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. NUEVA CENTRAL SOLAR FOTOVOLTAICA LO CONTY - Normativa - VLEX 916273724

Resolución Exenta nº 6001115-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. NUEVA CENTRAL SOLAR FOTOVOLTAICA LO CONTY

Número de resolución6001115-2021
Fecha de publicación13 Diciembre 2021
Fecha13 Diciembre 2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Libertador General Bernardo O Higgins
Califica Ambientalmente el proyecto “NUEVA CENTRAL SOLAR FOTOVOLTAICA LO
CONTY” <NUM_RES>
Rancagua
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, “DIA), su Adenda de fecha 21 de julio de
2021 y su Adenda Complementaria de fecha 19 de octubre de 2021, del proyecto “NUEVA
CENTRAL SOLAR FOTOVOLTAICA LO CONTY”, presentado por MAUI SOLAR SpA con
fecha 16 de marzo de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo N° 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, “ICE) de la DIA
del proyecto “NUEVA CENTRAL SOLAR FOTOVOLTAICA LO CONTY”.
3°. El Acta de Evaluación N° 29 de fecha 09 de agosto de 2021, del Comité Técnico de la Región
del Libertador General Bernardo O’Higgins.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “NUEVA CENTRAL SOLAR FOTOVOLTAICA LO CONTY”
de 15 de noviembre de 2021.
5°. La Resolución Exenta Nº 141, de fecha 31 de mayo de 2021, de la Dirección Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins que
dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el
artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “NUEVA CENTRAL SOLAR FOTOVOLTAICA LO CONTY”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº40,
de fecha 30 de octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653, de 2002, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y en
la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°156 de fecha 7 de agosto
de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins, que Aprueba el Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General
Bernardo O’Higgins; en la Resolución Exenta RA N°119046/250/2021 del Servicio de Evaluación
Ambiental, de fecha 29 de julio de 2021, mediante el cual se renueva nombramiento en el cargo de
Director Regional del SEA Región de O’Higgins; en la Resolución N°7 de 2019 de la Contraloría
General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en el D.S.
N°178, de 12 de julio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra en el
cargo de Delegado Presidencial Regional a don Ricardo Guzmán Millas.
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 07-12-2021 18:34:51:914 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 07-12-2021 18:34:56:381 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, MAUI SOLAR SpA (en adelante, Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (en adelante, “SEIA”) la DIA del proyecto “NUEVA CENTRAL SOLAR
FOTOVOLTAICA LO CONTY” (en adelante, Proyecto). Los antecedentes del Titular son los
siguientes:
Nombre o razón social
MAUI SOLAR SpA
Rut
76.972.538-5
Domicilio
Av. Suecia N° 0155, oficina 1004, Providencia, Santiago,
Región Metropolitana.
Teléfono
(56-2) 22 351 214
Nombre representante legal
Gloria Elizabeth Echeverría Cádiz
Rut representante legal
16914602-0
Domicilio representante legal
Av. Suecia N° 0155, oficina 1004, Providencia, Santiago,
Región Metropolitana.
Teléfono representante legal
(56-2) 22 351 214
Correo electrónico Titular o
representante legal
gecheverria@emanagement.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 15 de noviembre de 2021, el Director del Servicio
de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins ha recomendado
aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable
identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter
ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección
10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la
Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; lo
anterior, teniendo presente además, la condición para ejecutar el Proyecto descrito en el numeral
11.2.1 del ICE, referida a la mantención de vegetación e instalación de señalética en fajas de
protección como zona de refugio para fauna silvestre.
3°. Que, en sesión de 23 de noviembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región del
Libertador General Bernardo OHiggins acordó calificar favorablemente el proyecto “NUEVA
CENTRAL SOLAR FOTOVOLTAICA LO CONTY” (en adelante, “Proyecto”), aprobando
íntegramente el contenido del ICE de fecha 15 de noviembre de 2021, el que forma parte integrante
de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
La realización del Proyecto tiene por objetivo la generación de energía
eléctrica a partir de la captación y transformación de energía solar por
medio de 18.564 paneles solares de 545 Wp cada uno, de esta forma la
Nueva CSF Lo Conty alcanza 10,117 MWp de potencia de campo de
generación que son conectados a tres inversores, cuyas potencias
nominales ascienden 3,0 MWn cada uno, logrando conectar 9 MW. Así
también, contempla un sistema de almacenamiento de energía a través
de baterías de ion-litio, con el propósito de inyectar dicha energía al
Sistema Eléctrico Nacional en escenarios de mayor demanda cuando no
se disponga de luz solar, para prestar servicios complementarios y
como sistema de respaldo de energía.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
El Proyecto dispone de un campo de generación solar fotovoltaico en
corriente continua en baja tensión (CC), la que es transformada a
corriente alterna en media tensión por medio de tres grupos de
inversión y transformación, cuyas potencias nominales ascienden 3,0
MWn cada uno, para conectar 9 MW al SEN. Adicionalmente, el
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Proyecto contempla la instalación de un sistema de almacenamiento de
energía por baterías de ion-litio con una capacidad de 3 MWn, con el
propósito de inyectar dicha energía al Sistema Eléctrico Nacional en
escenarios de mayor demanda, cuando no se disponga de luz solar, para
prestar servicios complementarios y como sistema de respaldo de
energía.
Por lo anterior, ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
bajo el literal c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW, de
acuerdo a lo indicado en el artículo 3 del D.S Nº40/2012 y el artículo 10
de la Ley 19.300.
Vida útil
30 años.
Monto de inversión
USD $ 11.244.000,000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
El acto o acción concreta que establece el inicio de la fase de
construcción es la instalación del primer contenedor dentro de la
instalación de faena, para continuar con la habilitación del resto de
instalaciones de faena y patio de residuos. A partir de ese momento se
comienza la ejecución de la fase de construcción en forma sistemática y
permanente, siguiendo el calendario de actividades cronológicas
especificado en el numeral 1.6.2 de la DIA.
A fin de acreditar el inicio de la Fase de construcción, se solicita al
contratista encargado de realizar la implementación y habilitación de la
Instalación de Faena, generar una ficha de registro, dando cuenta de la
instalación del primer contenedor dentro de la IF. Dicho documento
será subido a la plataforma del sistema de seguimiento ambiental SSA
de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), quedando a
disposición de la autoridad para efectos de seguimiento y fiscalización.
Sumado a lo anterior, una vez iniciada las obras se realiza el aviso
correspondiente a la Autoridad, mediante el ingreso de una carta ante la
SMA informando la fecha de inicio la Fase de Construcción, indicado
en la respuesta N°1.1 del Adenda. Asimismo, en la citada respuesta del
Adenda, el Titular señala que se mantiene una copia del comprobante
de recepción de este documento al interior de la faena, para consulta y
fiscalización de la autoridad si así lo requiriese.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 14 del
RSEIA, el Titular indica que la Nueva Central Solar
Fotovoltaica Lo Conty no se desarrolla por fases, se
realiza en una fase única de construcción, la cual incluirá
la conexión a la red de distribución existente, y su puesta
en operación.
X
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Si
No
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 12 del
RSEIA, el Titular indica que la Nueva Central Solar
Fotovoltaica Lo Conty, es un Proyecto nuevo y no
corresponde a una modificación asociada a un Proyecto
existente.
X
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si
No
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 12 del
RSEIA, el Titular indica que la Nueva Central Solar
Fotovoltaica Lo Conty, será un Proyecto nuevo y no
corresponde a una modificación asociada a un Proyecto
existente con RCA.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se ubica en la Región del Libertador General Bernardo
O’Higgins, Provincia de Cachapoal, Comuna de Coinco, en un
sector rural, situado geográficamente a aproximadamente 5 km al
norte de la localidad de Coinco y a menos de 1 km de la localidad
de Copequén. El Proyecto se ubica en un predio privado, el que se
encuentra registrado bajo el ROL de avalúo fiscal 26-44, de
acuerdo con lo declarado en el numeral 1.4.1. de la DIA.
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