Resolución Exenta Nº 600 de Superintendencia de Medio Ambiente, 14-04-2020 - Normativa - VLEX 844307568

Resolución Exenta Nº 600 de Superintendencia de Medio Ambiente, 14-04-2020

Fecha14 Abril 2020
Número de resolución600
EmisorSuperintendencia de Medio Ambiente
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SMA 1 Superinlendcnci¡¡
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del
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i
o
Am.uicnlc
Gobierno
de C
hol
c
DISPONE EXTENSIÓN
DE
LA
VIGENCIA
DE
LOS
CERTIFICADOS
DE
VERIFICACIÓN Y
DE
CALIBRACIÓN
DE
LOS
EQUIPOS E INSTRUMENTOS
DE
MUESTREO Y
MEDICIÓN QUE INDICA.
RESOLUCIÓN EXENTA
600
SANTIAGO,
14
de
abril
de
2020
VISTO:
Lo
dispuesto
en
la ley orgánica de la Superintendencia
del
Medio
Ambiente
(en
adelante,
LO
SMA);
la
ley W19.880, que Establece la s
Bases
de los
Procedimientos Administrativos que
Rigen
los Actos de los Órganos de
la
Administración
de
l
Estado; en el decreto con fuerza de ley W 1-19.653, de 2000, que fija el texto, refundido,
coordinado y sistematizado
de
la ley W18.575,
de
Bases
Generales de
la
Administración del
Estado; la ley W19.300, sobre
Bases
Generales del
Medio
Ambiente; el decreto con fuerza de ley
W3,
de 11
de
septiembre de 2010, del Ministerio
Sec
retaría General de
la
Presidencia, que
Fija
la
Planta de
la
Superintendencia del
Medio
Ambiente; en el Gab.
Pres.
W003
, de 16 de marzo de
2020; en el Oficio Circular W10, de 18 de marzo
de
2020, del Minis
terio
del Interior; en el decreto
supremo N"31, de 8 de octubre
de
2019, del Ministerio del Medio Ambiente, que nombra a
Cristóbal de
la
Maza Guzmán
en
el cargo de Superintendente del
Medio
Ambiente; en la
resolu ción exenta N"424, de 12 de mayo de 2017, de la Superintendencia del
Medio
Ambiente,
que fija
la
organización interna de
la
Superintendencia del
Medio
Ambiente, y
sus
modificaciones;
y en
la
resolución N"7, de
26
de marzo
de
2019, de
la
Contralor
ía
Gene
ra
l de la República, que fija
normas sobre exención del
trámite
de Toma
de
Razón.
CONSIDERANDO:
l .
El
decreto supremo N"
4,
de S enero
de
2020, del Ministerio de Salud, que decretó al
er
ta
san
itaria otorgando facu ltad
es
extraordinarias a
dicha cartera
por
emergencia de salud pública de importancia internacional
(ESPII)
por
brote del
nuevo coronavirus (en adelante, COVID-19), el que fue modificado
por
el decreto supremo
N"
10,
de 24 de marzo del Ministerio de Salud.
2.
El
Minis
terio
de Salud, a través
de
los
oficios N"671, N"749 y N"750, de marzo
de
2020,
informó
e instruyó respecto a
las
diversas
acciones relacionadas con protocolos y medidas para
enfrontar
el coronavirus.
3.
Con
fecha
11
de marzo de 2020, la
Organización Mundial de la Salud calificó el
brote
de COVID-19 como una pandemia global, lo que
implica una amenaza para todos los habitantes del
territorio
de nuestro paí
s,
por
el riesgo de
contagio del virus y la consiguiente afectación a la salud de
la
s
pe
rso
nas
que ello trae
co
nsigo.
4.
Mediante
el
oficio Gab. P
re
s.
N"003,
de
16
de marzo de 2020,
se
adoptaron medidas que han restringido reuniones masivas de personas, así
como otras que han redundado
es
adoptar acciones preventivas que han flexibilizado el ejercicio
Supe
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endencia del Med
io
Ambiente-
Gobierno de Chile
Teatinos 280,
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sos 7, 8 y
9,
Santiago 1
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