Resolución Exenta nº 59-2018 del Servicio de Evaluación Ambiental. Edificios Perú Plaza I - II
Número de resolución | 59-2018 |
Fecha de publicación | 13 Febrero 2018 |
Año | 2018 |
Fecha | 28 Febrero 2018 |
Tipo de documento | Relativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos |
Emisor | Servicio de Evaluación Ambiental |
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Califica Ambientalmente el proyecto
“Edificios Perú Plaza I-II”
Resolución Exenta Nº 059/2018
Santiago, 13 de febrero de 2018
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 06 de enero de 2017,
su Adenda de fecha 10 de abril de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 22 de diciembre de
2017, del proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” presentada por Latakia S.A.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 2 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“Edificios Perú Plaza I-II”
3°. Las Actas de Evaluación N° 07/2017 de fecha 26 de enero de 2017 y N° 01/2018 de fecha 11 de
enero de 2018, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” de 29 de enero de 2018.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 06 de febrero de
2018.
6°. La Resolución Exenta Nº 0219, de fecha 23 de mayo de 2017, de la Dirección Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región Metropolitana, que dispuso la realización de
un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N°
19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Edificios Perú Plaza I-II”
8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el
Decreto Exento N°404 del 07 de febrero de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública;
en la Resolución Exenta N° 279 de fecha 03 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio
de Evaluación Ambiental, y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la
República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, Latakia S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” (en adelante, el Proyecto). Los
antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
LATAKIA S.A.
Rut
76.379.058-4
Domicilio
Avenida Luis Pasteur 5850, oficina 203, Vitacura
Teléfono
(56-2) 22190906
Nombre representante legal 1
Rodrigo Vildósola Brieba
Rut representante legal 1
10.549.202-2
Correo electrónico del representante legal 1
rodrigovildosola@absal.cl
Nombre representante legal 2
Víctor Saleh Babum
Rut representante legal 2
6.269.736-9
Correo electrónico del representante legal 2
rodrigovildosola@absal.cl
Domicilio de los representantes legales
Avenida Luis Pasteur 5850, oficina 203, Vitacura
Teléfono de los representantes legales
(56-2) 22190906
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de enero de 2018, el Servicio de Evaluación
Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:
• Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
• Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
• No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que
dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de 06 de febrero de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana
acordó calificar favorablemente el proyecto “Edificios Perú Plaza I-II”, aprobando íntegramente el
contenido del ICE de fecha 29 de enero de 2018, el cual forma parte integrante de la presente
Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento
del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1 ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto es la construcción de un proyecto inmobiliario,
el cual considera la construcción de dos (2) edificios de 16 pisos cada
uno, los cuales aportarán un total de 483 departamentos, 447
estacionamientos y 237 bicicleteros, en la comuna de Recoleta.
Tipología
principal, así como
las aplicables a sus
partes, obras o
acciones
Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al
artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:
“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas
declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o
conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o
urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que
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presenten alguna de las siguientes características:
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas
(7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas”.
De acuerdo a la tipología, la presentación del Proyecto al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental es de carácter obligatorio, debido a
que se trata de un proyecto inmobiliario que contempla la construcción de
483 departamentos en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada
zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas
Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10),
Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3), de acuerdo al Decreto
Supremo Nº 131/1996 del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, actualizado por el Decreto Supremo Nº 66/2009 del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Tipología Secundaria: no tiene.
Vida útil
Indefinida
Monto de inversión US$ 40,9 millones
Gestión, acto o
faena mínima que
da cuenta del inicio
de la ejecución
El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto
consistirá en la instalación de faenas en el área de emplazamiento del
proyecto.
Proyecto o
actividad se
desarrolla por
etapas
Si
No
El Proyecto no se acoge al artículo 14 del D.S. N° 40/2013
del MMA.
El Proyecto será construido en dos (2) etapas consecutivas
de acuerdo al cronograma presentado en la figura N°4 de la
Adenda.
[X]
Proyecto o
actividad modifica
un proyecto o
actividad existente
Si
No
[X]
Proyecto modifica
otra(s) RCA
Si
No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se emplazará en Avenida Perú N° 1471 y N° 1479,
comuna de Recoleta, Región Metropolitana, Provincia de
Santiago.
Descripción de la localización
La localización del proyecto se justifica en virtud de la
disponibilidad de terreno existente en el sector, el cual ha sido
definido para el desarrollo inmobiliario conforme a la
planificación territorial, contando actualmente con factibilidad
sanitaria otorgada por la empresa Aguas Andinas, actual
concesionario sanitario del sector, la que permitirá proveer de
agua potable y alcantarillado al proyecto.
La comuna de Recoleta, cuenta con un Plan Regulador Comunal
Vigente (Res. 104/2005), actualizado en Agosto de 2012 (D.S. N°
2591 del 10 de Agosto de 2012 de la Municipalidad de Recoleta).
Según lo indicado en el actual Plan Regulador Comunal (PRC) de
Recoleta, el Proyecto se emplaza en la zona denominada “U-H”,
la cual corresponde al Área Norte y Oriente, y en las zonas de
edificación E-A2 y E-B1. Los usos permitidos según el PRC de
Recoleta, corresponden a viviendas y equipamiento de escala
vecinal.
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