Resolución Exenta Nº 555 de Servicio Nacional de Geología y Minería, 04/04/2022 - Servicio Nacional de Geología y Minería - Doctrina Administrativa - VLEX 1017834136

Resolución Exenta Nº 555 de Servicio Nacional de Geología y Minería, 04/04/2022

Fecha04 Abril 2022
Fecha de publicación04 Abril 2022
Año2022
Número de resolución555
Tipo de documentoResolución Exenta
Avenida Santa María 0104 Providencia - Santiago - Chile
Página Web: www.sernageomin.cl - Fono:(56-2) 24825500
RESUELVE PROCEDIMIENTO
SANCIONATORIO CONTRA LA EMPRESA
MINERA SOCIEDAD COMERCIAL ALESEGO
SPA, POR CONTRAVENCIONES AL
REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA
CONSTATADOS EN LA FAENA MINERA MINA
AVIONETA 1 AL 14, PIQUE 1 Y 3
PERTENENCIA 7 Y 14”, UBICADA EN LA
COMUNA DE TALTAL, PROVINCIA DE
ANTOFAGASTA, REGION DE ANTOFAGASTA.
SANTIAGO, 04 de abril de 2022
RESOLUCIÓN EXENTA N°555
VISTOS:
El Decreto Ley Nº3.525, de 1980, que Crea el Servicio Nacional de Geología y Minería; el
Decreto Supremo N°14 del 31 de mayo de 2019 del Ministerio de Minería, que nombra a don
Alfonso Domeyko Letelier como Director Nacional; la Ley Nº19.880, que establece las Bases de
los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración
del Estado; el Decreto Supremo Nº72, de 1985, del Ministerio de Minería, “Reglamento de
Seguridad Minera”, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el
artículo quinto del Decreto Supremo Nº132, de 2002, del Ministerio de Minería; la Resolución
Exenta Nº1.222, de fecha 29 de julio de 2020, del Servicio Nacional de Geología y Minería,
que establece Categorías de Contravenciones a los Reglamentos de Seguridad y señala
Multas para cada caso; la Resolución N°7/2019, que Fija Normas sobre Exención del Trámite
de Toma de Razón, y el Dictamen Nº4.881, de 1982, ambos de la Contraloría General de
República; el Memorándum N°SPS-59.1_417-1, de 29 de abril de 2021 del Subdirector
Nacional de Minería de Sernageomin; la Resolución Exenta Nº0871, de fecha 14 de mayo de
2021, de la Dirección Nacional de Sernageomin, que inicia un proceso sancionatorio contra la
empresa minera; y
CONSIDERANDO:
1. Que, por Resolución Exenta Nro. 0871 de 14 de mayo de 2021, se inició un
procedimiento sancionatorio en contra la empresa minera Sociedad Comercial Alesego
Spa, Rut. N° 76.434.459-6, titular de la faena minera “Mina Avioneta 1 al 14, Pique 1
y 3, Pertenencia 7 y 14”, ubicada en la comuna de Taltal, Provincia de Antofagasta,
Región de Antofagasta, por contravenciones al Reglamento de Seguridad Minera
constatadas como resultado de dos fiscalizaciones, una realizada el día 17-06-2020 y la
otra el 16-03-2021 con el objeto de supervisar el cumplimiento de las normas sobre
seguridad minera. Dicha Resolución le concedió a la empresa minera un plazo de 10 días
hábiles para efectuar sus descargos.
2. Que, mediante documento presentado con fecha 17 de junio de 2021 dirigido a la Dirección
Regional de Antofagasta, número de ingreso 6616, el Sr. Alexis Segovia Madrid, en su
calidad de representante legal de la empresa minera, dentro del plazo conferido en la
Resolución Exenta Nro. 0871 de 14 de mayo de 2021, evacuó sus “Descargos”,
solicitando que, en virtud de ellos, dejar sin efecto el proceso sancionatorio iniciado por el
Servicio en contra de la empresa minera.
3. Que, estando en situación de resolverse, se procederá a continuación a revisar el mérito
del cargo, descargos y normas aplicables, para efectos de concluir si es procedente o no
la aplicación de una sanción en relación a ellos, para lo cual es necesario verificar si el
cargo formulado en la Resolución Exenta N°0871, ya citada, alcanzan a ser desvirtuados.

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