Resolución Exenta nº 541-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Línea 7 Metro de Santiago - Normativa - VLEX 916273550

Resolución Exenta nº 541-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Línea 7 Metro de Santiago

Número de resolución541-2021
Fecha de publicación29 Julio 2021
Año2021
Fecha29 Julio 2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Línea 7 Metro de Santiago”
Resolución Exenta Nº541/2021
Santiago, 26 de julio de 2021
VISTOS:
1°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) admitido a trámite con fecha 27 de junio de 2019 mediante
Resolución Exenta N°343/2019 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de
Santiago, su Adenda de fecha 01 de abril de 2020, su Adenda Complementaria de fecha 15 de enero
de 2021 y su Adenda Excepcional de fecha 13 de mayo de 2021 del Proyecto “Línea 7 Metro de
Santiago” presentado por Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto “Línea
7 Metro de Santiago”.
3°. El Acta de Evaluación N°01/2019 de fecha 23 de julio de 2019 y el Acta de Evaluación N°01/2021
de fecha 05 de julio de 2021, ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4°. El ICE del EIA del proyecto “Línea 7 Metro de Santiago” de fecha 05 de julio de 2021.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 13 de julio de 2021.
6°. La Resolución Exenta Nº414/2012, de fecha 14 de septiembre de 2012, la Resolución Exenta
Nº469/2012, de fecha 25 de octubre de 2012, la Resolución Exenta Nº589/2013, de fecha 09 de
diciembre de 2013, la Resolución Exenta Nº243/2014, de fecha 22 de abril de 2014, y la Resolución
Exenta Nº558/2015, de fecha 07 de diciembre de 2015, todas de la Comisión de Evaluación, Región
Metropolitana de Santiago, que se modifican a través de la presente Resolución.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA
del proyecto “Línea 7 Metro de Santiago”.
8º. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley
N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución TRA Nº119046/163/2018 de fecha 25 de octubre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del
Servicio de Evaluación Ambiental; la Resolución Exenta RA N° 119046/83/2021, de 29 de enero de
2021, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº7/2019
de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A. (en adelante, el Titular),
ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto “Línea 7
Metro de Santiago” (en adelante, el “Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A.
Rut
61.219.000-3
Domicilio
Av. Libertador Bernardo O’Higgins Nº1414, Santiago, Región
Metropolitana.
Teléfono
229378070
Nombre representante legal
Gonzalo Rodríguez Belmar
Rut representante legal
15.313.739-0
Domicilio representante legal
Av. Libertador Bernardo O’Higgins Nº1414, Santiago, Región
Metropolitana.
Teléfono representante legal
229378070
Correo electrónico Titular o
representante legal
gprodriguez@metro.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 05 de julio de 2021, la Directora Regional, de la
Región Metropolitana de Santiago, del Servicio de Evaluación Ambiental ha recomendado aprobar
el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los
requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos de los
artículos 131, 132, 133, 140, 142 y el pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº40/2012, del
MMA, y presenta las medidas de mitigación, reparación y compensación adecuadas para hacerse
cargo de los efectos, características o circunstancias indicados en el literal c) y f) del artículo 11 de la
Ley Nº19.300.
3°. Que, en sesión de fecha 13 de julio de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Línea 7 Metro de Santiago”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 05 de julio de 2021, el que forma parte
integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso
segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, su Adenda Complementaria, y su
Adenda Excepcional, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del
Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El proyecto “Línea 7 Metro de Santiago” (en adelante el
“Proyecto”), tiene por objetivo la construcción y operación de una
nueva línea de Metro de Santiago, denominada “Línea 7”, que
conectará, en sus extremos, a las comunas de Renca y Vitacura/Las
Condes.
Descripción general del
proyecto
El Proyecto consiste en la construcción y operación de una nueva
línea de Metro de Santiago, “Línea 7”, con una longitud aproximada
de 26 km. Su trazado se proyecta a través de un túnel en toda su
longitud, es decir, a nivel subterráneo, y contará con diecinueve (19)
estaciones. El trazado de la Línea 7 inicia en la comuna de Renca,
en la intersección de Av. Brasil y Vicuña Mackenna, luego continúa
con dirección sur hacia la comuna de Cerro Navia por la calle
Rolando Petersen. Posteriormente se dirige hacia el oriente por el
eje de la calle Mapocho, cruzando las comunas de Quinta Normal y
Santiago, continúa por General Mackenna hasta Cardenal José
María Caro. Luego continúa por Av. Providencia (cruzando la
comuna del mismo nombre), hasta la intersección con Av. Pedro de
Valdivia, donde se dirige hacia Av. Andrés Bello. Posteriormente
por Av. Vitacura, y Alonso de Córdova (comuna de Vitacura).
Cruza bajo la futura autopista Vespucio Oriente hacia Las Condes,
continuando por Cerro Colorado y finalmente Av. Kennedy hasta
llegar a calle Estoril. La nueva línea contará con combinaciones con
las líneas 2 y 3 de Metro en la estación Cal y Canto, líneas 1 y 5 de
Metro en la estación Baquedano, línea 1 de Metro en la estación
Pedro de Valdivia. Además, el Proyecto contempla la extensión de
la Línea 6 de Metro existente, desde estación Los Leones hasta la
nueva estación Isidora Goyenechea, combinando ambas en una
futura estación común.
Para la energización de la Línea 7, el Proyecto considera la
construcción y operación de un poliducto de alimentación eléctrica
en la comuna de Lo Prado, con una línea de media tensión soterrada
proveniente desde los Talleres Neptuno (Línea 1 de Metro) hacia la
nueva estación Neptuno.
Finalmente, el Proyecto contempla la construcción y operación del
recinto de Talleres y Cocheras de la nueva línea, que se emplazará
en la comuna de Renca, destinada para el estacionamiento y
mantenimiento de los trenes de la nueva línea de Metro.
La fase de construcción tendrá una duración total de 6 años y la fase
de operación tendrá una duración indefinida. En la Tabla II-6 de la
Adenda se presenta el cronograma de la fase de construcción.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Tipología principal: De acuerdo con el artículo 10 de la Ley N°
19.300 y al artículo 3 del D.S. Nº40/2012, del MMA, el Proyecto
ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:
e) Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías
férreas, estaciones de servicio, autopistas y los caminos públicos
que puedan afectar áreas protegidas.
(...)
e.4. Se entenderá por terminales de ferrocarriles aquellos recintos
que se destinen para el inicio y finalización de una o más vías
férreas de trenes urbanos, interurbanos y/o subterráneos.
e.5. Se entenderá por vía férrea aquella línea de rieles que se
habilite para el desplazamiento de trenes urbanos e interurbanos y
las estaciones para embarque y desembarque de pasajeros o de
carga. Se exceptuarán las vías o líneas férreas al interior de faenas
industriales o mineras”.
El Proyecto contempla la construcción y operación de una nueva
línea de Metro de Santiago que contará con 19 estaciones.
Tipología Secundaria: De acuerdo con el artículo 10 de la Ley N°
19.300 y al artículo 3 del D.S. N°40/2012, del MMA, el Proyecto
ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:
p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques
nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas
de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos,
reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo
protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo
permita.”.
Dentro del lugar de emplazamiento del Proyecto se encuentran el
Monumento Histórico Palacio Schacht y la Zona Típica o
Pintoresca “Parque Forestal y entorno que señala”.
Además, al Proyecto le aplica la letra g) del artículo 2 del D.S.
Nº40/2012, del MMA, en particular:
“g.1. Las partes, obras o acciones tendientes a intervenir o
complementar el proyecto o actividad constituyen un proyecto o
actividad listado en el artículo 3 del presente Reglamento;”
En atención que el Proyecto contempla la realización de obras y
acciones para intervenir y complementar los siguientes proyectos
por la incorporación de la nueva estación Isidora Goyenechea:
“Línea 6 Etapa 1: Piques y Galerías”, calificado
ambientalmente favorable mediante la Resolución Exenta
Nº414/2012, de fecha 14 de septiembre de 2012, de la Comisión
de Evaluación, Región Metropolitana de Santiago.

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