Resolución Exenta Nº 535 de Servicio Nacional de Geología y Minería, 04/04/2022 - Servicio Nacional de Geología y Minería - Doctrina Administrativa - VLEX 1017833806

Resolución Exenta Nº 535 de Servicio Nacional de Geología y Minería, 04/04/2022

Fecha04 Abril 2022
Fecha de publicación04 Abril 2022
Año2022
Número de resolución535
Tipo de documentoResolución Exenta
Avenida Santa María 0104 Providencia - Fono:(56-2) 24825500 -
Página web: www.sernageomin.cl - SANTIAGO - CHILE
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RESUELVE PROCEDIMIENTO
SANCIONATORIO CONTRA LA EMPRESA
CODELCO CHILE, POR CONTRAVENCIONES AL
REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA EN LA
FAENA DIVISIÓN GABRIELA MISTRAL”,
UBICADA EN LA COMUNA DE CALAMA,
REGION DE ANTOFAGASTA.
SANTIAGO, 04 de abr il de 2022
RESOLUCIÓN EXENTA N°535
VISTOS:
El Decreto Ley Nº3.525, de 1980, que Crea el Servicio Nacional de Geología y Minería; Decreto
Supremo N°14, de 31 de mayo de 2019, del Ministerio de Minería que nombra a don Alfonso
Domeyko Letelier como Director Nacional; la Ley Nº19.880, que establece las Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del
Estado; el Decreto Supremo Nº72, de 1985, del Ministerio de Minería, “Reglamento de
Seguridad Minera”, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el
artículo quinto del Decreto Supremo Nº132, de 2002, del Ministerio de Minería; el Decreto
Supremo N°248, de 2006, del Ministerio de Minería, que aprueba el Reglamento para la
Aprobación de los Pr oyectos de Diseño, Construcción, Operación y Cierre de los Depósitos de
Relaves; la Resolución Exenta Nº 1222, de f echa 29 de julio de 2020, del Ser vicio Nacional de
Geología y Minería, que establece Categorías de Contravenciones a los Reglamentos de
Seguridad y señala Multas para cada caso; la Resolución N°7, de 2019, que Fija Norm as sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón, y el Dictamen Nº4.881, de 1982, ambos de la
Contraloría General de República; el Memorándum N° SPS-59.1_415-1, de 2021-04-29, del
Subdirector Nacional de Minería; y,
CONSIDERANDO:
1. Que, por Resolución Exenta Nro. 1000/2021, (en adelante la Resol ución) se inició un
procedimiento sancionatorio, en contra de la empresa Corporación Nacional del
Cobre, Rut. N° 61.704.000-k, titular de la faena minera “DIVISIÓN GABRIELA MISTRAL”,
ubicada en la comuna de Calama, Región Antofagasta, formulándose 5 cargos a
consecuencia de la fiscal ización realizada con fecha 11 de marzo 2021.
2. Que, la Resolución Exenta que Inicia el Procedimiento y Formula Cargos, fue notificada a
la empresa minera con fecha 25 de junio de 2021, mediante carta certificada N° de envío
1176311439088. Encontrándose dentro de plazo, la empresa presentó sus descargos en
contra de l a Resolución precedentemente señalada.
3. Que, estando en situación de resolverse, se procederá a continuación a revisar el mérito
de l os cargos, normas aplicables, y dem ás antecedentes que obren en el procedimiento,
para efectos de concluir si es procedente o no la aplicación de una multa en rela ción a
ellos, de acuerdo a la Resolución que Inicia el Procedimiento y Formula Cargos en contra
de la empresa minera.
a.- Cargo. La empresa mantiene sistemas de transmisión de movimiento, tales como los
sistemas de izaje de luminarias móviles en el Polvorín como en el Chancado secundario, sin
que cuenten con la debida protección que evite el contacto accidental con personas.
a.1.-Norma infringida:
Artículo 56 del Reglamento de Seguridad Minera dispone que:
Todo sistem a de tr ansmisión de movimientos deberá estar convenientemente protegido
para evi tar el contacto accidental con personas .”
a.2.-Descargo.

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