Resolución Exenta nº 500150-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Embalse San Andrés de Huinca - Normativa - VLEX 916272837

Resolución Exenta nº 500150-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Embalse San Andrés de Huinca

Número de resolución500150-2022
Fecha de publicación10 Marzo 2022
Año2022
Fecha10 Marzo 2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Valparaíso
Califica Ambientalmente el Proyecto Embalse San
Andrés de Huinca.
<NUM_RES>
Valparso, <FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 27 de septiembre de 2021 y su
Adenda Complementaria de fecha 03 de febrero de 2022, del Proyecto Embalse San Andrés de Huinca,
presentado por la señora Laura Acevedo Rojas en representación del Titular, Viña Garcés Silva Ltda., con
fecha 23 de marzo de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la
base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en
el Capítulo N° 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto Embalse San
Andrés de Huinca.
3°. El Acta de Evaluación N° 59/2021 de fecha 05 de abril de 2021, del Comité Técnico de la Región de
Valparaíso.
5°. El ICE de la DIA del Proyecto Embalse San Andrés de Huinca de fecha 25 de febrero de 2022.
6°. El acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria 7, de fecha 08 de marzo de 2022, de la Comisión de
Evaluación de la Región de Valparaíso.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del
Proyecto Embalse San Andrés de Huinca.
. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Decreto Supremo N°
40 del Ministerio del Medio Ambiente, de fecha 30 de octubre de 2012, publicado en el Diario Oficial con
fecha 12 de agosto de 2013, Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en
adelante, el “RSEIA”), y sus modificaciones; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de Administración del Estado; en la Resolución Exenta
N° 37, de fecha 15 de octubre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, que
“Aprueba Modificación Texto Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de
Evaluación de la Región de Valparaíso”; en lo indicado en el artículo 80 del D.F.L. N° 29, del Ministerio
de Hacienda, que “Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto
Administrativo”; en la Resolución Exenta RA 119046/174/2020, de fecha 24 de agosto de 2020, del Director
Ejecutivo del SEA, que nombra Directora Regional del SEA de la Región de Valparaíso a doña Paola La
Rocca Mattar; y la Resolución Nº 07, del 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República que
fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Viña Garcés Silva Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto Embalse San Andrés de Huinca (en adelante, el
Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Antecedentes del Titular
Nombre o razón social
Viña Garcés Silva Ltda.
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 10-03-2022 12:19:22:354 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 10-03-2022 12:19:26:307 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Rut
79.539.900-3
Domicilio
Av. El Golf 099, Of 801, Las Condes, Santiago.
Teléfono
(56- 2) 2424288089
Nombre representante legal
Laura Acevedo Rojas
Rut representante legal
16.516.741-4
Domicilio representante legal
Av. El Golf 099, Of 801, Las Condes, Santiago.
Teléfono representante legal
(56- 2) 2424288089
Correo electrónico titular o representante
legal
lacevedo@vgs.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 25 de febrero de 2022, el Servicio de Evaluación
Ambiental de la Región de Valparaíso ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
Cumple con la Normativa Ambiental aplicable;
Cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial de
Contenido Únicamente Ambiental establecido en el artículo 119 del D.S. Nº 40/2012 Reglamento
del SEIA, del Ministerio del Medio Ambiente,
Cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales
Sectoriales Mixtos establecidos en los artículos 140 y 155 del D.S. Nº 40/2012 Reglamento del
SEIA, del Ministerio del Medio Ambiente;
No genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias establecidas en el artículo 11
de la Ley 19.300; y
El Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes
Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en Sesión Ordinaria 7, de fecha 08 de marzo de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región
de Valparaíso acordó calificar ambientalmente favorable el Proyecto Embalse San Andrés de Huinca,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 25 de febrero de 2022, el que forma parte
integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, de acuerdo con lo indicado en el artículo 60 inciso
segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en
que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los
cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES.
Objetivo general.
El objetivo del proyecto "Embalse San Andrés de Huinca" es almacenar
aguas en un acumulador, o embalse, con aguas provenientes del río Maipo,
durante el invierno y primavera, para así incrementar la disponibilidad
hídrica del predio durante el periodo estival, en que aumenta la demanda
por los viñedos y disminuye la oferta de caudal en el río.
Breve descripción.
El Proyecto consistirá en la construcción y operación de un tranque con un
muro de 14,95 m de altura que permitirá almacenar un volumen útil de
412.618 m³, con el fin de alcanzar una certeza hídrica del predio, que
permita sostener los viñedos o plantaciones frutícolas existentes y
proyectadas, mediante el almacenamiento de aguas de invierno para
asegurar el abastecimiento de agua en el periodo de estiaje, que es el de
mayor demanda de agua para los cultivos y así sostener la actividad
productiva y rentable esperada del predio.
El predio posee en operación, desde hace más de 15 años, un sistema de
impulsión de aguas desde el río Maipo, que permite disponer de los 200 l/s
de derechos de agua superficiales con los que cuenta el titular. Si bien este
sistema será empleado por el Proyecto no será modificado, en ninguna de
sus partes, por la ejecución del mismo.
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Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones.
El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA), en conformidad a lo dispuesto en el artículo 10, letra a),
de la Ley Nº 19.300; y, de acuerdo con lo señalado en el D.S. N° 40/2012
del Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba Reglamento del Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental, según lo señalado en el artículo 3, letra
a), específicamente en el literal a.1:
a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la
autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas.
a.1. Presas cuyo muro tenga una altura superior a cinco metros (5 m)
medidos desde el coronamiento hasta el nivel del terreno natural, en el
plano vertical que pasa por el eje de éste y que soportará el embalse de
las aguas, o que generen un embalse con una capacidad superior a
cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m3).
Lo anterior, ya que el Proyecto corresponde a un tranque con un muro de
14,95 m de altura, que permitirá almacenar un volumen útil de 412.618 m³.
Vida útil.
Indefinida.
Monto de inversión.
US$ 1.700.000.- (Un millón setecientos mil dólares americanos).
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución.
Despeje del terreno en que se emplazará el Proyecto, en relación a la capa
vegetal, o escarpe.
Proyecto se desarrolla por
etapas.
Si
No
X
Proyecto modifica un
proyecto o actividad.
Si
No
X
Proyecto modifica otra(s)
RCA.
Si
No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO.
División político-
administrativa.
Región de Valparaíso, provincia de San Antonio, comuna de San Antonio.
Descripción de la
localización.
Fundo San Andrés de Huinca, en predio Rol de Avalúo Fiscal N° 9053-18 del
Servicio de Impuestos Internos.
Justificación de la
localización.
El desarrollo de la industria agrícola tiene relación directa con las particulares
condiciones climáticas y los recursos en donde se desarrolla, condiciones del
producto que tienen que ver con la calidad de los suelos, clima y disponibilidad
de agua, entre otras.
El principal factor limitante para la industria agrícola es el recurso agua, ya que a
pesar de estar captando aguas desde el río Maipo, en estos últimos años se han
producido serias disminuciones de su caudal durante el verano. Por ello se
vuelve vital la presencia de obras que permitan embalsar el agua durante el
invierno o primavera y, de este modo, disponer del recurso durante los meses de
verano, donde la demanda hídrica para la actividad agrícola es mayor.
De acuerdo al balance hídrico, se puede concluir que el predio, con un volumen
embalsado de 412.618 m3 mediante la implementación del Proyecto, podrá
satisfacer su área de riego.
Actualmente existen 162 ha de viñedos y 10 ha de olivos, y se proyecta ejecutar
120 ha de paltos.
Superficie.
Las superficies permanentes corresponden a las de construcción del tranque y sus
obras anexas, las cuales poseen una superficie de 7,16 ha.
Tabla 4.2.1: Detalle Superficie del Proyecto.
Obras permanentes.
Superficie (ha)
Área de inundación.
4,34
Desagüe.
0,014
Caseta de riego.
0,025
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