Resolución Exenta nº 5001171-https://validador.sea.gob.cl/validar/2160243672 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico El Roble - Normativa - VLEX 955494602

Resolución Exenta nº 5001171-https://validador.sea.gob.cl/validar/2160243672 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico El Roble

Fecha11 Octubre 2023
Fecha de publicación11 Octubre 2023
Número de resolución5001171-https://validador.sea.gob.cl/validar/2160243672
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Valparaíso
Califica Ambientalmente el proyecto Parque
Fotovoltaico El Roble
<NUM_RES>
Valparaíso, <FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Parque Fotovoltaico El Roble,
presentado por el Sr. Pablo León Ceppi Berdichevsky, en representación de Solek Chile Services
SpA, con fecha 17 de febrero de 2023, su Adenda de fecha 07 de junio 2023 y su Adenda
Complementaria de fecha 18 de agosto de 2023.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
Parque Fotovoltaico El Roble”.
3°. El Acta de Evaluación N° 8 de fecha 06 de marzo 2023, del Comité Técnico de la Región de
Valparaíso.
4°. El ICE de la DIA del proyecto Parque Fotovoltaico El Roble, de fecha 14 de septiembre de
2023.
5°. El acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria N° 07, de la Comisión de Evaluación de la Región de
Valparaiso, de fecha 26 de septiembre de 2023.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto Parque Fotovoltaico El Roble.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”), de fecha 30 de octubre de 2012,
publicado en el Diario Oficial con fecha 12 de agosto de 2013, Aprueba Reglamento del Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”), y sus modificaciones; en la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°
19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de
Administración del Estado; en la Resolución Exenta N° 37, de fecha 15 de octubre de 2021, de la
Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, que “Aprueba Modificación Texto
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de
Valparaíso”; la Resolución Exenta RA 119046/195/2023, de fecha 16 de junio de 2023, de la
Directora Ejecutiva del SEA, que nombra Directora Regional del SEA de la Región de Valparaíso a
doña Paola La Rocca Mattar; y la Resolución N° 07, de fecha 10 de marzo de 2019, de la
Contraloría.
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Firmado Digitalmente por Velentina Alejandra Duran Medina
Fecha: 11-10-2023 13:53:01:539 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Velentina Alejandra Duran Medina
Fecha: 11-10-2023 13:53:03:337 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Solek Chile Services SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Parque Fotovoltaico El Roble (en adelante, el
Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Solek Chile Services SpA.
Rut
76.411.169-9
Domicilio
Apoquindo 5400, Las Condes.
Nombre representante legal
Pablo León Ceppi Berdichevsky.
Rut representante legal
8.775.619-K
Domicilio representante legal
Apoquindo 5400, Las Condes.
Teléfono representante legal
No Informado
Correo electrónico Titular o
representante legal
ceppi@solek.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 14 de septiembre de 2023, el Servicio de Evaluación
Ambiental de la región de Valparaíso ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los
Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142 y 160 del
RSEIA, aplicables al Proyecto;
No genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11
de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto
Ambiental, y;
El Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes
Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en Sesión Ordinaria 07, de fecha 26 de septiembre de 2023, la Comisión de Evaluación
de la Región de Valparaíso acordó calificar ambientalmente favorable el proyecto Parque
Fotovoltaico El Roble”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 14 de septiembre de
2023, el que forma parte de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el
artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las
consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El proyecto “Parque Fotovoltaico El Roble” tiene por objetivo la
generación de energía eléctrica a través de energías renovables no
convencionales (ERNC), mediante la implementación de un parque
fotovoltaico correspondiente a 7,0 MW DC de potencia total instalada
y 6,0 MW DC la que será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional
(SEN) mediante una línea de transmisión eléctrica de una longitud de
585 metros.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.
Vida útil
El Proyecto tendrá una vida útil de 30 años, distribuidos en 6 meses
para la fase de construcción, 29 años para la fase de operación y 5
meses para la fase de cierre.
Monto de inversión
USD $7.000.000.- (siete millones de dólares americanos).
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Consistirá en la habilitación de la instalación de faenas.
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Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
X
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Si
No
X
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si
No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
Región de Valparaíso, Provincia de San Felipe, Comuna de Llay-
Llay.
Descripción de la localización
La localización del Proyecto está relacionada directamente con una
privilegiada exposición a la radiación solar, así como la existencia
de instalaciones para la transmisión eléctrica, con capacidad
disponible para inyectar la energía.
Superficie
El Proyecto utilizará una superficie total de 14,31 ha (143.185 m2).
El detalle de la superficie de las partes y obras del Proyecto se
presentan en la Tabla siguiente:
Tabla 4.2.1 Superficie Total del Proyecto.
Tipo de Superficie
Superficie (ha)
Predial
14,31
Proyecto
8,1
Fuente: Respuesta 6 de la Adenda Complementaria.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Las coordenadas del Proyecto son las siguientes:
Tabla 4.2.2: Coordenadas del Proyecto.
Obra
ID
Coordenada UTM WGS 84
19S
Este (m)
Norte (m)
Área Parque
Fotovoltaico.
P1
316.748
6.361.114
P2
316.966
6.360.848
P3
316.974
6.360.734
P4
316.871
6.360.457
P5
316.627
6.360.823
Línea de
transmisión
eléctrica.
Punto inicial
316.974
6.360.739
Punto término
316.988
6.360.189
Fuente: En base a los antecedentes de la Tabla 1-10 de la DIA y Tabla 2
de la Adenda.
Para mayores antecedentes de las partes y obras del Proyecto de
carácter temporal y permanente, ver KMZ del Proyecto en Anexo
2.4 de la Adenda y planimetría en Anexos 1.1 y 1.2 de la Adenda.
Caminos de acceso
El acceso al predio del Parque Fotovoltaico El Roble se realizará
directamente desde la Ruta 5 Norte por la salida hacia la localidad
El Porvenir aproximadamente en el km 84, luego 3 kilómetros
hacia el sur por la Ruta E-420, hasta la intersección con la calle
Santa Rosa, tomando dicha calle por unos 380 metros hasta el
acceso existente al Fundo El Roble. Dicha Ruta es del tipo
bidireccional y se encuentra en buenas condiciones para el tránsito
de vehículos. Para el sector de almacenamiento en baterías en
tanto, se contempla un segundo acceso ubicado en la Ruta E-420,
aproximadamente a 480 metros al sur de la intersección de esta
ruta con Calle Santa Rosa. Para mayores antecedentes, ver Figuras
1-10 y 1-11 de la DIA.
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