Resolución Exenta nº 49-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Verano de San Juan I - Normativa - VLEX 916273362

Resolución Exenta nº 49-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Verano de San Juan I

Número de resolución49-2019
Fecha de publicación20 Marzo 2019
Año2019
Fecha20 Marzo 2019
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Verano de San Juan I
Resolución Exenta Nº
Antofagasta
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 26 de octubre de 2018 y su
Adenda Complementaria de fecha 1 de febrero de 2019, del proyecto “Parque fotovoltaico Verano
de San Juan I” presentada por Victoria Solar SpA, con fecha 23 de mayo de 2018.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo II y III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“Parque fotovoltaico Verano de San Juan I”.
3°. El Acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas
localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Parque fotovoltaico verano de San Juan
I”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio
Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. El Acta de Evaluación N° 19/2018 de fecha 15 de junio de 2018, del Comité Técnico de la
Región de Antofagasta.
5°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque fotovoltaico Verano de San Juan I” de fecha 25 de
febrero de 2019.
6°. El acuerdo N° 09 de la sesión ordinaria N° 2 de la Comisión de Evaluación de la Región de
Antofagasta, de fecha 6 de marzo de 2019.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Parque fotovoltaico Verano de San Juan I”.
8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, la Resolución Exenta N°
0889 de fecha 25 de octubre de 2018, que nombra a la Directora Regional (S) del Servicio de
Evaluación Ambiental Región de Antofagasta y, el Decreto N° 415 de fecha 11 de marzo de 2018,
del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de
Antofagasta, se dicta lo siguiente:
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 20-03-2019 11:07:17:530 UTC -03:00
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 20-03-2019 11:07:18:300 UTC -03:00
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Victoria Solar SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque fotovoltaico Verano de San Juan I” (en
adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Tabla N° 1. Antecedentes del titular
Nombre o razón social Victoria Solar SpA
Rut 76.503.514-7
Domicilio Av. El Bosque Norte 0226, oficina 302, Las Condes,
Santiago.
Teléfono +56 227 239 441
Nombre representante legal Dylan Alexander Rudney
Rut representante legal 24.340.043-0
Domicilio representante legal Av. El Bosque Norte 0226, oficina 302, Las Condes,
Santiago.
Teléfono representante legal +56 227 239 441
Correo electrónico Titular o
representante legal
dylan@veranocapital.com
pjofre@veranocapital.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 25 de febrero de 2019, la Directora Regional (S) del
Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el
Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia
Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes
se puede concluir que el Proyecto:
- Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
- Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, y ha proporcionado
satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dicho permiso, y no genera ni presenta
ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley
19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3°. Que, en sesión ordinaria de fecha 6 de marzo de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región
de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque fotovoltaico Verano de San
Juan I”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 25 de febrero de 2019, el que forma
parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60
inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. Antecedentes generales del Proyecto
Objetivo general Victoria Solar SpA. realizará un parque fotovoltaico. La iniciativa
corresponde a un proyecto de Energía Renovable No Convencional
(ERNC) basado en la construcción y operación de una planta fotovoltaica
de 9 MW nominal, y un trazado de Línea de Transmisión Eléctrica (LTE)
de 23 kV de 1,63 kilómetros (km) de longitud. La superficie del proyecto
será de 25,5 hectáreas (ha).
El objetivo del Proyecto es generar energía eléctrica a partir de ERNC
fotovoltaica, aprovechando de manera sustentable el potencial de radiación
solar existente en la zona norte del país, la cual es considerada un área de
condiciones privilegiadas en comparación con otros lugares del planeta
para esta actividad.
Tipología principal,
así como las aplicables
a sus partes, obras o
acciones
c) “Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.”.
Según el Decreto Supremo N° 40 de fecha 12 de agosto de 2013 del
Ministerio del Medio Ambiente (MMA).
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Vida útil El Proyecto tendrá una vida útil de 30 años. A continuación, se presenta la
duración de cada fase del Proyecto.
Tabla 4.1.1. Duración cada fase del Proyecto.
Fases Duración (meses)
Construcción 6
Operación 348
Cierre 6
Monto de inversión US$ 10.212.500.
Mano de obra Tabla 4.1.2. Mano de obra asociada al Proyecto.
Fases Número máximo de personas
Construcción 50
Operación 5 *
Cierre 50
* Durante la fase de operación asistirán como máximo 5 trabajadores a realizar
actividades de mantención trimestralmente por un máximo de 2 días, ya que el
resto del tiempo la Planta será operada de forma remota.
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta
del inicio de la
ejecución
Se dará inicio a la ejecución del Proyecto con la instalación del cerco
perimetral.
Proyecto o actividad
se desarrolla por
etapas
Si No El Proyecto no se desarrollará por etapas.
[X]
Proyecto o actividad
modifica un proyecto
o actividad existente
Si No Se trata de un Proyecto nuevo.
[X]
Proyecto modifica
otra(s) Resolución de
Calificación
Ambiental (RCA)
Si No
Según lo establecido en el artículo 12 del Reglamento del
SEIA, se indica que el Proyecto es nuevo y no modifica
ninguna RCA existente.
[X]
4.2. Ubicación del proyecto
División político-
administrativa
El Proyecto se localizará en la comuna de Calama, provincia de El Loa,
Región de Antofagasta, distante a 4 kilómetros (km) aproximadamente
al oeste de la ciudad de Calama, como se muestra en las Figuras 2 y 3
de la DIA.
Justificación de la
localización
La localización del Proyecto se justifica sobre la base de los siguientes
aspectos:
- Las condiciones propias y únicas de la zona que posibilitan la
generación eléctrica a través del desarrollo de ERNC (Fotovoltaica). Lo
anterior, considerando las posibilidades de aprovechamiento de energía
solar que presenta el sitio.
- Sitio llano, lo que significa ausencia de zonas de sombra producto de
colinas u otras formaciones geográficas durante horas de luz natural.
- Escasas precipitaciones locales, con escasa nubosidad durante la
mayor parte del año, permitiendo la incidencia directa del sol sobre los
paneles solares.
- La proximidad a centros de consumo como la ciudad de Calama y la
faena minera de Chuquicamata.
Superficie La superficie total donde se emplazará el Proyecto será de 25,5 ha. El
desglose de las superficies de las instalaciones temporales y
permanentes, se presentan en las Tablas 5 y 7 de la DIA,
respectivamente.
Coordenadas UTM en Las coordenadas del polígono del área de intervención máxima del
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