Resolución Exenta Nº 2017 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2017 - Normativa - VLEX 923773432

Resolución Exenta Nº 2017 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2017

Año2017
Fecha de publicación18 Octubre 2017
Número de resolución2017
InstitucionalidadServicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA)
Jefe Departamento
Gestión Programas
Fiscalización
Pesquera
Jefe
Departamento
Pesca Artesanal
APRUEBA
IMPLEMENTACION
DEL
SISTEMA
DE
CERTIFICACIÓN
DE
DESEMBARQUES
DE
RECURSO SARDINA COMÚN
Y
ANCHOVETA
EN
EL
MARCO
DE LA
APLICACIÓN
DEL
ARTÍCULO
3°
LETRA
F) DE LA LEY
GENERAL
DE
PESCA
Y
ACUICULTURA.
VALPARAÍSO,
RES.
EX.
Nc
VISTO: Informe Técnico DGPFP
N°
1142, remitido
a
través
de
Hoja
de
Envío/DGPFP/N°
115999,
de
fecha
06 de
octubre
de
2017;
lo
dispuesto
en el
Decreto
con
Fuerza
de Ley
N°
5,
de
1983,
y sus
modificaciones,
del
Ministerio
de
Economía,
actualmente
Ministerio
de
Economía,
Fomento
y
Turismo;
la Ley
N°
18.892,
Ley
General
de
Pesca
y
Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado
y
sistematizado
fue
fijado
por el
Decreto Supremo
N°
430,
de
1991,
del
Ministerio
de
Economía, Fomento
y
Reconstrucción,
que
fijó
el
texto refundido, coordinado
y
sistematizado
de la
Ley
General
de
Pesca
y
Acuicultura;
el
Decreto
Exento
N°
623,
de
2017,
del
Ministerio
de
Economía, Fomento
y
Turismo;
la
Resolución Exenta
N°
2463,
de
2017
de la
Subsecretaría
de
Pesca
y
Acuicultura;
la
Resolución Exenta
N°
3206,
de 19 de
diciembre
de
2013,
y la
Resolución Exenta
N°
305,
de 26 de
febrero
de
2014, ambas
del
Servicio Nacional
de
Pesca
y
Acuicultura;
y la
Resolución
N°
1.600,
de
2008,
de la
Contraloría
General
de la
República.
CONSIDERANDO:
Que
el
artículo
3°
letra
f) de la Ley
General
de
Pesca
y
Acuicultura,
citada
en
Vistos,
establece
que en los
casos
de las
pesquerías pelágicas pequeñas
en que las
especies constituyan
una
pesquería
mixta
y que se
encuentren sometidas
a un
programa
o
plan
de
conformidad
con
el
artículo
7° A, se
podrá autorizar
a que la
totalidad
o un
porcentaje
de las
capturas
efectuadas
en
cualquiera
de
dichas especies sean imputadas,
en
forma
conjunta,
a la
sumatoria
de las
cuotas
globales
que al
efecto
se
establezcan
y que
para
los
efectos antes
indicados,
se
permitirá
el
desembarque
de los
recursos previa certificación
de
éstos.
Que
por
resolución
N°
2463,
de
2017,
citada
en
Vistos,
se
autorizó
el
plan
de
reducción
del
descarte
y de la
captura incidental
para
la
pesquería industrial
y
artesanal
de
Sardina común
y
Anchoveta
V-X
regiones,
de
conformidad
con el
artículo
7 A de la Ley
General
de
Pesca
y
Acuicultura, citada
en
Vistos.

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