Resolución Exenta nº 121-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Actualización Proyecto Minero División Radomiro Tomic - Normativa - VLEX 916274258

Resolución Exenta nº 121-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Actualización Proyecto Minero División Radomiro Tomic

Año2021
Fecha29 Marzo 2021
Número de resolución121-2021
Fecha de publicación29 Marzo 2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto
Actualización Proyecto Minero División Radomiro Tomic
<NUM_RES>
Antofagasta
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”) del proyectoActualización Proyecto Minero
División Radomiro Tomic”, presentado por Corporación Nacional del Cobre de Chile, División
Radomiro Tomic con fecha 18 de noviembre de 2019, su Adenda de fecha 30 de septiembre de
2020 y su Adenda Complementaria de fecha 26 enero de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del proyecto
Actualización Proyecto Minero División Radomiro Tomic”.
3°. El Acta de Evaluación N°001/2020 de fecha 06 de enero de 2020, del Comité Técnico de la
Región de Antofagasta.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Actualización Proyecto Minero División Radomiro Tomic
de 05 de marzo de 2021.
5°. El acuerdo N° 23 de la sesión ordinaria N° 09 de la Comisión de Evaluación de la Región de
Antofagasta, de fecha 15 de marzo de 2021.
6°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 015 del 12 de enero de 1996, de la Comisión
Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, del proyecto Mina Radomiro
Tomic", de la empresa Codelco Chileque se modifica a través de la presente Resolución.
7°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 006 del 23 de enero de 1998, de la Comisión
Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, del proyecto Expansión Radomiro
Tomic”, de Codelco Chile División Radomiro Tomicque se modifica a través de la presente
Resolución.
8°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 0309 del 12 de septiembre de 2008, de la
Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, del proyecto Extracción y
Movimiento de Minerales Mina Radomiro Tomic Quinquenio 2008-2012 que se modifica a
través de la presente Resolución.
9°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 0418 del 07 de diciembre de 2009, de la Comisión
Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, del proyecto Lixiviación de
Minerales de Baja Ley, Dump 2, Fases IV-V que se modifica a través de la presente Resolución.
10°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 0102 del 30 de marzo de 2010, de la Comisión
Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, del proyecto Traslado Petrolera
Mina Radomiro Tomic que se modifica a través de la presente Resolución.
11°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 0207 del 15 de noviembre de 2018, de la
Comisión Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, del proyecto
MODIFICACIONES AL PROYECTO EXTRACCIÓN Y MOVIMIENTO DE
MINERALES MINA RADOMIRO TOMICque se modifica a través de la presente Resolución.
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 29-03-2021 17:54:22:824 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 29-03-2021 17:54:23:873 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
12°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto Actualización Proyecto Minero División Radomiro Tomic.
13°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por
la Ley N°20.417; en la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; en la Ley N°19.880, que establece las Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto
Supremo N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que implementa el Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“RSEIA”); Resolución N°7 de 2019 de la
Contraloría General de la República; y la Resolución Exenta RA N°119046/280/2019 de fecha
03/09/2019, que nombra al Director Regional de Antofagasta, el Decreto N° 18 de fecha 12 de
enero de 2021 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de
Antofagasta, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Corporación Nacional del Cobre de Chile, División Radomiro Tomic (en adelante, el
“Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) la DIA del
proyecto Actualización Proyecto Minero División Radomiro Tomic (en adelante, el
“Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Corporación Nacional del Cobre de Chile, División Radomiro
Tomic
Rut
61.704.000-K
Domicilio
Av. Central Sur N° 1990, Villa Ayquina, Calama.
Teléfono
+56 55 2329 01
Nombre representante legal
Lindor Quiroga Bugueño
Rut representante legal
9.182.846-4
Domicilio representante legal
Av. Central Sur N° 1990, Villa Ayquina, Calama.
Teléfono representante legal
+56 55 2329 01
Correo electrónico Titular o
representante legal
lquiroga@codelco.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 05 de marzo de 2021, el Director del Servicio de
Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por
cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, cumple con los requisitos de
otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables,
no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°
19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental, y a que el
Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes
Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 15 de marzo de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta
acordó calificar favorablemente el proyecto “Actualización Proyecto Minero División Radomiro
Tomic”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 05 de marzo de 2021, el que forma
parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60
inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El proyecto Actualización Proyecto Minero División Radomiro
Tomic” consiste en mantener la operación de la línea de
hidrometalurgia y la explotación de Sulfuros Fase I, existentes desde el
año 2023 hasta el año 2030, actualizando el proyecto minero actual con
las siguientes actividades:
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Incorporación de nuevos recursos mineros identificados en las fases
de expansión del rajo norte y este, lo que permitirá mantener la
línea de lixiviación primaria, lixiviación secundaria y lixiviación de
minerales de baja ley (ROM) tradicional, abasteciendo la planta
hidrometalúrgica desde el año 2023 hasta el año 2030.
Implementación de la tecnología de biolixiviación en la Etapa IV
del Depósito de Minerales de Baja Ley (ROM) en el Dump 2.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Artículo 3 del Reglamento del SEIA:
i.1) Proyectos de desarrollo minero sobre 5.000 t/mes.
a.1) Presas y embalses.
i.3) Proyectos de disposición de residuos y estériles.
ñ.3) Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables,
(sustancias señaladas en la Clase 2 División 2.1, 3 y 4 de la NCh. 382,
Of. 2004).
ñ.4) Producción, disposición o reutilización de sustancias corrosivas o
reactivas, (sustancias señaladas en las clases 5 de la NCh. 382, Of.
2004).
Vida útil
9 años (2021 2030).
Monto de inversión
US$ 882.000.000.-
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Habilitación de biolixiviación o construcción de chancadores.
Proyecto se desarrolla por
etapas
No
El proyecto no se desarrollará por etapas.
[X]
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
No
El proyecto modifica un proyecto o actividad
existente. Ver detalles en Tabla 1-4 de la DIA.
Proyecto modifica otra(s)
RCA
No
El proyecto modifica las siguientes Resoluciones de
Calificación Ambiental:
RCA N° 015/1996 “Proyecto Mina Radomiro
Tomic”.
RCA 006/1998 “Expansión Radomiro
Tomic”.
RCA N° 0179/2001 “Aciducto”.
RCA N° 0182/2003 “Modificación de la DIA del
proyecto Aciducto Radomiro Tomic”.
RCA N° 309/2008 “Extracción y Movimiento de
Minerales Mina Radomiro Tomic (RT)
Quinquenio 2008-2012.
RCA N° 418/2009 “Lixiviación de Minerales de
Baja Ley, Dump 2 Fase IV V”.
RCA 102/2010 “Traslado Petrolera Mina
Radomiro Tomic”.
RCA N° 0207/2018 “Modificaciones al Proyecto
Extracción y Movimiento de Minerales Mina
Radomiro Tomic”.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El proyecto se localiza en la Región de Antofagasta, Provincia de El
Loa y Comuna de Calama.
Descripción de la
localización
El proyecto estará dentro del yacimiento División Radomiro Tomic
(DRT), un área industrial-minera que cuenta con Calificación
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