Resolución Exenta nº 400115-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. CAMARICO SOLAR - Normativa - VLEX 916273393

Resolución Exenta nº 400115-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. CAMARICO SOLAR

Número de resolución400115-2022
Fecha de publicación07 Febrero 2022
Año2022
Fecha04 Febrero 2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Coquimbo
Califica Ambientalmente el proyecto “CAMARICO SOLAR”
<NUM_RES>
La Serena
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 10 de septiembre de 2021 y
su Adenda Complementaria de fecha 17 de diciembre de 2021, del proyecto denominado
“CAMARICO SOLAR”, presentado por CAMARICO SOLAR SpA., con fecha 21 de abril de
2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3. del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
denominado “CAMARICO SOLAR”.
3°. El Acta de Evaluación N°2 de 14 de enero 2022, del Comité Técnico de la Región de
Coquimbo.
4°. El ICE de la DIA del proyecto denominado “CAMARICO SOLAR” de fecha 17 de enero de
2022.
5°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto denominado “CAMARICO SOLAR”.
10. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución Nº7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón.
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 03-02-2022 15:18:30:203 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 03-02-2022 15:18:32:735 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, CAMARICO SOLAR SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto denominado “CAMARICO SOLAR” (en
adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
CAMARICO SOLAR SpA
Rut
77.333.006-9
Domicilio
Charles Dickens 1518, Comuna de Vitacura, Región
Metropolitana.
Teléfono
56974773235
Nombre representante legal
Miguel Miró Aguirre
Rut representante legal
7201339-5
Domicilio representante legal
Candelaria Goyenechea 4421, Oficina C-6 , Comuna de
Vitacura, Región Metropolitana.
Teléfono representante legal
56974773235
Correo electrónico Titular o
representante legal
miguelmiro@re-bars.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de enero de 2022, la Directora Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo ha recomendado aprobar el Proyecto, por
cuanto:
El proyecto cumple con la Normativa Ambiental Aplicable.
El titular del proyecto subsanó los errores, omisiones e inexactitudes durante el proceso de
evaluación.
Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado
satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos.
No generaría ninguno de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo
11 de la Ley Nº19.300, por lo tanto, no requiere la presentación de un Estudio de Impacto
Ambiental.
3°. Que, en sesión de 24 de enero de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo
acordó calificar favorablemente el proyecto denominado “CAMARICO SOLAR”, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de fecha 17 de enero de 2022, el que forma parte integrante de la
presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El Proyecto, tiene por objetivo captar y transformar la energía
solar en energía eléctrica para inyectar 9 MW a la red, con una
potencia instalada de 10,66 MWdc, conectándose a la red
perteneciente al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), por lo que se
presenta este proyecto a fin de obtener la Resolución de
Calificación Ambiental (RCA) favorable, por medio de la
evaluación ambiental y sectorial del presente documento.
Tipología principal, así como
las aplicables a sus partes,
obras o acciones
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
Vida útil
30 años
Monto de inversión
USD $ 8.435.000.-
Gestión, acto o faena mínima
que da cuenta del inicio de la
ejecución
Instalación cierre perimetral.
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Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
X
Proyecto modifica un proyecto
o actividad
Si
No
X
Proyecto modifica otra(s) RCA
Si
No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El proyecto se encuentra a aproximadamente a 2,6 km al norte, por
la Ruta 5 Norte, de la localidad de Mantos de Hornillo, y a unos 90
km al Sur de la ciudad de Ovalle, en la comuna de Ovalle,
provincia del Limarí, Región de Coquimbo.
Descripción de la localización
El emplazamiento del Proyecto se justifica porque:
- Se ubica en una zona denominada ZIE (zona de infraestructura
energética), según el Plan Regulador Intercomunal de la
Provincia de Limarí (PRIL), donde el uso de suelo permitido es
precisamente para Infraestructura Energética.
- Resultados favorables de radiación solar corroborados
mediante simulaciones de producción con los datos de
radiación de diversas bases de datos certificadas.
- El lugar se encuentra cercano a líneas de distribución y
subestaciones existentes, lo que hace factible desde un punto
de vista económico y técnico el desarrollo del Proyecto y la
evacuación de la energía eléctrica generada por el mismo.
- Las condiciones topográficas hacen que el sitio sea un
excelente emplazamiento de los módulos fotovoltaicos y
captación solar debido a la dirección de la pendiente, además
de ser un terreno plano con una pendiente baja.
- El área del terreno se encuentra intervenido con actividad
agrícola, principalmente plantaciones Atriplex, no existiendo
en el predio flora o vegetación en categoría de conservación.
Superficie
El proyecto se emplazará en un área de 23,69 hectáreas (ha), en las
cuales se instalarán las obras temporales y permanentes del
Proyecto.
Del total de 23,69 ha, se utilizan 21,14 ha donde se instalarán los
paneles fotovoltaicos y equipos, 0,50 ha corresponden a la
instalación de faenas, 1,00 ha a los caminos internos, 0,52 ha en
áreas sin paneles, 0,08 ha de camino de acceso al proyecto y 0,44
ha corresponden a la Línea Eléctrica y su faja de seguridad de 7
metros.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Coordenadas del Polígono del Proyecto:
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