Resolución Exenta nº 40-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Taltal solar - Normativa - VLEX 916273548

Resolución Exenta nº 40-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Taltal solar

Número de resolución40-2021
Fecha de publicación04 Febrero 2021
Año2021
Fecha04 Febrero 2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto Parque Fotovoltaico Taltal solar
<NUM_RES>
Antofagasta
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Parque Fotovoltaico Taltal
Solar”, presentado por Parque Eólico Taltal S.A con fecha 18 de febrero de 2020, su Adenda de
fecha 15 de octubre de 2020 y su Adenda Complementaria de fecha 21 de diciembre de 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo II y III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del
proyecto Parque Fotovoltaico Taltal Solar”.
. El Acta de Evaluación 26/2020 de 24 de abril de 2020, del Comité Técnico de la Región de
Antofagasta.
4°. El ICE de la DIA del proyecto Parque Fotovoltaico Taltal Solar de fecha 18 de enero de
2021.
5°. El acuerdo N°03/2021 de la sesión ordinaria N°03/2021 de la Comisión de Evaluación de la
Región de Antofagasta, de fecha 26 de enero de 2021.
. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto Parque Fotovoltaico Taltal Solar.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la
Resolución Exenta RA Nº 119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al Director Regional
de Antofagasta y el Decreto N°18 de fecha 12 de enero de 2021 del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 03-02-2021 13:56:13:627 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 03-02-2021 13:56:15:623 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Parque Eólico Taltal S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Parque Fotovoltaico Taltal Solar (en
adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Parque Eólico Taltal S.A.
Rut
76. 179.024-2
Domicilio
Santa Rosa 76, piso 13. Santiago
Teléfono
+56 2 26308043
Nombre representante legal
James Lee Stancampiano
Rut representante legal
24.158.936-6
Domicilio representante legal
Santa Rosa 76, piso 13. Santiago
Teléfono representante legal
+56 2 26308043
Correo electrónico Titular o
representante legal
gerenciaenel@enel.com carolina.urtubia@enel.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 18 de enero de 2021, el Director Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el
Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia
Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes
se puede concluir que el Proyecto:
Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
Ha identificado el permiso ambiental sectorial aplicable al Proyecto, y ha
proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dicho permiso,
y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias
establecidas en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio
Ambiente.
3°. Que, en sesión de 26 de enero de 2021, la Comisión de Evaluación de la de la Región de
Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Taltal Solar”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE del 18 de enero de 2021, el que forma parte integrante
de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción
del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El Proyecto tiene como objetivo la generación de energía eléctrica a
través del aprovechamiento de la energía solar mediante módulos
fotovoltaicos, cuya capacidad instalada será de 317 MW.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Según artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA):
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
Vida útil
30 años
Monto de inversión
USD 350 millones
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
El hito que dará inicio al proyecto será las actividades habilitación de
Instalaciones de faena.
Proyecto se desarrolla por
etapas
No
[X]
Proyecto modifica un
No
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proyecto o actividad
[X]
Proyecto modifica otra(s)
RCA
No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se ubica en la comuna de Taltal, Provincia y Región
de Antofagasta, aproximadamente 200 km al sur de la ciudad de
Antofagasta.
Descripción de la localización
La localización de este Proyecto se justifica en función de la
existencia de radiación solar que permite la generación de energía
eléctrica gracias a las características del sector.
Superficie
El Proyecto considera la intervención de una superficie total
aproximada de 496 ha. Para mayor detalle, ver Anexo 1. KMZ,
Planimetría y Tabla de coordenadas actualizados, Anexo 10. PAS
160 actualizado ambos de la Adenda.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
La Coordenadas Geográficas del Proyecto se presentan en la
Anexo 1. KMZ, Planimetría y Tabla de coordenadas actualizados
de la Adenda.
Caminos de acceso
El acceso al Proyecto se conecta con una vía pública (Ruta 5), este
acceso ya se encuentra habilitado y cuenta con la Autorización
respectiva. Para más detalle, ver Anexo 13 de la Adenda.
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
En el Anexo 1. KMZ, se presenta la Planimetría y Tabla de
coordenadas actualizados del Proyecto de la Adenda.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Habilitación de
instalación de faenas:
Se contemplan las siguientes actividades:
- Escarpe, despeje, nivelación y compactación de la zona mediante el
uso de maquinaria estándar de construcción y mano de obra capacitada.
- Instalación de las dependencias de la instalación de faena, tales como
oficinas, bodegas de insumos, baños, comedor, sala de primeros
auxilios, grupos electrógenos, estanque de combustible, área
almacenamiento de residuos, estacionamientos, entre otras.
- Instalación de sistema sanitario: instalación de la planta de tratamiento
de aguas servidas, que tratará las aguas servidas provenientes de los
servicios higiénicos (baños y duchas).
Construcción
campamento para
trabajadores:
Se contemplan las siguientes actividades:
- Escarpe, despeje, nivelación y compactación de la zona mediante el
uso de maquinaria estándar de construcción y mano de obra capacitada.
- Instalación de las dependencias del campamento, tales como
dormitorios, lavandería, baños, casino, sala de primeros auxilios, grupos
electrógenos, zona de recreación y estacionamientos.
Cercado:
Se rodeará todo el perímetro de las instalaciones temporales, vale decir,
Instalación de faena y campamento, con un vallado que consistirá en
una malla de simple torsión con altura de 2,5 metros. Esta malla se
anclará a postes de acero galvanizado en caliente, posicionándolos cada
3,5 metros de distancia, en las esquinas y en los cambios de dirección,
además, cada 35 metros se colocarán postes de refuerzos. Además, se
considera el cerco perimetral de cada una de las zonas de módulos
fotovoltaicos
Nivelación de terrenos:
Se contempla preparar el terreno donde se instalarán las distintas obras
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