Resolución Exenta nº 38-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Residencial Quilacoya - Normativa - VLEX 916274035

Resolución Exenta nº 38-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Residencial Quilacoya

Número de resolución38-2020
Fecha de publicación08 Octubre 2020
Año2020
Fecha08 Octubre 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
RCA N° 38/2020. DIA del Proyecto “Parque Residencial Quilacoya”
1
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de La Araucanía
Califica Ambientalmente el Proyecto
“Parque Residencial Quilacoya”
Resolución Exenta N° 38
Temuco, 07 de octubre de 2020
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Titular Servicio de Vivienda y Urbanismo IX Región de La
Araucanía, admitida a tramitación con fecha 26 de diciembre de 2019, su Adenda de fecha 17 de junio de
2020, y su Adenda Complementaria de fecha 19 de agosto de 2020, del proyecto “Parque Residencial
Quilacoya”.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base
de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el
Capítulo del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Residencial
Quilacoya”.
3°. El Acta N° 790 de fecha 15 de enero de 2020, de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes
a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Parque Residencial
Quilacoya”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio
Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. El Acta emanada de la Sesión N° 1 del Comité Técnico de la Región de La Araucanía, de fecha 08 de enero
de 2020.
5°. El Informe Consolidado de la Evaluación de la DIA del proyecto “Parque Residencial Quilacoya” de 11 de
septiembre de 2020.
6°. El acuerdo de la sesión N° 9/2020, de fecha 24 de septiembre de 2020, de la sesión de la Comisión de
Evaluación de la Región de La Araucanía.
7°. La Resolución Exenta N° 202099101160, de fecha 03 de abril de 2020, de la Dirección Ejecutiva del
Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone medidas que indica.
8°. La Resolución Exenta N° 202099101326, de fecha 30 de abril de 2020, de la Dirección Ejecutiva del
Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone medidas que indica.
9°. La Resolución Exenta N° 202099101491, de f echa 28 de julio de 2020, de la Dirección Ejecutiva del
Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone medidas que indica.
10°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del
proyecto “Parque Residencial Quilacoya.
1. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012,
del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
(Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado; el Decreto N°647 de 2019 del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, que nombra a don Víctor Manoli Nazal como Intendente Titular de la Araucanía; la
Resolución Exenta N°330 de 11 de noviembre de 2014 del Servicio de Evaluación Ambiental de la Araucanía,
que Aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de l a Araucanía, la Resolución Nº 7, de
2019, de la Contraloría General de la República y la Resolución TRA N°119046/162/2018, de fecha 25 de
octubre de 2018, del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (“SEA”), que dispone funciones
de la Directora Regional del SEA, Región de La Araucanía, designándose a doña Andrea Flies Lara.
RCA N° 38/2020. DIA del Proyecto “Parque Residencial Quilacoya”
2
CONSIDERANDO:
1°. Que, Servicio de Vivienda y Urbanismo IX Región de La Araucanía (en adelante, el Titular), ha sometido al
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Residencial Quilacoya” (en
adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Servicio de Vivienda y Urbanismo IX Región de La Araucanía
Rut
61.821.000-6
Domicilio
O´Higgins N° 830 - Temuco
Teléfono
452 964435
Nombre representante legal
Sergio Alfonso Merino Perello
Rut representante legal
15.243.753-6
Domicilio representante legal
O´Higgins N° 830 - Temuco
Teléfono representante legal
452964435
Correo electrónico Titular o
representante legal
smerinop@minvu.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de septiembre de 2020, la Directora del Servicio de
Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
- Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
- Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales
sectoriales aplicables, señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. N° 40/2012 Reglamento SEIA, los que
han sido informados favorables por el Órgano de la Administración del Estado competente.
- No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que
dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental.
- El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de
Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 24 de septiembre de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía
acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Residencial Quilacoya”, aprobando íntegramente el
contenido del ICE de 11 de septiembre de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución.
Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de
la presente Resolución las consideraciones téc nicas en que se fundamenta, siendo dichas consideraciones
técnicas consignadas en el ICE parte integrante de la presente resolución, para todos los efectos legales.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales
forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se
indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Atender la demanda habitacional de la Región de La Araucanía, en especial de la
comuna de Temuco, mediante la construcción y habilitación de 516 departamentos
y 70 viviendas, totalizando 586 unidades habitacionales.
Se espera que los futuros propietarios adquieran las viviendas con aporte de los
subsidios habitacionales entregados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, las
cuales se adecuarán a las exigencias técnicas vigentes, de acuerdo al D.S. N°49 del
Servicio de Vivienda y Urbanismo.
Tipología principal, así
como las aplicables a
sus partes, obras o
acciones
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas
latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de
viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los
proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes
características:
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o
consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.
Vida útil
Debido a que el proyecto es de tipo inmobiliario, el tiempo de vida útil es
indefinido.
Monto de inversión
El monto estimado de la inversión del proyecto es de aproximadamente US$
28.944.22, considerando US$ 14.453.739 para la fase I de construcción y US$
14.490.483 para la fase II.
RCA N° 38/2020. DIA del Proyecto “Parque Residencial Quilacoya”
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Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta
del inicio de la
ejecución
El acto o faena mínima que, según la naturaleza y tipología del proyecto o
actividad, dará c uenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y
permanente, será la limpieza del terreno (retiro de maleza y vegetación) y la
implementación de la correspondiente instalación de faenas.
Proyecto se desarrolla
por etapas
No
El P royecto no será desarrollado por etapas. Sin embargo, la fase de
construcción será ejecutada en 2 subfases constructivas, de 25 meses
de duración cada una y 6 meses de descanso entre cada subfase, las
que en conjunto abarcará un periodo estimado de 56 meses para el
desarrollo total.
X
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
No
Corresponde a un proyecto nuevo que se ejecutará en el área urbana
de Temuco, por lo tanto, el proyecto no corresponde a alguna
modificación de proyecto o actividad.
X
Proyecto modifica
otra(s) RCA
No
El proyecto no modifica otra RCA existente
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se localiza administrativamente en la Región de La Araucanía, Provincia
de Cautín, par ticularmente en el sector Norte de la comuna de Comuna de
Temuco.
Descripción de la
localización
El área de emplazamiento del proyecto corresponde a un predio particular dentro
de los límites urbanos de la comuna de Temuco. Su ubicación permite al proyecto
responder a la demanda habitacional de la comuna, de acuerdo al crecimiento
urbano que ésta ha proyectado.
De acuerdo al Plan Regulador Comunal (PRC) de Temuco y el CIP N°605/2017
adjunto en el Anexo 3 de la Declaración de Impacto Ambiental, el proyecto se
emplazará en las zonas ZH2 (Zona Pedro de Valdivia Base) y ZM6 (Zona Mixta 6).
Además, la zona norte del loteo se emplaza en zona ZM4 (Zona Mixta). El uso
residencial es permitido en todas las zonas donde se emplazará el proyecto, por lo
tanto, la ejecución del mismo es compatible c on el Instrumento de Planificación
Territorial vigente.
Fuente: DIA Capítulo 1: Descripción del Proyecto
Superficie
El proyecto “Parque Residencial Quilacoya” se emplazará en una superficie de
aproximadamente 80.000 m2 (8 ha), la cual considera lotes habitacionales
(departamentos y viviendas), áreas verdes, lotes de equipamiento, planta
elevadora de aguas servidas ( P.E.A.S.) y vialidad interna (calles y pasajes). E n la
tabla que se muestra a continuación se expone el detalle de las superficies del
proyecto, por cada subfase constructiva y total:
Componente
Área fase I (m2)
Área fase II (m2)
Área Total (m2)
Lotes habitacionales
5.438,24
3.159,93
8.598,17
Lote Departamentos
26.160,30
19.742,37
45.902,67
P.E.A.S.
1.087,46
-
1.087,46

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