Resolución Exenta nº 345-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. SISTEMA DE TRATAMIENTO DE RILESVIÑA LAS VELETAS - Normativa - VLEX 916508042

Resolución Exenta nº 345-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. SISTEMA DE TRATAMIENTO DE RILESVIÑA LAS VELETAS

Número de resolución345-2020
Fecha de publicación24 Diciembre 2020
Año2020
Fecha07 Diciembre 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE LOS RÍOS
Califica Ambientalmente el proyecto Parque Eólico Camán
<NUM_RES>
Valdivia
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA), su Adenda de 18 de abril de 2019 y sus Adendas
Complementarias de 07 de octubre de 2019 y 28 de abril de 2020, del proyecto Parque Eólico
Camán, presentado por AR Caman SpA con fecha 30 de abril de 2018.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se
detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto Parque
Eólico Camán.
3°. Las Actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas
localizados en el área en que se desarrollará el proyecto Parque Eólico Camán, conforme a lo previsto
en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. El Acta N° 21 de 06 de noviembre de 2020, de la sesión de la Comisión Técnico de la Región de
Los Ríos.
5°. El ICE del EIA del proyecto “Parque Eólico Camán” de fecha 13 de noviembre de 2020.
6°. El Acta N° 4, de 23 de noviembre del 2020, de la sesión extraordinaria de la Comisión de
Evaluación de la Región de Los Ríos
. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA
del proyecto Parque Eólico Camán.
8. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el Decreto Supremo
Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental ("RSEIA"); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N°
19.175, Ley Orgánica Constitucional Sobre Gobierno y Administración Regional; la Resolución
Exenta N° 56, de fecha 28 de julio de 2014, que Aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de
Evaluación de la Región de Los Ríos y delega facultades que indica al Director/a Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental; la Resolución Exenta RA N° 119.046/204/2019, de fecha 25 de
junio de 2019, que informa el nombramiento de la Directora Regional de Los Ríos del Servicio de
Evaluación Ambiental a la Comisión de Alta Dirección Pública del Servicio Civil; el Decreto N° 609,
de fecha 26 de noviembre de 2019, que Nombra al Gobernador de la Provincia de Valdivia, la
Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 07-12-2020 12:00:02:304 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 07-12-2020 12:00:03:766 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1 Que, AR Caman SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto Parque Eólico Camán (en adelante, el Proyecto). Los
antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
AR Caman SpA
Rut
76.580.849-9
Domicilio
Av. Apoquindo 4800, oficina 1501-A, Las Condes, Región
Metropolitana
Teléfono
+56 (2) 2592 3100
Nombre representante legal
+56 (2) 2592 3100
Rut representante legal
13.892.513-7
Domicilio representante legal
Av. Apoquindo 4800, Edificio Nueva Apoquindo, Torre II
Piso 15, Oficina 1501- A, Las Condes
Teléfono representante legal
+56 (2) 2592 3100
Correo electrónico Titular o
representante legal
diego.cornejo@mainstreamrp.com
2 Que, conforme se indica en el ICE de fecha 13 de noviembre de 2020, la Directora Regional de
la Región de Los Ríos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con
la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 11 de este documento; y,
haciéndose cargo de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de
la Ley, propone medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas, considerando
las condiciones y exigencias que establece el punto 13 del ICE. El titular ha subsanado los
errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones,
Rectificaciones y Ampliaciones.
3 Que, en sesión de 23 de noviembre de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de Los
Ríos acordó calificar favorablemente el proyecto Parque Eólico Camán, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de 13 de noviembre de 2020, el que forma parte integrante de
la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que
se fundamenta.
En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución con excepción de las
consideraciones señaladas.
4 Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, y en su(s) Adenda(s)
Complementaria(s), los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción
del Proyecto es la que a continuación se indica:
ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo general del presente Proyecto es generar energía del tipo
renovable no convencional, aprovechando el recurso eólico disponible
en el área.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Tipología principal:
c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
Tipologa secundaria
Literal b) “lneas de transmisión elctrica de alto voltaje y sus
subestaciones”.
b.1 Se entenderá por lneas de transmisión elctrica de alto voltaje
aquellas lneas que conducen energa elctrica con una tensión mayor
a veintitrs kilovoltios (23 kV)
b.2 Se entenderá por subestaciones de lneas de transmisión elctrica
de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más lneas de
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transporte de energa elctrica y que tiene por objeto mantener el
voltaje a nivel de transporte.”
Vida útil
El Proyecto es indefinido, se estima una vida útil de 40 años, una vez
concluido este período, se evaluará la procedencia del cierre del Parque
Eólico Caman o la implementación de modificaciones al Proyecto,
asociadas a la actualización tecnológica de los equipos y procesos
concordantes a esta, con el objeto de mantener la operación del Parque
Eólico.
Monto de inversión
USD $ 590.000.000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Presentación y aprobación sectorialmente de los planes de manejo
forestal aplicables, para posteriormente dar inicio a la corta, despeje y
descepado de la vegetación
Proyecto se desarrolla
por etapas
Si
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Si
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si
UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El proyecto se localiza en las comunas de Valdivia, Los Lagos y
Paillaco, todas pertenecientes a la Provincia de Valdivia, Región
de Los Ríos
Descripción de la localización
El proyecto se localiza en el sector de Camán en terrenos privados
rurales, los cuales serán arrendados y contarán con todos los
permisos correspondientes.
Superficie
La superficie total del proyecto será de 244,11 hectáreas.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Las coordenadas de localización de cada una de las obras del
Proyecto se encuentran en la Tabla 2.2 del Anexo 1 (Ficha
Resumen) de la Adenda Excepcional, las cuales se detallan a
continuación en la sección 4.3 de partes y obras del Proyecto.
Caminos de acceso
Para acceder al proyecto se utilizarán tres vías de acceso, estas
corresponden a:
1. Acceso Principal Existente: Corresponde a la intersección entre
Ruta 206 y Ruta T-608.
2. Acceso Neo: Corresponde a acceso proyectado para el tránsito
de camiones y camionetas del Proyecto y además contará con la
geometría para el transporte de camiones de dimensiones
especiales (transporte aerogeneradores). Conectará Ruta 206, con
Ruta T-608. (Será paralelo al acceso existente).
3. Acceso Secundario: Corresponde a la intersección de Ruta T-
616 con Camino forestal privado. Este segundo acceso
corresponde a un camino forestal privado que intersecta a la ruta
T-616, esta intersección se encuentra a 40,6 km al noreste del
centro urbano de Valdivia y a 10 km del centro urbano de Paillaco.
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
Mayor información en anexo N°2 y N°10 de la Adenda
Complementaria (Actualización PAS 160 y KMZ del proyecto
respectivamente) y en el Capítulo 4 del ICE.
PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1 FASE DE CONSTRUCCIÓN
Instalaciones de
faenas Y Frentes de
trabajo
Se consideran dos ubicaciones para la instalación de faenas, las cuales se
encuentran ubicadas en las siguientes coordenadas, expresadas en Datum
WGS84, huso 18 S.
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