Resolución Exenta nº 329-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Edificio Vicuña 3212 - Normativa - VLEX 916273853

Resolución Exenta nº 329-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Edificio Vicuña 3212

Número de resolución329-2019
Fecha de publicación24 Junio 2019
Año2019
Fecha24 Junio 2019
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Edificio Vicuña 3212”
Resolución Exenta Nº
Santiago
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 29 de agosto de 2018, su
Adenda de fecha 21 de febrero de 2019 y su Adenda Complementaria de fecha 24 de abril de 2019, del
Proyecto “Edificio Vicuña 3212”, presentado por Rentas e Inversiones Brasilia S.A.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la
base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de l a DIA, y que se detallan
en el C apítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Edificio
Vicuña 3212”.
3°. Las Actas de Evaluación N° 4/2018 de 25 de septiembre de 2018 y Nº 03/2019 de 28 de abril de 2019,
ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago.
4°. El ICE de la DIA del Proyecto “Edificio Vicuña 3212” de 31 de mayo de 2019.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago de fecha 10 de junio
de 2019.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del
Proyecto “Edificio Vicuña 3212”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012,
del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el
Decreto Supremo N° 428 de fecha 11 de marzo de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública; la Resolución TRA N° 119046/163/2018 de fecha 25 de octubre de 2018 de l a Dirección
Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría
General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 20-06-2019 12:06:24:816 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 20-06-2019 12:06:25:830 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Rentas e Inversiones Brasilia S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Edificio Vicuña 3212” (en adelante, el Proyecto).
Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Rentas e Inversiones Brasilia S.A.
RUT 76.024.393-0
Domicilio Av. Vicuña Mackenna Nº 54, Providencia
Nombre del representante legal Andrés Edgardo Bluhm Brandt
R.U.T. 8.351.923-1
Domicilio de representantes legales Av. Vicuña Mackenna Nº 54, Providencia
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 31 de mayo de 2019, el Servicio de Evaluación Ambiental
de la Región Metropolitana de Santiago, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con
la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto, cumple con los requisitos de carácter
ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y
142 del D.S. Nº 40/2012 del MMA; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo
11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de 10 de junio de 2019 , la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de
Santiago acordó calificar favorablemente el Proyecto “Edificio Vicuña 3212”, aprobando íntegramente
el contenido del ICE de 31 de mayo de 2019 , el que forma parte integrante de la presente Resolución.
Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se
excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los
cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El Proyecto inmobiliario “Edificio Vicuña 3212” corresponde a un
Proyecto de desarrollo inmobiliario en la comuna de Macul. Su
ubicación se encuentra cercana a las estaciones de metro Rodrigo de
Araya y Carlos Valdovinos de la Línea 5 y a los paraderos de Buses del
Transantiago.
Descripción general del Proyecto Construcción de cuatro edificios de 20 pisos de altura y dos niveles
subterráneos, con capacidad para 1.237 viviendas y además la
construcción de una placa comercial de dos pisos con capacidad para 32
locales.
Los edificios destinados a uso residencial tendrán una capacidad de 904
estacionamientos vehiculares para residentes, 136 estacionamientos
vehiculares para visitas (incluyen 12 unidades para discapacitados) y 115
estacionamientos para bicicletas. La placa comercial tendrá 45 unidades
de estacionamientos vehiculares para clientes (incluye 2 unidades para
discapacitados), 7 unidades para visitas, 2 estacionamientos de 30 m2 y
10 bicicleteros. En la superficie total construida es de 84.797,07 m 2
sobre una superficie de terreno de 20.346,12 m2. También considera la
habilitación de espacios comunes como una gran plaza central con áreas
verdes y piscinas.
Tipología principal, así como las
aplicables a sus partes, obras o
acciones
Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al
artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental, el Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas
declaradas latentes o saturadas.
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7
hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más
viviendas.
Vida útil Indefinida.
Monto de inversión U.S. 68.761.905 millones de dólares
Gestión, acto o faena mínima que
da cuenta del inicio de la
ejecución del Proyecto de modo
sistemático y permanente, para
efectos de la caducidad de la RCA
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del
Proyecto, corresponde a la demolición.
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Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto a lo previsto en el Artículo
14° del Reglamento del Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental,
D.S. 40/2012 del MMA, el
Proyecto no se desarrollará por etapas.
[X]
Proyecto modifica un Proyecto o
actividad Si No El Proyecto presentado, corresponde a
un Proyecto nuevo.
[X]
Proyecto modifica otra(s) RCA
[sólo en caso de que el Proyecto sí
modifique un Proyecto o
actividad]
Si No Respecto a lo previsto en el Artículo
14° del Reglamento del Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental,
D.S. 40/2012 del MMA, el
Proyecto no se desarrollará por etapas.
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa El Proyecto se encuentra ubicado en la provincia de Santiago, Región
Metropolitana, específicamente en Av. Vicuña Mackenna Nº 3212,
esquina calle Domingo Arteaga Nº 10 de la comuna de Macul.
Justificación de la localización El Proyecto se justifica debido a que su ubicación se circunscribe en el
polígono conformado por Av. Vicuña Mackenna por el poniente y calle
Domingo de Arteaga por el Sur. Al norte y al este, limita con
propiedades particulares.
El Proyecto se encuentra inserto en una zona definida como ZI-m,
correspondiente a una zona Industrial Mixta, densidad alta, que permite
el uso de suelo residencial de acuerdo a lo señalado en los Certificados
de Informaciones Previas, adjuntos en el Anexo 2 Certificados de la
DIA. Cabe destacar la cercanía del Proyecto a las estaciones de metro
Rodrigo de Araya y Carlos Valdovinos, pertenecientes a la Línea 5 de
metro de Santiago y a paraderos de distintos recorridos del Transantiago.
El Proyecto cuenta con Resolución de Aprobación de Anteproyecto de
Edificación Nº 03/2018 de fecha 25 de enero del 2018, emitido por la
Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Macul, Región
Metropolitana.
Superficie El Proyecto se desarrollará en un área total de 20.346,12 m2. Detalle de
superficies se presenta en el punto 3.3.de la DIA.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
A continuación, se presentan las coordenadas del Proyecto:
Tabla N° 1: Coordenada (WGS 84) del área del Proyecto.
vértice Este (m) Norte (m)
1 349.391 6.294.151
2 349.363 6.294.266
3 349.522 6.294.305
4 349.524 6.294.295
5 349.530 6.294.295
6 349.552 6.294.188
7 349.456 6.294.227
Fuente: Tabla 1 del punto A.3.1. División Político Administrativa
(regional, provincial y comunal) de la DIA.
Caminos o vías de acceso
En la fase de Construcción los accesos serán por calle Domingo de
Arteaga Nº 10.
En la fase de Operación los accesos vehicular y peatonal residentes y
visitas serán por calle Domingo de Arteaga.
El acceso para locales comerciales en la fase de operación será por Av.
Vicuña Mackenna Nº 3212.
Referencia al expediente de
evaluación de l os mapas,
georreferenciación e información
complementaria sobre la
localización de sus partes, obras y
acciones
Anexo 3. Planos de la DIA.
EVM3212_Rutas Probables, Adenda.
En Anexo 1 de la Adenda, se adjunta un archivo KMZ del Proyecto con
sus partes y obras.
Anexo 2. Planos canoas mixer y rueda camiones de la Adenda
Complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
4.3.1.1. PARTES, OBRAS
Demolición y
desmantelamiento
Corresponde a la demolición y desmantelamiento de edificaciones existentes. (Capítulo A.5.1.
de la DIA y punto 1.1 de la Adenda Complementaria).
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