Resolución Exenta nº 325-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Nueva Planta de Cultivo Champiñones Abrantes - Normativa - VLEX 916273875

Resolución Exenta nº 325-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Nueva Planta de Cultivo Champiñones Abrantes

Número de resolución325-2019
Fecha de publicación24 Junio 2019
Año2019
Fecha24 Junio 2019
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el Proyecto “Nueva Planta de Cultivo Champiñones Abrantes”
Resolución Exenta Nº
Santiago
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 20 de febrero de 2018, su
Adenda de fecha 15 de enero de 2019 y su Adenda Complementaria de fecha 2 de mayo de 2019, del Proyecto
“Nueva Planta de Cultivo Champiñones Abrantes”, presentado por Champiñones Abrantes S.A., con fecha 29
de enero de 2018.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base
de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el
Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Nueva Planta de Cultivo
Champiñones Abrantes”.
3°. El Acta de Evaluación N° 3/2018 de fecha 8 de marzo de 2018 y el Acta de Evaluación N° 6/2019 de
fecha 28 de mayo de 2019, del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago
4°. El ICE de la DIA del Proyecto “Nueva Planta de Cultivo Champiñones Abrantes” de fecha 31 de mayo de
2019.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de S antiago, de fecha 10 de junio de
2019.
6°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 456/2015 de fecha 8 de octubre de 2015 de la Comisión de
Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, del Proyecto “Reconstrucción Planta Cultivo de
Champiñones” (en adelante la “RCA N° 456/2015”), que se modifica a través de la presente Resolución.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del
Proyecto “Nueva Planta de Cultivo Champiñones Abrantes”.
8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº 40, de 2012,
del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental ( en
adelante el D.S. N° 40/2012, del MMA); en la Ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo
N° 79 de fecha 7 de febrero de 2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, actualmente en trámite
de Toma de Razón ante la Contraloría General de la República; en la Resolución TRA 119046/163/2018 de
fecha 25 de octubre de 2018 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la
Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del
Trámite de Toma de Razón.
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 19-06-2019 17:35:23:607 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 19-06-2019 17:35:25:841 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Champiñones Abrantes S.A. (en adelante, el “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Nueva Planta de Cultivo Champiñones Abrantes” (en
adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Champiñones Abrantes S.A.
RUT 76.102.111-7
Domicilio Reserva Peralillo, Hijuela 4 y 5, Paine.
Teléfono 227337000
Nombre representante legal 1 Benjamín Suárez Del Puerto
Rut representante legal 1 16.607.172-0
Correo electrónico representante
legal 1
bsuarez@abrantes.cl
Nombre representante legal 2 Alfredo Santiago Concha Larraín
Rut representante legal 2 15.384.372-4
Domicilio representantes legales Reserva Peralillo, Hijuela 4 y 5, Paine.
Teléfono representante legal 227337000
Correo electrónico representante
legal 2
alfredoconcha@gmail.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 31 de mayo de 2019, la Directora del Servicio de Evaluación
Ambiental, Región Metropolitana de Santiago, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto éste cumple
con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los
requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales
aplicables identificados en la sección 9 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o
circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de
Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los
Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de fecha 10 de junio de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de
Santiago acordó calificar favorablemente el Proyecto “Nueva Planta de Cultivo Champiñones Abrantes”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 31 de mayo de 2019, el que forma parte integrante de
la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento
del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales
forman part e integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se
indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general Aumentar la capacidad de producción de champiñón blanco de 85 a 170
toneladas semanales mediante la construcción de una nueva planta de cultivo.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Proyecto ingresa al SEIA
según lo señalado en la letra:
Tipología principal: “o.7. Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos
industriales líquidos, que cumplan al menos alguna de las siguientes
condiciones:
o.7.2. Que sus efluentes se usen para el riego, infiltración, aspersión y
humectación de terrenos o caminos.
Tipología secundaria: “k.1) Instalaciones fabriles cuya potencia inst alada sea
igual o superior a dos mil kilovoltios-ampere (2.000 KVA), determinada por la
suma de las capacidades de los transformadores de un establecimiento
industrial.
Vida útil Indefinida.
Monto de inversión USD $ 13.000.000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Instalación de faenas.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si No
X
Si No
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Proyecto modifica un
Proyecto o actividad
El Proyecto contempla realizar modificaciones a la
Resolución Exenta N° 456/2015 de fecha 8 de octubr e de
2015, de la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago (en adelante la “RCA N°
456/2015”) que califica ambientalmente favorable el
Proyecto “Reconstrucción Planta Cultivo de
Champiñones”, del titular Champiñones Abrantes S.A.
Las modificaciones a la RCA N° 456/2015 se presentan en
la Tabla 1 del ICE.
X
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si No El Proyecto contempla realizar modificaciones a la RCA N°
456/2015.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa Región Metropolitana de Santiago, Provincia del Maipo, comuna de
Paine, parcelación Peralillo, Hijuela 4 y 5, Lote A, B, C y 2.
Descripción de la localización El emplazamiento del Proyecto se justifica por la presencia de
infraestructura existente y aprobada mediante la RCA N° 456/2015,
principalmente respecto a la planta de sustrato, para el abastecimiento del
Proyecto y por las vías de acceso, principalmente la Ruta 5, que permite
optimizar los tiempos de traslado, tanto de los insumos como de productos
terminados.
Además, de acuerdo al PRMS, la ubicación del Proyecto permite el
desarrollo de actividades agropecuarias y agroindustrias que procesen
productos frescos, previo informe favorable de los organismos
correspondientes.
Superficie Superficie total del terreno: 30,47 ha.
Superficie total construida del Proyecto existente (RCA N°
456/2015): 32.510 m2.
Superficie total construida del Proyecto: 18.930 m2.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Las coordenadas de emplazamiento del Proyecto se presentan en la
siguiente tabla.
Tabla 1. Coordenadas del polígono del predio donde se emplaza el
Proyecto (Datum WGS84, huso 19S).
Vértice UTM Este (m) UTM Norte (m)
1 329.280 6.253.803
2 329.136 6.253.510
3 328.584 6.253.734
4 328.935 6.254.500
5 328.993 6.254.477
6 329.029 6.254.550
7 329.157 6.254.494
8 328.898 6.253.971
Fuente: Elaboración propia en base a la Tabla 5 de la DIA.
Caminos de acceso La principal vía de acceso al Proyecto será por la ruta G- 510, en el sector
norte del terreno donde se emplaza el Proyecto (Figura 15 de la Adenda).
En la fase de construcción, las rutas que se utilizarán son las siguientes:
Residuos:
Calle S/N - Ruta G-510 - Ruta G-546 - Darío Pavez - Ruta 5 - San
Martín - J. Alberto Bravo Oriente - Buin Alto Jahuel.
Ruta G-51 - Acceso Sur – Gabriela - Vicuña Mackenna - Elisa Correa
Sanfuentes - Canal Troncal San Francisco.
Materiales de construcción: Calle S/N- Ruta G-510 - Ruta G-546 - Darío
Pavez - Ruta 5 - San Martín - Manuel Rodríguez.
Hormigones: Calle S/N - Ruta G-510 - Ruta G-546 - Darío Pavez - Ruta 5
- San Martín - J. Alberto Bravo Oriente - Buin Alto Jahuel - Ruta G-51 -
Acceso Sur- Arco Iris - Acceso Sur- Calle S/N.
Áridos: Calle S/N - Ruta G-510 - Ruta G-546 - Darío Pavez - Ruta 5- San
Martín- Presidente Salvador Allende.
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e información
complementaria sobre la
localización de sus partes, obras
y acciones
Detalles de las superficies en el punto 1.3.3 de la DIA.
Rutas de acceso al Proyecto en el punto 1.5.1.11.1 de la DIA.
Cartografía digital de las rutas en la fase de construcción y operación
en el estudio de emisiones adjunto en el Anexo 8 de la Adenda
Complementaria.
Anexo 9 de la Adenda Complementaria se presenta los planos del
Proyecto y del Proyecto existente.
Anexo 10 de la Adenda Complementaria se presenta una imagen con
la vía de acceso al Proyecto.
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