Resolución Exenta nº 283-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta Fotovoltaica Inti Pacha - Normativa - VLEX 916508703

Resolución Exenta nº 283-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta Fotovoltaica Inti Pacha

Número de resolución283-2020
Fecha de publicación17 Noviembre 2020
Año2020
Fecha17 Noviembre 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto “Planta Fotovoltaica Inti Pacha
<NUM_RES>
Antofagasta
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 30 de junio de 2020 y su
Adenda Complementaria de fecha 30 de septiembre de 2020, del proyecto Planta Fotovoltaica
Inti Pachapresentada por Colbún S.A., con fecha 19 de febrero de 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo II y III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
Planta Fotovoltaica Inti Pacha”.
3°. El Acta de Evaluación N°21/2020 de fecha 12 de marzo de 2020, del Comité Técnico de la
Región de Antofagasta.
4°. El ICE de la DIA del proyecto Planta Fotovoltaica Inti Pacha de fecha 26 de octubre de
2020.
5°. El acuerdo N°57/2020 de la sesión ordinaria N°20 de la Comisión de Evaluación de la Región
de Antofagasta, de fecha 3 de noviembre de 2020.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto Planta Fotovoltaica Inti Pacha”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de razón; la
Resolución Exenta RA N°119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al Director Regional
del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el Decreto N°481 de fecha 20
de octubre de 2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la
Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 17-11-2020 12:54:13:296 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 17-11-2020 12:54:17:542 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Colbún S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Planta Fotovoltaica Inti Pacha (en adelante, el
Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Colbún S.A.
Rut
96.505.760-9
Domicilio
Av. Apoquindo Nº 4775, piso 11, Las Condes, Santiago
Teléfono
+56 2 2460 4000
Nombre representante legal
Christoph Ernst Perathoner
Rut representante legal
14.672.471-k
Domicilio representante legal
Av. Apoquindo Nº 4775, piso 11, Las Condes, Santiago.
Teléfono representante legal
+56 2 2460 4013
Correo electrónico Titular o
representante legal
cperathoner@colbun.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 26 de octubre de 2020, el Director Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el
Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia
Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes
se puede concluir que el Proyecto:
- Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
- Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, y ha proporcionado
satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta
ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley
N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
Que, en sesión ordinaria de fecha 3 de noviembre de 2020, la Comisión de Evaluación de la
Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto Planta Fotovoltaica Inti
Pacha, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 26 de octubre de 2020, el que forma
parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60
inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. Antecedentes generales del Proyecto
Objetivo general
El objetivo del Proyecto es generar energía eléctrica con Energía Renovable
de fuente variable a través de la construcción y operación de una planta solar
fotovoltaica, para abastecer al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
Tipología principal,
así como las
aplicables a sus
partes, obras o
acciones
Según artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA):
“b) “Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones”.
b.1. “Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje
aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a
veintitrés kilovoltios (23 kV)”.
b.2. “Se entenderá por subestaciones de línea de transmisión eléctrica de
alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de
energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de
transporte”.
c) Centrales generadoras de energía, mayores a 3 MW.”.
Vida útil
Se proyecta una vida útil de 58 años y 6 meses; considerando 36 meses para
la construcción de IP1 e IP2 y 18 meses para la construcción de IP3, 53 años
y 5 meses para la fase de operación y 24 meses para la fase de cierre. Los
cronogramas asociados a cada fase del proyecto se presentan en Anexo 4 de
la Adenda Complementaria de la DIA.
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Monto de inversión
USD 788.000.000.
Mano de obra
Fase
Máxima
Construcción
370
Operación
36
Cierre
210
Total
616
Gestión, acto o
faena mínima que
da cuenta del inicio
de la ejecución
El hito de inicio será la habilitación de la Instalación de Faenas.
Proyecto o actividad
se desarrolla por
etapas
Si
No
[X]
Proyecto o actividad
modifica un
proyecto o actividad
existente
Si
No
[X]
Proyecto modifica
otra(s) Resolución
de Calificación
Ambiental (RCA)
Si
No
[X]
4.2. Ubicación del proyecto
División político-
administrativa
El Proyecto se emplazará en la región de Antofagasta, provincia de
Tocopilla, comuna de María Elena, distante aproximadamente a 10
kilómetros (km) al Noreste de la ciudad de María Elena. Para más
detalles ver Figura 3 de la DIA.
Superficie
1.297 hectáreas (ha). Para más detalles ver Tabla 1 de la Adenda
Complementaria de la DIA.
Coordenadas UTM en
Datum WGS84
Las coordenadas del polígono que delimitarán el Proyecto, se presentan
en Tabla 7 de la Adenda de la DIA. Para más detalle ver Figura 3 de la
Adenda de la DIA.
Las coordenadas de la zona de paneles fotovoltaicos (IP1, IP2, IP3),
Subestación Elevadora IP1 e IP2, caminos de acceso y zona de oficinas
administrativas, se presentan en Tabla 7 de la DIA. Por otro lado, en
Tabla 2 de la Adenda de la DIA, se presentan las coordenadas de la
Subestación Elevadora IP3.
Las coordenadas de las estructuras asociadas al trazado de LAT 1 se
presentan en Tabla 10 de Adenda de la DIA, mientas que para LAT 2,
se presentan actualizadas en Tabla 20 de la Adenda Complementaria de
la DIA.
Caminos de acceso
El acceso al Proyecto se realizará a través de la Ruta 5. En particular, se
habilitarán 2 caminos desde la Ruta 5, cuyos puntos de acceso serán
tramitados ante la Dirección de Vialidad de la región de Antofagasta.
Por el primer camino se podrá acceder a las zonas de IP1 e IP3 con un
tramo aproximado de 700 metros (m) de longitud y, por el otro, a la
zona de IP2 con un tramo estimado de 452 m. Las coordenadas UTM
WGS84 h19 de inicio y término, se presentan en Tabla 2 de la Adenda
Complementaria de la DIA. Para mayor detalle, ver Figura 4 de la
Adenda de la DIA.
Por otro lado, para acceder a cada una de las torres de las LAT 1 y 2
durante todas las fases del Proyecto, este será a través de los predios de
IP1, IP2 e IP3 y de caminos existentes de terceros, desde los cuales se
habilitarán huellas mediante compactación y humectación. Las huellas
que serán habilitadas para acceder a cada torre se presentan en
respuesta I.3 y Anexo 1, ambos de la Adenda Complementaria de la
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