Resolución Exenta nº 279-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Proyecto Etapa 1 Modificación Nudo Quilicura: Túnel Lo Ruiz
Número de resolución | 279-2020 |
Fecha de publicación | 27 Mayo 2020 |
Año | 2020 |
Fecha | 27 Mayo 2020 |
Tipo de documento | Relativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos |
Emisor | Servicio de Evaluación Ambiental |
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Proyecto “Etapa 1 Modificación Nudo Quilicura: T únel Lo Ruiz”
<NUM_RES>
Santiago
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) admitido a trámite con fecha 17 de julio de 2018 mediante
Resolución E xenta N°248/2018 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su
Adenda de fecha 4 de junio de 2019, su Adenda Complementaria de fecha 29 de octubre de 2019, y su
Adenda Complementaria Excepcional de fecha 13 de abril de 2020 del EIA del proyecto “Proyecto Etapa 1
Modificación Nudo Quilicura : Túnel Lo Ruiz”, presentado por Sociedad Concesionaria Autopista Central
S.A.
2°. Los p ronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del E stado que, sobre la base
de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el
Capítulo 3 del Infor me Co nsolidado de Eval uación ( ICE) del EIA del proyecto “Proyecto Etapa 1
Modificación Nudo Quilicura: Túnel Lo Ruiz”.
3°. Las Actas de las reuniones realizadas con fecha 7 de agosto de 2018 y 24 de septiembre de 2018 con
grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área de influencia del proyecto
“Proyecto Etapa 1 Modificación Nudo Q uilicura: Túnel Lo Ruiz”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del
D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental.
4°. El Acta de Eval uación N°04/20 18 de fecha 8 de agosto de 2018 y el Acta de Evaluación N°01/2020 de
fecha 28 de abril de 2020, ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
5°. El ICE del EIA del proyecto “Proyecto Etapa 1 Modificación Nudo Quilicura: Túnel Lo Ruiz” de fecha 4
de mayo de 2020.
6°. El Acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 12 de mayo de 2020.
7°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 376 del año 2000, de la extinta Co misión Nacional del
Medio Ambiente Región Metropolitana, del proyecto “EIA Siste ma Norte -Sur” que se modifica a través de la
presente Resolución.
8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del
proyecto “Proyecto Etapa 1 Modificación Nudo Quilicura: Túnel Lo Ruiz”.
9°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012,
del Ministerio del Medio Ambiente, Reglame nto del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
(Reglamento d el SEIA); la Ley N °19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
Rigen los Actos de los Órganos de la Administración d el Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N°558 de fecha
29 de octubre de 2019 del Ministerio d el Interior y Seguridad Pública; en la Resolución TRAN°
119046/163/2018 de fecha 25 de octubre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluació n
Ambiental; y en la Resolución Nº 7/2019 de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la
República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Sociedad Concesionaria Autopista Central S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Amb iental (SEIA) el EIA del proyecto “Proyecto Etap a 1 Modificación Nudo
Quilicura: Túnel Lo Ruiz” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Sociedad Concesionaria Autopista Central S.A.
Rut
96.945.440-8
Domicilio
San José N°1145, San Bernardo
Teléfono
(56-2) 2470 7510
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Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 26-05-2020 17:51:52:457 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Nombre representante legal
Pedro Alejandro Barría Keay
Rut representante legal
11.647.629-0
Domicilio representante legal
Rosario Norte n°407, piso 13, Las Condes.
Teléfono representante legal
(56-2) 2714 23 00
Correo electrónico Titular o
representante legal
pedro.barria@abertisautopistas.cl
Se hace presente que en consideración a que la RCA N°376/2000 de fecha 7 de septiembre de 2000
(“RCA N°376/20 00”) del P royecto “Siste ma Norte – Sur” tiene como Titular al Ministerio de Obras
Públicas y que mediante el “Proyecto “Etapa 1 Modificación Nudo Quilicura: Túnel Lo Ruiz” cuyo
Titular es Sociedad Concesionaria Autopista Central S.A. realizará y producirá cambios y
modificaciones a la RCA 376/2000, el Titular aclara en la respuesta 18.1 de la Adenda que :
“el Titular actúa bajo el amparo del D.S. MOP N° 380 de 14 de agosto de 2014, que modificó por
razones de interés público el contrato de “Concesión Sistema Norte – Sur” en el sentido de que la
sociedad concesionaria d ebía elaborar, desarrollar y tramitar el estudio de tránsito y ev aluación social
e ingeniería de detalle definitiva del mejoramiento de las conexiones de las autopistas que convergen en
el “Nudo Quilicura”.”
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 4 de mayo de 2020, el Servicio de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
El Proyecto acredita cumplimiento de la normativa ambiental vigente.
Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales M ixtos señalados en los
artículos 139, 140, 142, 146, 148, 149, 150, 155 y Pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº
40/2012 del MMA.
Presenta las medidas de mitigación, reparació n y compensación adecuadas a los efectos, características
o circunstancias indicados en el literal a) del Art. 11 de la Ley 19.300.
3°. Que, en sesión de fecha 12 de mayo de 2020, la Co misión de Evaluación de la Región Metropolitana de
Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto Etapa 1 Modificación Nudo Quilicura: Túnel
Lo Ruiz”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 4 de mayo de 2020, el que forma parte
integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se e xcluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, segú n lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, su Adenda Co mplementaria, y su Adenda
Complementaria Excepcional, los cuales for man parte integrante de la p resente Resolución, la descripción del
Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto es la disminución del flujo vehicular que actualmente tra nsita y
recarga el Nudo Quilicura, por medio de la construcción de un Túnel bajo el Cerro Lo
Ruiz como alternativa de conexión entre el Eje General Velásquez y Américo Vespucio
Norte, así como también de las obras complementarias y necesarias requeridas para la
posterior remodelación del Nudo Quilicura (prevista para la Etapa 2) de modo de mejorar
e incrementar la infraestructura vial existente en la Región Metropolitana y, en particular,
de las comunas involucradas (Renca y Quilicura).
Descripción general del
proyecto
El Proyecto corresponde a la construcción de un nue vo enlace vial entre General
Velásquez y Américo Vespucio Norte a través de un túnel en mina bitubo bajo el cerro
Lo Ruiz.
Comprende la reordenación de las conexiones norte-sur del Eje General Velásquez de la
Autopista Central, con la autopista Américo Vespucio Norte, mediante la con strucción de
un nuevo túnel e n mina “bitubo” de 1.470 m de longitud, emplazado bajo el Cerro Lo
Ruiz. Se denomina bitubo debido a que está formado por dos tubos unidireccionales:
- Túnel Oriente, en dirección Sur-Norte: formado por dos pistas durante tod o su
trazado.
- Túnel Poniente, en dirección Norte-Sur: for mado inicialmente por tres pistas, para
luego contemplar sólo dos pistas de circulación.
El Proyecto está diseñado para el tránsito vehicular con una velocidad máxima de 80
km/hora. Su construcció n tendrá una duración aproxi mada de 40 meses. Las principales
partes y obras son:
a) Obras de Conexión Eje General Velásquez con Sector B (Túnel Cerro Lo Ruiz)
(Sector A):
En el Sector A identificado se contemplan las siguientes obras y/o acciones:
• A.1 Aumento de la capacidad del Eje General Velásquez, consistente en la
incorporación de una nueva pista por sentido de circulación.
• A.2 Mejoramiento del trazado de la curva en Puerto Montt a través de la reubicación
de la traza del Eje General Velásquez en la ladera sur-poniente del Cerro Renca.
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• A.3 Modificaciones en la vialidad local (Calle Apóstol Santiago y Calle Puerto
Montt), consistentes en obras d e reposición y repavimentación de ambas calzadas de
la Calle Apóstol Santiago y en la construcción de una nueva intersección entre las
Calles Apóstol Santiago y Puerto Montt.
b) Obras de Bifurcación y Extensión General Velásquez – Américo Vespucio Norte
(Túnel en Cerro Lo Ruiz) (Sector B):
Las obras que se proyectan en este sector son:
• B.1 Bifurcación del eje General Velásquez, a la altura del Dm 7. 000 se produce esta
bifurcación, la cual en su eje Sur-Norte consistirá en un viaducto de 28 0 m de
longitud que pasará por sobre el Eje General Velásquez y que permitirá la conexión
con la entrada del túnel.
• B.2 Túnel bitubo bajo el Cerro Lo Ruiz, el cual consiste en un túnel en mina bitubo
de unos 1.470 m de longitud bajo el cerro Lo Ruiz. El túnel en mina proyectado está
formado por dos tubos unidireccionales.
• B.3 Nuevo Enlace Américo Vespucio, el cual consiste en un enlace de 3 niveles que
permite la conexión entre los túneles bajo el Cerro Lo Ruiz c on la autopista Américo
Vespucio Norte en todas sus direcciones.
c) Obras de Conexión de la Bifurcación y Extensión General Velásquez – Américo
Vespucio Norte (Túnel Cerro Lo Ruiz) con Américo Vespucio Norte (Sector C):
Corresponden, a obras de adecuación de las conexiones entre las vías locales y el Eje
Américo Vespucio No rte (vía expresa). Las obras que se proyectan en este sector desde
100 m de calle Las Torres hasta Alcalde Guzmán son:
• Adecuación de las conexiones entre vías locales y el Eje Américo Vespucio Norte
(AVN). Para asegurar el correcto funciona miento de la red vial se llevará a cabo una
adecuación de las conexiones desde las vías locales a la vía expresa de AVN, lo que
evitará que los flujos locales utilicen el actual enlace de Quilicura, (situado a 1500 m
del enlace Américo Vespucio Norte) para movimientos de co rto recorrido. Para
estos movimientos de corto recorrido se ha diseñado una red de vías locales que
permiten una correcta interconexión entre los diferentes sectores.
• Rediseño de las vías expresas de AVN con la finalidad de adecuarlas a la vialidad
proyectada. Este rediseño consiste e n un desplazamiento hacia el exterior de las vías
expresas para poder generar un espacio a la salida de las vías expresas (viaductos),
que vienen desde el túnel de forma que estas vías puedan ocupar este espacio.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
El P royecto adopta la tipología establecida en el artículo 3 letra e) del Reglamento del
SEIA:
e) “Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones
de servicio, autopistas y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas .
e.7.) “Se entenderá por autopistas a las vías diseñadas con dos o más pistas
unidireccionales por ca lzada separadas físicamente por una mediana, diseñadas para
una velocidad de circulación igual o superior a ciento veinte kilómetros por hora (120
km/h), co n prioridad absoluta al tránsito, con control total de los accesos, segregadas
físicamente de su entorno y que se conectan a otras vías a través de enlaces ”.
En consideración a que el Proyecto “Sistema Norte -Sur” (Proyecto original sujeto de
modificación) posee la que sería asimilable a dicha Tipología en el tiempo en el cual fue
calificado ambientalmente favorable mediante la RCA Nº 376/2000 del 07 de septiembre
de 2000.
Además, el Proyecto se somete a evaluación ambiental en virtud de lo dispuesto en el
Art.2 del RSEIA por consistir éste en una “Modificación de Proyecto o Actividad”.
El Proyecto plantea obras que modifican el Proyecto EIA “Sistema Norte – Sur” que fue
calificado ambientalmente favorable mediante la RCA Nº 376/2000 del 07 de septie mbre
de 2000, de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región Metropolitana.
Sobre la base de lo anterior el Proyecto “Proyecto “Etapa 1 Modificación Nudo Quilicura :
Túnel Lo Ruiz” introduce cambios de consideración al Proyecto “Sistema Norte -Sur”
original, en relación a las causales g.3) y g. 4) del artículo 2º literal g) del Reglamento del
SEIA (D.S. N° 40/2012 MMA), esto dado que modifica sustantivamente la extensión del
Proyecto original, así como las medidas de mitigación, reparación y compensación
necesarias para hacerse cargo de los impactos, las que constituyen modificaciones a la
RCA Nº 376/2000.
Vida útil
El proyecto tiene una vida útil indefinida.
Monto de inversión
USD $ 291.465.000.- (doscientos noventa y un mil cuatrocientos sesenta y cinco millones
de dólares).
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta del
Implementación de las in stalaciones de faenas mediante la realización del cierre
perimetral de las mismas y el despeje del área de trabajo.
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