Resolución Exenta nº 259-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Vicuña Mackenna 1500 - Normativa - VLEX 916273227

Resolución Exenta nº 259-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Vicuña Mackenna 1500

Número de resolución259-2020
Fecha de publicación12 Mayo 2020
Año2020
Fecha12 Mayo 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto Vicuña Mackenna 1500
<NUM_RES>
Santiago
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (D IA), admitida a trámite con fecha 05 de septiembre de 2019,
mediante R esolución Exenta N ° 499/2019 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de
Santiago, su Adenda de fecha 18 de diciembre de 2020 y su Adenda Co mplementaria de fecha 17 de marzo
de 2020 del “Vicuña Mackenna 1500 presentada por Inmobiliaria Irarrázaval II SpA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base
de sus facultades le gales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el
Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante ICE) de la DIA del “Vicuña Mackenna
1500”.
3°. Las actas de evaluación N°06/2019 de fecha 24 de septiembre de 2019 y acta N°01/2020 de fecha 14 de
abril del 2020 ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4°. El ICE de la DIA del “Vicuña Mackenna 1500” de fecha 17 de abril de 2020.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 27 de abril de 2020.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del
Vicuña Mackenna 1500”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012,
del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del S istema de E valuación de Impacto Ambiental
(Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de B ases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto N ° 588 de 29 de octubre
2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; la Resolución TRA 119046/163/2018 de fecha 25 de
octubre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 7 de
26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite
de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Qu e Inmobiliaria Irarrázaval II SpA. en adelante el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del “Vicuña Mackenna 1500” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes
del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Inmobiliaria Irarrázaval II SpA.
Rut
76.622.777-5
Domicilio
Av. Vitacura 5093 of 201
Representante Legal
Marcelo Esquivel Correa
Cédula de Identidad
13.038.890-6
Domicilio del Representante Legal
Av. Vitacura 5093 of 201
2°. Que conforme se indica en el ICE de fecha 17 de abril de 2020, el Servicio de Evaluación Ambiental de la
Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en
los artículos 132, 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan
origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Qu e, en sesión de fecha 27 de abril de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana
acordó calificar favorablemente el “Vicuña Mackenna 1500”, aprobando íntegramente el contenido del ICE
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 11-05-2020 19:43:20:151 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 11-05-2020 19:43:23:462 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
de fecha 17 de abril de 2020, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme
a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución
las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto es la construcción y operación de 11 edificios, que
contemplan 2.786 departamentos.
Descripción general
del proyecto
El proyecto consiste en la construcción de 11 edificios de distintas alturas, 1 de 15
pisos, 1 de 16 pisos, 3 de 17 pisos, 1 de 28 pisos y 5 de 35 pisos, considerando un
total de 2.786 departamentos, 15 locales comerciales ubicados en el primer piso, en
el frente del Proyecto hacia Vicuña Mackenna, 2.159 estacionamientos de vehículos
y 3.340 estacionamientos de bicicletas, todos distribuidos en los 3 subterráneos
compartidos por sub fases, el detalle de su distribución se señala en el punto A.5.1.1
de la DIA.
El proyecto se desarrollará en 6 sub-fases constructivas consecutivas, en un total de
12 años.
Tipología principal,
así como las
aplicables a sus
partes, obras o
acciones
El Proyecto debe someterse al Sistema d e E valuación de Impacto Ambiental en
virtud de lo establecido en la letra h) del artículo 10° letra de la Ley N°19.300 Bases
Generales sobre el Medio Ambiente y el artículo 3° del D.S. N°40/12 de MMA,
Reglamento del SEIA que dispone en dicha norma, lo siguiente:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas
latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de
viviendas que contemplen obras de ed ificación y/o urbanización, así como los
proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes
características.
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o
consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas
El Proyecto de tipo inmobiliario se ejecutará en una zona declarada saturada.
Además, el pro yecto contempla la construcción en total de 2.786 departamentos, lo
que supera la cantidad de viviendas establecidas en el literal h.1.3 del Reglamento
del SEIA.
Vida útil.
Indefinida
Monto de inversión
US $ 335.790.600
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta
del inicio de la
ejecución.
El hito que dará inicio al proyecto corresponderá a la demolición sub fase 1.
Proyecto se desarrolla
por etapas.
No
Respecto a lo previsto en el Artículo 14° del Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del
MMA, el proyecto no se desarrollará por etapas.
[X]
Proyecto modifica un
Proyecto o actividad.
No
En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del R eglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012
MMA, se indica que el Proyecto sometido a evaluación
corresponde a un Proyecto nuevo, por lo que no modifica ningún
Proyecto o actividad
[X]
Proyecto modifica
otra(s) RCA.
No
No aplica.
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El proyecto se ubica en la Región Metropolitana, Provincia de S antiago, en la
comuna de Ñuñoa, específicamente en la Av. Vicuña Mackenna Nº 1460-1500.
Justificación de la
localización
El área o zona en la que se emplaza el Proyecto corresponde a un sector Z1 según el
Plan Regulador Comunal de Ñuñoa.
Para mayor información ver Certificados de Informaciones Previas en el anexo 2.2
de la DIA.
Superficie
El Proyecto se emplazará en un terreno cuya superficie n eta total correspondiente a
31.902,22 m2, sobre los cuales se edificarán 219.057,64 m2. La superficie de áreas
verdes corresponde a 22.500 m2.
Coordenadas UTM en
Datum WGS84
Tabla N°1: Coordenadas geográficas UTM WGS84 Huso 19 S Polígono del
Proyecto.
Vértices
Coordenadas
Norte
Este
A
6.296.325
348.732
B
6.296.335
348.833
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C
6.296.038
348.925
D
6.296.008
348.812
E
6.296.146
348.776
F
6.296.160
348.836
G
6.296.199
348.825
H
6.296.183
348.767
I
6.296.220
348.757
J
6.296.232
348.797
K
6.296.254
348.792
L
6.296.257
348.808
M
6.296.268
348.805
N
6.296.263
348.789
O
6.296.278
348.784
P
6.296.268
348.745
Fuente: Elaboración propia en base a tabla de localización ficha resumen de Adenda
complementaria
Caminos o vías de
acceso
Durante la fase de construcción, los accesos serán por la calle Vicuña Mackenna, de
acuerdo a lo indicado en la figura 8 de la DIA.
Respecto a la fase d e operación, el proyecto considera su acceso por Av. Vicuña
Mackenna, considerando 5 acceso peatonales y 6 accesos vehiculares, el detalle s e
indica en la figura 10 de la DIA.
Referencia al
expediente de
evaluación de los
mapas,
georreferenciación e
información
complementaria sobre
la localización de sus
partes, obras y
acciones
Anexo N° 3 de la DIA, se presentan los planos del proyecto.
Anexo N°1 de la Adenda se presenta el CIP y KMZ del proyecto.
4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.1.1 PARTES Y OBRAS
Nombre
Descripción
Instalación de
Faenas
Se cuenta con dos instalaciones para toda la fase de construcción. Una para el desarrollo
de las sub -fases 1, 2 y 3 y otra para el de las subfases 4, 5 y 6. Incorpora el
establecimiento de cierres y elementos temporales, tales como bodegas, oficinas,
servicios higiénicos, recinto para obreros.
Mayores antecedentes en el punto A.4.1 de la DIA.
Cierre perimetral
Para iniciar las actividades se deberá realizar el cierre perimetral de todo el entorno del
Proyecto. Las diferentes instalaciones del patio de faenas (contenedores habilitados como
oficinas, instalaciones sanitarias, y comedores, entre otros) serán dispuestas sobre el
terreno, previamente escarpado. Las zonas de acopio de residuos no peligrosos y de
insumos de la construcción serán cercadas y señalizadas, respectivamente.
Mayores antecedentes en el punto A.6 de la DIA
Pilas y socalzado
Primero se realizará la acti vidad de socalzados de manera de generar un refuerzo
estructural de las fundaciones que considerará el Pro yecto, con el objetivo de mejorar o
mantener su estabilidad y/o traspasar las cargas a una cota más profunda.
Mayores antecedentes en el punto A.4 y A.5 de la DIA
Fundaciones
Corresponde a las obras cuyo fin es otorgar un elemento estructural de transferencia de
las cargas que considera el Proyecto al terreno.
Mayores antecedentes en el punto A.6 de la DIA
Moldajes
Para la edificación sobre cota 0, se considerará la actividad de moldaje que corresponderá
a un conjunto de elementos dispuestos de forma tal que cumplen con la función de
moldear el hormigón fresco a la norma y ta maño especificado, controlando su posición y
alineamiento dentro de las tolerancias exigidas.
Mayores antecedentes en el punto A.6 de la DIA
Terminaciones
Corresponderá a la ejecución de las ter minaciones en los diferentes niveles tendientes a
habilitar los recintos para su uso.
Mayores antecedentes en el punto A.6 de la DIA
Obras exteriores
Junto a la construcción de los edificios, se procederá a la pavimentación y
acondicionamiento de las calles interiores, tanto para la circulación peatonal y vehicular
de los residentes desde el acceso hasta los diferentes puntos del proyecto.
Mayores antecedentes en el punto A.6 de la DIA
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