Resolución Exenta Nº 253 de Superintendencia de Medio Ambiente, 01-03-2018 - Normativa - VLEX 706072225

Resolución Exenta Nº 253 de Superintendencia de Medio Ambiente, 01-03-2018

Fecha01 Marzo 2018
Número de resolución253
EmisorSuperintendencia de Medio Ambiente
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ier
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de
Ch
il
e
APRUEBA PROTOCOLO TÉCNICO PARA
LA
EVALUACIÓN
DE
CUMPLIMIENTO NORMATIVO
DEL
DS
MMA
13/2011
RESOLUCIÓN
EXENTA W
253
Santiago, O 1
MAR
2018
VISTOS:
Lo
dispuesto en el artículo segundo de
la
Ley
W 20.417,
que fija el texto de
la
Ley
Orgánica de
la
Superintendencia del
Medio
Ambiente; en la
Ley
W 19.880,
que establece
la
s
Bases
de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos
de la Administración del Estado; en
la
Ley W 19.300, sobre
Bases
Generales del
Medio
Ambiente;
en
el Decreto
Sup
remo W 13, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que
es
tablece la norma
de em isión para centrales termoeléctricas; en el Decreto con
Fuerza
de Ley W
3,
de 11 de
septiembre de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija
la
Planta de
Per
so
nal la Superintendencia del Medio Ambiente y
su
,
gim
en
de Remuneraciones;
en
la
Resolución Exenta
N"
424, de 2017, que fija la organización
int
erna de
la
Superintendencia del Medio
Ambiente; en el Decreto Supremo W 37, 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, que nombra a
don
Cr
istian
Fran
z Th
orud
en
el cargo de Superintendente de
Medio
Ambient
e;
y en la Resolución
W 1.600, de 2008, de la Contraloría General
de
la
Repúbli
ca,
que fija normas sobre exención del
trámite
de Toma de
Razón
.
CONSIDERANDO:
l.
La
Super
int
enden
cia
del Medio Ambiente
es
el
se
rvicio público creado para ejecutar, organizar y coordinar el segui
mient
o y fiscalización de l
as
Re
soluciones de Calificación Ambiental, de l
as
medidas de los Planes de Prevención
y/o
de
De
scontaminación Ambiental, del contenido de l
as
Normas de Calidad Ambiental y Normas de
Emisión, y de los Planes de Mane
jo
, cuando corresponda, y de
todo
s aquellos otros instrumentos
de carácter ambiental que establezca la ley;
2.
La letra ñ) del artículo 3 de
la
Ley Orgánica de la
Superintendencia del Medio Ambiente, que
fa
cu
lta a
la
Superintendencia del Medio Ambiente para
impartir
directrices técnicas de carácter general y obligatorio, definiendo los protocolos,
procedimientos y métodos de aná lisis que los organismos fiscalizadores, las entidades acreditadas
conforme a esta ley y, en
su
caso,
los sujetos de fi
sca
lización, deberán aplic
ar
para el examen, control
y medición del cumplimiento de
la
s Normas de Calidad Ambiental y de Emisión;
3.
Que, esta supe
rint
endencia ha considerado
oportuno dictar un protocolo técnico donde
se
establezcan los criteri
os
y
pro
ce
dimie
nto
s mínimos
a considerar
por
los
fi
sca
lizadores en la evaluació n del cumplimiento de
la
norma de emisión para
ce
ntrales termoeléctricas;
Sup
e
rint
endencia del Me
di
o
Ambi
e
nt
e-
Gobie
rno
de Chile
Teatinos 280, pi
sos
8 y
9,
Santiago
102
- 617
18001
contacto.sma@sma.gob.
cl
1
www.s111a
.gob.ci

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