Resolución Exenta nº 23-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. DIA Ampliación Tranque San Vicente - Normativa - VLEX 916274166

Resolución Exenta nº 23-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. DIA Ampliación Tranque San Vicente

Número de resolución23-2019
Fecha de publicación14 Octubre 2019
Año2019
Fecha14 Octubre 2019
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Libertador General Bernardo O Higgins
Califica Ambientalmente el proyecto “DIA Ampliación Tranque San Vicente
Resolución Exenta Nº
Rancagua
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 20 de diciembre de
2018, su Adenda presentada con fecha 02 de mayo de 2019, y su Adenda Complementaria
presentada con fecha 20 de agosto de 2019, del proyecto “DIA Ampliación Tranque San Vicente”,
presentado por el señor Eduardo Doberti Guic.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“DIA Ampliación Tranque San Vicente”.
3°. El Acta de Evaluación N°28 de fecha 09 de septiembre de 2019, del Comité Técnico de la
Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “DIA Ampliación Tranque San Vicente” de 12 de septiembre de
2019.
5°. El Acta N°10 de 26 de septiembre de 2019, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la
Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “DIA Ampliación Tranque San Vicente”.
7. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N°40 de 2012
del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en
adelante, “RSEIA”); en la Resolución TRA N°119046/194/2018, del 25 de octubre de 2018, de la
Dirección Ejecutiva del SEA, que nombra a Pedro Pablo Miranda Acevedo en cargo de Director
Regional del SEA de la Región de O’Higgins (en adelante “SEA Región de O’Higgins”); en la
Resolución Exenta N°156 de 2014 que Aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de
la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
en la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
y en la Resolución N°7 de 2019, de la Contraloría General de la República.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
http://validador.sea.gob.cl/validar/2144314289
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 01-10-2019 13:37:08:124 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 01-10-2019 13:37:11:510 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Eduardo Doberti Guic (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “DIA Ampliación Tranque San Vicente” (en
adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Eduardo Doberti Guic
Rut 3.275.855-k
Domicilio Calle Brasilia Nº 788 D 102 Las Condes Santiago
Teléfono 229935419
Nombre representante legal Gonzalo Claudio Doberti Kalafatovic
Rut representante legal 9.675.357-8
Domicilio representante legal Calle Brasilia 800 depto 402
Teléfono representante legal 229935419
Correo electrónico Titular o
representante legal
alfonso.munoz@riverside.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de septiembre de 2019, el Director del Servicio
de Evaluación Ambiental VI Región del Libertador General Bernardo O Higgins ha recomendado
aprobar el Proyecto, por cuanto acreditó cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, cumple
con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales
sectoriales de los artículos N°119, N°140, N°148, N°149, N°155 y N°156 del RSEIA. Además, a lo
largo del proceso de evaluación se entregaron los antecedentes técnicos para fundamentar que no
genera efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300;
además, todos los organismos del Estado con competencia ambiental que participaron de la
evaluación ambiental del Proyecto se pronunciaron conforme.
3°. Que, en sesión de 26 de septiembre de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región del
Libertador General Bernardo O’Higgins acordó calificar favorablemente el proyecto “DIA
Ampliación Tranque San Vicente”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 12 de
septiembre de 2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme
a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente
Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo del Proyecto consiste en la ampliación y operación de un
embalse de riego agrícola denominado Tranque San Vicente,
permitiendo la acumulación de aguas durante el invierno provenientes
del estero El Chorrillo. Recursos hídricos que son utilizados para
abastecer los requerimientos de riego de los cultivos permanentes del
predio.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA), en conformidad a lo dispuesto en el artículo 10, letra
a), de la Ley Nº19.300. En efecto este dispone que: “Los proyectos o
actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera
de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto
ambiental, son los siguientes:
a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la
autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, presas,
drenajes, desecación, dragado, defensa o alteración, significativos, de
cuerpos o cursos naturales de aguas”.
Por su parte, de acuerdo con lo señalado en el Reglamento del SEIA,
D.S. Nº 40 de 2012 del Ministerio del Medio Ambiente, el Proyecto
debe ingresar según lo señalado en el artículo 3°, letra a), del Título I, el
cual exige que:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
http://validador.sea.gob.cl/validar/2144314289
Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental,
en cualesquiera de sus fases y que deberán someterse al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes:
a1) Presas cuyo muro tenga una altura igual o superior a cinco metros o
que generen un embalse con una capacidad igual o superior a cincuenta
mil metros cúbicos (50.000 m³)”.
El proyecto ingresa al SEIA dado que considera la construcción
(ampliación) de un tranque cuyo muro principal alcanza una altura de
14,2 metros y una capacidad de almacenamiento de 1.470.050 m³.
Vida útil 50 años.
Monto de inversión USD $ 511.000,000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
La actividad que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto es la
acción de despeje en terreno de la capa vegetal.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si No El proyecto no se ejecuta por etapas.
[X]
Proyecto modifica un
proyecto o actividad Si No El Proyecto “Ampliación Tranque San Vicente”
consiste en la ampliación de un tranque ya existente,
el cual no cuenta con Resolución de Calificación
Ambiental dada su data de construcción
[X]
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se encuentra localizado en el sector denominado “San
Vicente de Pucalan” en la comuna de Litueche, a unos 2,6 km
aproximadamente por la ruta I-80 G en dirección a la comuna de
Navidad.
Según Certificado de Informaciones Previas N°384 emitido por la
Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Litueche (Anexo G de
la DIA), el predio en donde se emplaza el proyecto corresponde al
Rol SII N°35-8, emplazado en área rural.
Descripción de la localización La localización del tranque a ampliar coincide con una depresión
natural donde escurre el estero El Chorrillo, el cual es de tipo
temporal alimentado por aguas lluvias. El predio es de lomajes de
inclinación moderada a suaves, de pendiente fluctúa entre 8-12%.
El tranque forma parte de la actividad agrícola propio del Titular,
para apoyo al desarrollo de plantaciones de viñedos y/o frutales.
Superficie El área de inundación total del tranque será de 27,5 hectáreas. Por
su parte la superficie del predio en el cual se emplaza alcanza las
1.435 hectáreas.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
http://validador.sea.gob.cl/validar/2144314289

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR