Resolución Exenta Nº 2263 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2013 - Normativa - VLEX 923773618

Resolución Exenta Nº 2263 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2013

Año2013
Fecha de publicación14 Agosto 2013
Número de resolución2263
Recurso PesqueroAnchoveta - Sardina común
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
FOMENTO
Y
TURISMO
FIJA
NÓM
NA
DE
BENEFICIARIOS Y
AUTORIZA
PAG
DE
LA
ETAPA
DEL
"PROGRAMA
DE
MONITOREO PARTICIPATIVO
DE
LA
PESQUE
ÍA
ARTESANAL
DE
SARDINA
COMÚN Y ASOCIADA
AL
RÉGIMEN
ARTES
NAL
DE
EXTRACCIÓN
(RAE)
EN
LA
REGIÓN O L
BÍO
BÍO".
VALPARAISQ,
1 3
AGO.
201
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__________
/
VISTO:
Lo
dispu sto
en
La
Ley
20.641
de
Presupuestos para
el
Sector Público para el año 2013;
en
el
De
reto
Supremo
430/91 del
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Minis erío de Economía, Fomento y
Turismo, que fija el
texto
refundido, coordinado y sistematizad de
La
Ley
18.892, General
de
Pesca
y Acuicultura;
en
el
D.F.L.
5 de 1983, mediante
el
ual
se
fija
el
texto
refundido,
coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley
3 de 1931, que
Legisla
sobre
La
Industria Pesquera y
sus
derivados;
en
el Decreto con Fuerza d Ley
1 - 19.653 de 2000,
del Ministerio Secretaría General de
La
Presidencia, que fija el exto refundido, coordinado y
sistematizado de
La
Ley
18.575 sobre
Bases
Generales de
La
dministración del Estado;
en
La
Ley 19.880 de
Bases
de
Los
Procedimiento Administrativ s que rigen
Los
Actos
de
Los
órganos de
La
Administración del Estado;
en
La
Resolución 1600 08 de Contraloría General
de
La
República, que fija normas sobre Exención del Trámite de
To
a de
Razón;
en
el Acuerdo
1 de
La
Sesión
69 y
en
el Acuerdo 1
de
La
Sesión N 71, ambas del Consejo
de
Administración Pesquera;
en
La
Resolución Afecta
106 del
Go
ierno Regional del Biobío
de
fecha 24 de mayo de 2013;
en
La
Resolución Exenta
1.442,
en
La
Resolución Afecta
03, y
en
Las
Resoluciones Exentas
1.518,
1.521,
1.564,
1686,
1.691, 1698,
1.710,
1.729'
1.730, N°1.733, N°1.740,
1.747,
1.797, o 1.810, 1.856,
1.857,
1.858,
1.870,
1.972,
1.973, 1.988, 1.992, 2.167 y 2 252, todas del año 2013 de
esta Subsecretaría; y
Que,
de
conformi
ad
con
Lo
dispuesto por el
por el artículo 173 del Decreto Supremo 430/91 del
Ministe
io de Economía, Fomento y
1
--
-------------------------+-------~---------
Reconstrucción, hoy Ministerio
de
Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado
de
la Ley 18.892, General
de
Pesca
y Acuicultura, modificado
por la
Ley
20.657,
se
determina la creación del Fondo
de
Administración Pesquero, destinado
entre otros, a financiar programas y proyectos
de
fomento y desarrollo a la pesca artesanal.
Que,
el Fondo
es
administrado por el Consejo
de
Administración Pesquera, integrado por el Ministro
de
Economía, Fomento y Turismo, quien
lo preside; el Ministro
de
Hacienda o
un
representante permanente designado por éste; el
Ministro del Trabajo y Previsión Social o
un
representante permanente designado por éste; el
Subsecretario
de
Pesca
y Acuicultura, y el Director Nacional
de
Pesca
y Acuicultura.
Que,
atendido a que
en
la región del Biobío,
la
pesca artesanal
de
sardina común y anchoveta constituye
una
de
las pesquerías
de
mayor
relevancia desde el punto
de
vista
de
las
capturas que desembarca, y considerando que los
pescadores artesanales
de
la región
no
han
podido cumplir la cuota de extracción asignada,
en
razón
de
la escasez del recurso
en
los caladeros tradicionales, la Subsecretaría
de
Pesca
y
Acuicultura
ha
estimado pertinente el levantamiento
de
un
Programa denominado •Programa
de Monitoreo Participativo de
la
Pesquería Artesanal
de
Sardina Común y Anchoveta
Asociada al Régimen Artesanal
de
Extracción
(RAE)
en
la
Región
del
Bío Bio•, destinado a
recabar información
en
cuanto a la actual distribución espacial y temporal
de
los recursos
sardina y anchoveta
en
la región; el cual
ha
sido presentado ante el Gobierno Regional del
Biobío a fin
de
obtener recursos para
su
financiamiento.
Que,
según consta
en
Certificado 3772°8, el
Consejo Regional del Biobío
en
su
Sesión Ordinaria
8,
de
fecha 24 de Abril
de
2013, aprobó
recursos para el Programa nTransferencia Asociada al Monitoreo
de
la Sardina y Anchoveta»
por
un
monto
de
MM$3.600.- (tres
mil
seiscientos millones
de
pesos), financiados
con
recursos del Fondo Nacional
de
Desarrollo Regional.
Que,
por
su
parte, el Consejo
de
Administración
Pesquera
en
su
Sesión
69,
de
fecha 29
de
Abril
de
2013, mediante Acuerdo N°1
ha
señalado
que
conforme al suplemento presupuestario
de
recursos que
se
asignaran al Fondo
de
Administración Pesquero por
la
suma
de
$1.650.000.000.-(Mil seiscientos cincuenta millones
de
pesos),
de
los cuales M$1.630.000.-(Mil seiscientos treinta millones
de
pesos)
ingresaran
directamente al Subtitulo
24,
ítem
03,
Asignación 002 ncumplimiento Art. 173 Ley 18.892.-"
y
M$
20.000.-
<Veinte
millones
de
pesos)
al Subtítulo
21.
Glosa
02,
d)
"Convenios
con
Personas
Naturales;
Este
Consejo aprueba destinar
la
suma
de
hasta M$1.650.-(Mil seiscientos cincuenta
millones
de
pesos) a la ejecución del
nPrograma
de
Monitoreo Participativo
de
la
Pesquería
Artesanal
de
Sardina Común y Anchoveta Asociada al Régimen Artesanal
de
Extracción
(RAE)
en
la Región del Biobío", que
será
cofinanciado
con
recursos del Gobierno Regional del
Biobío,
2

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