Resolución Exenta nº 211-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. PISCICULTURA DE RECIRCULACIÓN LOS ARRAYANES - Normativa - VLEX 916272369

Resolución Exenta nº 211-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. PISCICULTURA DE RECIRCULACIÓN LOS ARRAYANES

Número de resolución211-2019
Fecha de publicación20 Diciembre 2019
Año2019
Fecha20 Diciembre 2019
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Los Lagos
Califica Ambientalmente el proyecto
“PISCICULTURA DE RECIRCULACIÓN LOS ARRAYANES
Resolución Exenta Nº
Puerto Montt
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 10 de julio de 2019 y su Adenda
Complementaria de 15 de noviembre de 2019, del proyecto “PISCICULTURA DE
RECIRCULACIÓN LOS ARRAYANES”, presentado por Trusal S.A. con fecha 17 de enero de
2019.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3. del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“PISCICULTURA DE RECIRCULACIÓN LOS ARRAYANES”.
3°. El Acta de la entrevista realizada con personas pertenecientes a pueblos indígenas localizados en
el área en que se desarrollará el proyecto “PISCICULTURA DE RECIRCULACIÓN LOS
ARRAYANES”, de fecha 07 de febrero de 2019, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S.
Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental.
4°. El Acta de Evaluación N°17 de 09 de diciembre de 2019, del Comité Técnico de la Región de
Los Lagos.
5°. El ICE de la DIA del proyecto “PISCICULTURA DE RECIRCULACIÓN LOS ARRAYANES”
de 12 de diciembre de 2019.
6°. El acuerdo de fecha 19 de diciembre de 2019, en sesión de la Comisión de Evaluación de la
Región de Los Lagos.
7°. La Resolución de Calificación Ambiental N°523, de 2012, de la Comisión de Evaluación
Ambiental de la Región de Los Lagos, del proyecto "Centro de Cultivo Los Arrayanes – Trusal
S.A." que se modifica a través de la presente Resolución.
8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “PISCICULTURA DE RECIRCULACIÓN LOS ARRAYANES”.
9°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; La Resolución Exenta
N°106 del 31 de julio de 2012, que nombra al Director Regional del Servicio de Evaluación
Ambiental de la Región de Los Lagos; y en la Resolución N°407 de 4 de julio de 2014 que aprueba
el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación, donde constan las facultades que se han
delegado al Secretario.
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 20-12-2019 16:08:40:248 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 20-12-2019 16:08:41:727 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Trusal S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “PISCICULTURA DE RECIRCULACIÓN LOS
ARRAYANES” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Trusal S.A.
Rut 96.566.740-7
Domicilio Av. Juan Soler Manfredini N°41, piso 12, Puerto Montt
Teléfono 944639872
Nombre representante legal Gastón Eduardo Cortez Quezada
Rut representante legal 9532444-4
Domicilio representante legal Av. Juan Soler Manfredini Nº 41, piso 12, Puerto Montt
Teléfono representante legal 944639872
Correo electrónico Titular o
representante legal
claudio.isla@salmonesaustral.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de diciembre de 2019, el director del Servicio de
Evaluación Ambiental Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto éste
cumple con los requisitos especificados para la evaluación de los permisos ambientales
correspondientes, cumple con la normativa ambiental vigente y ha acreditado que no es necesario su
evaluación como un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de 19 de diciembre, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos
acordó calificar favorablemente el proyecto “PISCICULTURA DE RECIRCULACIÓN LOS
ARRAYANES”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 12 de diciembre de 2019, el
que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el
artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las
consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo de la presente modificación es aumentar la producción de
540 ton/año a 3.000 ton/año de salmónidos, a partir de ova ojo y/o
alevines de diferentes tamaños.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
El ingreso al SEIA es por la literal n.5) Producción anual de engorda de
peces 8 ton o cultivo de microalgas y/o j uveniles de otros recursos
hidrobiológicos que requieran el suministro y/o evacuación de aguas de
origen continental, marina o estuarina, cualquiera sea su producción
anual, del art. 3 del Reglamento del SEIA
Vida útil La vida útil del proyecto es indefinida, con revisiones del proyecto cada
25 años, se consideran mantenciones y mejoras de la infraestructura a
implementar.
Monto de inversión USD $ 34.000.000,000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Obras a realizar en la fase de construcción corresponden a la
preparación del terreno (limpieza, nivelación, movimiento de tierra),
compactación del terreno y excavación de las fundaciones.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si No Punto 2.3. de la DIA y 2 del ICE.
X
Proyecto modifica un
proyecto o actividad Si No Punto 4 del ICE.
X
Proyecto modifica otra
RCA
Si No Hay estructuras evaluadas y aprobadas mediante RCA
Nº523 para una producción de 540 ton/año. Mayor
detalla punto 4 del ICE.
X
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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa El proyecto de piscicultura se ubicará en la ribera del río Llaguepe,
localizado a 68 km al sureste de la ciudad de Puerto Montt, en la
comuna de Cochamó, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos.
Descripción de la localización El proyecto se emplazará en la comuna de Cochamó, específicamente
en la zona rural de la localidad de Llaguepe, 30 km al sur de la
localidad de Cochamó. Llaguepe encuentra en la ribera del estuario
de Reloncaví a 22 km al oeste de Puelo y a 19 km al este de Caleta
Puelche, por la ruta V-69. El predio a ocupar de propiedad del titular
del proyecto y cuenta con informe favorable para la construcción en
toda la extensión predial. Se adjunta en el anexo 2 de la DIA, la
Resolución Nº410 de junio del 2018, en donde se informa
favorablemente según informe técnico Nº 064-DDU6-2018. Cercano
al lugar de emplazamiento en tierra de la piscicultura se encuentra el
estero s/nombre en el acceso y en la parte posterior el río Llaguepe
que finalmente desemboca en el estuario de Reloncaví.
Superficie Superficie predial: 6,29 ha
Superficie desafectada para las construcciones: 6.196,79 m2
Superficie predial con inf. favorable para la construcción: 6,29 ha
Superficie edificaciones: 4.403 m2
Superficie usos ajenos a construcciones: 1.793,79 m2
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Tabla 1: Coordenadas geográficas y UTM del proyecto
Caminos de acceso _Ruta 1, vía terrestre: Desde la ciudad de Puerto Montt por la Ruta 7
hacia el sureste hasta Caleta La Arena, se cruza en transbordador a
Caleta Puelche para tomar la Ruta V69 hasta llegar al río Llaguepe.
Desde la ciudad de Puerto Varas se debe tomar la Ruta 225 CH hasta
la localidad de Ensenada, continuando hacia el sur este por la Ruta V-
69 hasta llegar a la localidad de Llaguepe, encontrándose el acceso en
el kilómetro 97 de esta ruta.
_Ruta 2, vía marítima: Para efectos de abastecimiento tanto de peces
como de materiales la ruta es mediante una embarcación desde Puerto
Montt como puerto base, atravesando el Estero Reloncaví, hasta
llegar a la localidad de Llaguepe, específicamente en el río Llaguepe.
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
Punto 4.1. del ICE.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
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