Resolución Exenta nº 200179-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Lince Solar - Normativa - VLEX 916272854

Resolución Exenta nº 200179-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Lince Solar

Número de resolución200179-2022
Fecha de publicación10 Marzo 2022
Año2022
Fecha10 Marzo 2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Lince Solar
<NUM_RES>
Antofagasta
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 07 de octubre de 2021 y su Adenda
Complementaria de 27 de enero de 2022, del proyecto “Parque Fotovoltaico Lince Solar”,
presentado por DPP Holding Chile SpA con fecha 07 de mayo de 2021 y admitida a trámite con fecha
20 de mayo de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
Parque Fotovoltaico Lince Solar
3°. El Acta de Evaluación N° 48 de fecha 01 de septiembre de 2021, del Comité Técnico de la Región
de Antofagasta.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Lince Solar” de 21 de febrero de 2022.
5°. El N° 13/2022 de la sesión ordinaria N° 05/2022 de la Comisión de Evaluación de la Región de
Antofagasta, de fecha 28 de febrero de 2022.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA
del proyecto Parque Fotovoltaico Lince Solar.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (en adelante “RSEIA”); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución
Exenta RA Nº 119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al Director Regional del SEA de
la Región de de Antofagasta a la Comisión de Alta Dirección Pública del Servicio Civil y en el
Decreto Supremo Nº 178 de fecha 12 de julio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública
que nombra al Delegado Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 10-03-2022 12:57:12:719 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 10-03-2022 12:57:16:320 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, DPP Holding Chile SpA SPA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Lince Solar” (en adelante,
el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
DPP Holding Chile SpA
Rut
76.379.276-5
Domicilio
Orinoco 90, Piso 21, Las Condes
Teléfono
+56 9 61491484
Nombre representante legal
Gonzalo Raúl Moyano Gortazar
Rut representante legal
13.433.501-7
Domicilio representante legal
Orinoco 90, Piso 21, Las Condes
Teléfono representante legal
+56 2 25737842
Correo electrónico Titular o
representante legal
erojo@distributedpowerpartners.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 21 de febrero de 2022, el Director del Servicio de
Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto
cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada; cumple con los requisitos de
otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables
identificados; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la
Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular
ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de
Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 28 de febrero de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta
acordó calificar favorablemente el proyecto Parque Fotovoltaico Lince Solar”, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de 21 de febrero de 2022, el que forma parte integrante de la
presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción
del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El Proyecto Parque Fotovoltaico Lince Solar consistirá en la
construcción y operación de un parque fotovoltaico de 12,5 MWp de
potencia instalada, a través de la instalación de hasta 40.000 Módulos
fotovoltaicos dispuestos en estructuras metálicas con capacidad de
seguimiento solar, inyectando 9 MW AC al Sistema Eléctrico Nacional
(SEN) a través de una Línea Eléctrica de Media Tensión (en adelante
LMT) de 10,2 km de largo y una tensión de 23 kV que conectará a la Red
de Distribución Local.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Artículo 3 del Reglamento del SEIA:
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.
Vida útil
41 años.
Monto de inversión
US$ 12.000.000.-
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Habilitación del contenedor de oficinas y sala de control
Proyecto se desarrolla por
etapas
No
El Proyecto no se desarrollará por etapas.
[X]
No
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Proyecto modifica un
proyecto o actividad
[X]
El proyecto no modifica un proyecto o actividad
existente.
Proyecto modifica otra(s)
RCA
No
El proyecto no modifica otras RCA.
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto “Parque Fotovoltaico Lince Solar” se desarrollará en
la Región de Antofagasta, provincia y comuna de Antofagasta, a
aproximadamente 25 km al Sureste de la ciudad de Antofagasta. Se
ubicará específicamente, en las cercanías de la Ruta 5 Norte, a la
altura del kilómetro 1.348.
Justificación de la localización
El área de emplazamiento del Proyecto se justifica por las siguientes
razones:
Resultados favorables de radiación solar corroborados mediante
simulaciones de producción con los datos de radiación de diversas
bases de datos certificadas.
El lugar se encuentra cercano a líneas de distribución y
subestaciones existentes, lo que hace factible desde un punto de vista
económico y técnico el desarrollo del Proyecto y la evacuación de
la energía eléctrica generada por el mismo.
▪ Las condiciones topográficas hacen que el sitio sea ideal para el
emplazamiento de los módulos fotovoltaicos y captación solar
debido a la dirección de la pendiente.
Superficie
La superficie predial es de 62,3 ha.
Ver detalles tabla 0-1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Ver detalles capítulo Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la
DIA.
Caminos o vías de acceso
El camino de acceso al predio del Proyecto se ubicará en el sector
oeste del terreno, al cual se accederá desde un camino de acceso
privado sin rol que colinda con la Ruta 5 Norte.
Ver detalles capítulo 1.3.5 de la DIA.
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
Mapa/Plano/SHP/KMZ u
otro
Referencia al expediente
Plano del Proyecto
Anexo 1 de la DIA
Anexo 1.1 de la Adenda
Anexo 1.1 de la Adenda
Complementaria
KMZ del Proyecto
Anexo 9 de la DIA
Anexo 2.2 de la Adenda
Anexo 2.1 de la Adenda
Complementaria
KMZ Caminos a Estabilizar
Anexo 2.2 de la Adenda
Complementaria
KMZ Tracks de prospección
arqueológica
Apéndice 1 Anexo 4.2 de la
Adenda Complementaria
KMZ y Planos de Elementos
Patrimoniales
Apéndice 3 Anexo 4.2 de la
Adenda Complementaria
DWG del Proyecto
Anexo 2.3 de la Adenda
Complementaria
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