Resolución Exenta nº 200163-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Relixiviación de Ripios Pila 4, Modificación Mina Guanaco - Normativa - VLEX 916273408

Resolución Exenta nº 200163-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Relixiviación de Ripios Pila 4, Modificación Mina Guanaco

Número de resolución200163-2022
Fecha de publicación28 Febrero 2022
Año2022
Fecha28 Febrero 2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto “Relixiviación de Ripios Pila 4, Modificación Mina
Guanaco
<NUM_RES>
Antofagasta
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 21 de octubre de 2021 y su
Adenda Complementaria de fecha 10 de enero de 2022, del proyecto “Relixiviación de Ripios Pila
4, Modificación Mina Guanaco”, presentado por Guanaco Compañía Minera SpA con fecha 13 de
abril de 2021 y admitida a trámite con fecha 19 de abril de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
Relixiviación de Ripios Pila 4, Modificación Mina Guanaco”.
3°. El Acta Nº 05/2021 del Comité Técnico, de fecha 01/06/2021.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Relixiviación de Ripios Pila 4, Modificación Mina Guanaco
de 01 de febrero de 2022.
5°. El acuerdo 08/2022 del Acta N° 04 de fecha 14 de febrero de 2022, de la sesión N° 03 de la
Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA
del proyecto Relixiviación de Ripios Pila 4, Modificación Mina Guanaco.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (en adelante “RSEIA”); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución
Exenta RA Nº 119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al Director Regional del SEA de
la Región de de Antofagasta a la Comisión de Alta Dirección Pública del Servicio Civil y en el
Decreto Supremo Nº 178 de fecha 12 de julio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública
que nombra al Delegado Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 28-02-2022 12:57:16:729 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 28-02-2022 12:57:19:646 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Guanaco Compañía Minera SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Relixiviación de Ripios Pila 4,
Modificación Mina Guanaco (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los
siguientes:
Nombre o razón social
Guanaco Compañía Minera SpA
Rut
78.097.950-K
Domicilio
14 de febrero 2065, Piso 11, Oficina N°1103,
Antofagasta
Teléfono
(+56 55) 2892241
Nombre representante legal 1
Stabro Alberto Kasaneva López
Rut representante legal 1
8.816.811-9
Domicilio representante legal 1
14 de febrero 2065, Piso 11, Oficina N°1103,
Antofagasta
Teléfono representante legal 1
(+56 55) 2892241
Correo electrónico Titular o representante
legal 1
stabro.kasaneva@australgold.com
Nombre representante legal 2
Patricio Manuel Illanes Perea
Rut representante legal 2
10.841.908-3
Domicilio representante legal 2
14 de febrero 2065, Piso 11, Oficina N°1103,
Antofagasta
Teléfono representante legal 2
(+56 55) 2892241
Correo electrónico Titular o representante
legal 2
patricio.illanes@australgold.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 01 de febrero de 2022, el Director del Servicio de
Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto
cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada; cumple con los requisitos de
otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables
identificados; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la
Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular
ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de
Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 14 de febrero de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta
acordó calificar favorablemente el proyecto “Relixiviación de Ripios Pila 4, Modificación Mina
Guanaco”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 01 de febrero de 2022, el que forma
parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso
segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El Proyecto tiene por objetivo relixiviar los ripios de las pilas de
lixiviación 1, 2, 3 y eventualmente desde sus yacimientos mineros, lo que
a su vez generará una cuarta pila de lixiviación, denominada pila 4, e
incorporar un chancador cuaternario junto con sus obras anexas a la actual
planta de chancado.
Descripción general
del proyecto
El Proyecto contempla reprocesar los ripios de las tres pilas existentes, lo
que generará una cuarta pila de lixiviación, denominada pila 4, a su vez
se incorporará una nueva etapa denominada chancado cuaternario, en
relación a lo anterior, el Proyecto también considera incorporar obras
anexas a la planta de chancado existente.
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4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Tipología principal,
así como las
aplicables a sus partes,
obras o acciones
Según artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA):
i.1) Se entenderá por proyectos de desarrollo minero aquellas acciones u
obras cuyo fin es la extracción o beneficio de uno o más yacimientos
mineros y cuya capacidad de extracción de mineral es superior a cinco
mil toneladas mensuales (5.000 t/mes).
Letra i.3.) Se entenderá por proyectos de disposición de residuos y
estériles aquellos en que se dispongan residuos masivos mineros
resultantes de la extracción o beneficio, tales como estériles, minerales
de baja ley, residuos de minerales tratados por lixiviación, relaves,
escorias y otros equivalentes, que provengan de uno o más proyectos de
desarrollo minero que por sí mismos o en su conjunto tengan una
capacidad de extracción considerada en la letra i.1. anterior.
Vida útil
La vida útil del Proyecto es de 69 meses. Para más detalle ver numeral
1.2.7 de la DIA.
Monto de inversión
USD 8,5 millones.
Mano de obra
Mano de obra máxima
30
0
15
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta
del inicio de la
ejecución del proyecto
de modo sistemático y
permanente, para
efectos de la
caducidad de la RCA
El hito que iniciará la ejecución del Proyecto corresponde al movimiento
de material para acondicionamiento de terreno
Proyecto o actividad
se desarrolla por
etapas
Si
No
El Proyecto o actividad no se desarrolla por etapas.
X
Proyecto o actividad
modifica un proyecto
o actividad existente
Si
No
En la Tabla 1-2 de la DIA se indica el detalle de las
modificaciones.
X
Proyecto modifica
otra(s) RCA
Si
No
El Proyecto modifica la siguiente Resolución de Calificación
Ambiental:
- RCA N°0251/2009 que califica favorablemente el Proyecto
“Reapertura Mina Guanaco”.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se localizará en la comuna de Taltal, provincia y región de
Antofagasta, específicamente dentro de los límites de servidumbre del
distrito minero Guanaco.
Descripción de la
localización
Las obras y actividades del Proyecto tendrán lugar íntegramente en la
faena Minera Guanaco actualmente en operación.
Superficie
16,8 ha.
Coordenadas UTM en
Datum WGS84
Las coordenadas del Proyecto se visualizan en la Tabla 1-4. y Tabla 1-
5 de la DIA, modificado en Tabla 12. “Coordenadas Localización –
Pila 4” de la Adenda de la DIA.
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