Resolución Exenta nº 2-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Continuidad Operativa Tranque de Relaves El Torito Operación El Soldado - Normativa - VLEX 916273962

Resolución Exenta nº 2-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Continuidad Operativa Tranque de Relaves El Torito Operación El Soldado

Número de resolución2-2020
Fecha de publicación09 Enero 2020
Año2020
Fecha09 Enero 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Valparaíso
Califica Ambientalmente el Proyecto
“Continuidad Operativa Tranque de Relaves El
Torito Operación El Soldado”
Resolución Exenta Nº
Valparaíso
VISTOS:
1°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA), su Adenda de 6 de diciembre de 2018 y sus Adendas
Complementarias de 3 de junio de 2019 y 30 de septiembre de 2019, del proyecto “Continuidad Operativa
Tranque de Relaves El Torito Operación El Soldado”, presentado por Anglo American Sur S.A. con fecha 8
de enero de 2018.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la admini stración del Estado que, sobre la base
de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el
Capítulo 3 del Informe Consoli dado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto “Continuidad Operativa
Tranque de Relaves El Torito Operación El Soldado”.
3°. El Acta de Evaluación N° 16/2018 de fecha 6 de febrero de 2018, del Comité Técnico de la Región de
Valparaíso.
4°. La Resolución Exenta N°1.036, de fecha 21 de octubre del 2019, del Director Ejecutivo del Servicio de
Evaluación Ambiental, (SEA), que dispone suspensión de plazos en los procedimientos que indica.
5°. El ICE del EIA del proyecto “Continuidad Operativa Tranque de Relaves El Torito Operación El Soldado”
de fecha 12 de diciembre de 2019.
6°. El acuerdo adoptado en Sesión Extraordinaria N° 14 de la Comisión de Evaluación de la Región de
Valparaíso, de fecha 20 de diciembre de 2019.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del
proyecto “Continuidad Operativa Tranque de Relaves El Torito Operación El Soldado”.
8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre B ases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº 40, de 2012,
del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (R SEIA);
en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en la Resolución DD.PP. N° 688, de fecha 01 de agosto de 2017
del Director (S) Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), que dispone funciones de carácter
directivo para el cargo de subrogante del Director Regional del SEA de la región de Valparaíso, designándose
a doña Esther Parodi Muñoz, como primer subrogante; y, en la Resolución Nº 7, de marzo de 2019, de la
Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Anglo American Sur S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto “Continuidad Operativa Tranque de Relaves El Torito Operación El
Soldado” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Anglo American Sur S.A.
Rut 77.762.940-9
Domicilio Avenida Isidora Goyenechea N° 2800, Piso 46, Las Condes
Teléfono 02/22308301
Nombre representante legal Pedro Reyes Figueroa
Rut representante legal 7.794.170-3
Domicilio representante legal Avenida Isidora Goyenechea N° 2800, Piso 46, Las Condes
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Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 08-01-2020 16:55:22:603 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Teléfono representante legal 02/22308301
Correo electrónico Titular o
representante legal
pedroa.reyesf@angloamerican.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de diciembre de 2019, la Directora Regional (S) de la
Región de Valparaíso ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto.
Cumple con los requisitos de carácter ambiental establecido en el Permiso Ambiental Sectorial de
Contenido Únicamente Ambiental, señalado en el artículo 119 del Decreto Supremo Nº 40/2012 del
Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales
Mixtos señalados en los artículos 132, 135, 137, 138, 146, 148, 150, 155, 156, 157, 158 y 160 del
Decreto Supremo Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), Reglamento del Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA).
Se hace cargo de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que
dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión N° 14 de fecha 20 de diciembre de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de
Valparaíso acordó calificar favorablemente el proyecto “Continuidad Operativa Tranque de Relaves El Torito
Operación El Soldado”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 12 de diciembre de 2019, el
que forma parte integrante de la presente Resolución y al que se incorporan las referencias complementarias
solicitadas en la visación de dicho informe, por la Corporación Nacional Forestal mediante el Oficio
Ordinario N°103-EA de fecha 19 de diciembre de 2019, las que se incluyen en la presente resolución . Por lo
tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la
presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, y en sus Adendas Complementarias, los
cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación
se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general Ampliar la capacidad de disposición de relaves para el Tranque de Relaves El Torito
(TRET) en 54 millones de toneladas (Mt), manteniendo la actual metodología de
construcción y operación, permitiendo la continuidad de la operación de El Soldado.
Breve descripción del
proyecto
El Proyecto estará conformado por un conjunto de obras que permitirán aumentar en un
30% la capacidad de disposición de relaves autorizada (181 Mt). De esta forma, la
continuidad operativa del TRET permitirá recibir 54 Mt adicionales, manteniendo la tasa
de procesamiento anual. La nueva capacidad de 235 Mt se alcanzará en el año 2027.
Los procesos productivos de la operación “El Soldado” se mantendrán sin modificaciones,
por lo tanto, el sistema de impulsión y transporte de relaves existente, continuará
transportando los relaves generados a partir de la flotación de la planta concentradora,
desde su estación de bombeo hasta la estación de ciclones. Esta última estación será
reubicada en el tranque de relaves.
En comparación con la operación actual, el Proyecto mantendrá los procesos y
metodologías de operación vigentes y reubicará todas aquellas instalaciones que será
necesario trasladar a una cota superior a la que alcanzará la cubeta en su capacidad
máxima.
Las modificaciones que permitirán dar continuidad operacional al TRET se dividen en
Obras Principales y Obras de Apoyo a la Operación. Las Obras Principales
corresponderán a nuevas construcciones requeridas por el Proyecto. Por su parte, las
Obras de Apoyo a la Operación, corresponderán a reubicaciones o modificaciones a las
instalaciones u obras ya existentes en la operación del tranque.
En resumen, las obras del proyecto corresponderán a las siguientes:
Peraltamiento muro principal.
Canal de contorno ladera norte.
Muro auxiliar estribo norte (MAEN) hasta 209 Mt.
Peralte evacuador de crecidas existente.
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Nuevo evacuador de crecidas, túnel y obras de descarga.
Muros auxiliares en quebradas Infiernillo y Los Coiles.
Sistema de bombeo manejo de aguas en quebradas.
Reemplazo de estación de ciclones.
Construcción de caminos.
Sistema de drenes etapa VII.
Barrera Hidráulica.
Obras de cierre.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
El Proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), puesto que,
las obras físicas y acciones corresponden a una modificación de consideración del
“Proyecto de Ampliación del Tranque de Relaves El Torito” (en adelante “Proyecto
Original”) aprobado ambientalmente mediante la Resolución de Calificación Ambiental
RCA N°163/2004 de la Comisión Regional del Medio Ambiente (COREMA) de la
Región de Valparaíso (en adelante “RCA N°163/2004”). Conforme al D.S. N° 40/12 del
MMA artículo 2 literales: g.1) “Las partes, obras y acciones tendientes a intervenir o
complementar el proyecto o actividad constituyen un proyecto o actividad listado en el
artículo 3 del RSEIA; g.3) “Las obras o acciones tendientes a intervenir o complementar
el proyecto o actividad modifican sustantivamente la extensión, magnitud o duración de
los impactos ambientales del proyecto o actividad y; g.4) Las medidas de mitigación,
reparación y compensación para hacerse cargo de los impactos significativos de un
proyecto o actividad calificado ambientalmente se ven modificadas sustantivamente.
En consecuencia, las obras y actividades del Proyecto se enmarcan, dentro de tipologías
que corresponden al artículo 10 literal a) y literal i) de la Ley N° 19.300 (LBGMA) y
artículo 3 del RSEIA literal a.1) y literal i.3).
El artículo 3 literal “a)” del RSEIA, específicamente establece lo siguiente:
“a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización
establecida en el Artículo 294 del Código de Aguas, presas, drenaje, desecación,
dragado, defensa o alteración, significativos, de cuerpos o cursos de aguas.
a.1) Presas cuyo muro tenga una altura superior a cinco metros (5 m) medidos desde el
coronamiento hasta el nivel del terreno nat ural, en el plano vertical que pasa por el eje
de éste y que soportará el embalse de las aguas, o que generen un embalse con una
capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m3)”.
Lo anterior, toda vez que algunas de las obras contempladas en el Proyecto
corresponderán a obras hidráulicas mayores, en conformidad con el artículo 294 del
Código de Aguas.
Adicionalmente, se requerirá la extensión de la vida útil del TRET, en virtud de esto,
aplica la tipología de ingreso establecida en la letra i.3) del artículo 3 del RSEIA, la cual
establece que deben someterse al SEIA:
“i.3) Se entenderá por proyectos de disposición de residuos y estériles aquellos en que se
dispongan residuos masivos mineros resultantes de la extracción o beneficio, tales como
estériles, minerales de baja ley, residuos de minerales tratados por lixiviación, relaves,
escorias y otros equivalentes, que provengan de uno o más proyectos de desarrollo
minero que por sí mismos o en su conjunto tengan una capacidad de extracción
considerada en la letra i.1. anterior”.
El presente Proyecto cumple con lo establecido por este literal toda vez que contempla
extender la vida útil del TRET, el cual pertenece a un yacimiento minero cuya capacidad
de extracción es superior a 5.000 t/mes.
Vida útil 7 años.
Monto de inversión USD $ 77.640.000.- (setenta y siete millones seiscientos cuarenta mil dólares
americanos).
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta del
inicio de la ejecución del
proyecto
El hito del inicio de la fase de construcción del Proyecto será la construcción de los Muros
Auxiliares de Los Coiles e Infiernillo, una vez que se cuente con la Resolución de
Calificación Ambiental (RCA) favorable y los permisos sectoriales respectivos.
Proyecto o actividad se
desarrollaría por etapas. Si No
X
Proyecto o actividad
modifica un proyecto o
actividad existente.
Si No En la Adenda Complementaria, Respuesta N° 1, Tabla 2.1 “Modificaciones
que se Someten a Tramitación Mediante este EIA (Tabla N°1.3-1 del Cap. 1
del EIA) Partes, acciones y obras Antecedentes Operación Actual Proyecto,
se presenta el detalle de dichas modificaciones.
X
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