Resolución Exenta nº 193-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Nueva Línea Nueva Maitencillo -Punta Colorada -Nueva Pan de Azúcar 2x220 kV, 2x500 MVA - Normativa - VLEX 916273485

Resolución Exenta nº 193-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Nueva Línea Nueva Maitencillo -Punta Colorada -Nueva Pan de Azúcar 2x220 kV, 2x500 MVA

Número de resolución193-2020
Fecha de publicación17 Noviembre 2020
Año2020
Fecha17 Noviembre 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Dirección Ejecutiva
Califica Ambientalmente el proyecto “Nueva Línea Nueva Maitencillo -Punta Colorada -Nueva Pan
de Azúcar 2x220 kV, 2x500 MVA
<NUM_RES>
Santiago
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto “Nueva Línea Nueva Maitencillo -Punta
Colorada -Nueva Pan de Azúcar 2x220 kV, 2x500 MVA” presentado por ELETRANS III S.A con
fecha 14 de enero de 2019, su Adenda de 15 de noviembre de 2019 y sus AdendasComplementarias
de 30 de marzo de 2020 y de 9 de septiembre de 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto
“Nueva Línea Nueva Maitencillo -Punta Colorada -Nueva Pan de Azúcar 2x220 kV, 2x500 MVA”.
3°. El Acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas
localizados en el área en que se desarrollará el proyecto Nueva Línea Nueva Maitencillo -Punta
Colorada -Nueva Pan de Azúcar 2x220 kV, 2x500 MVA”, conforme a lo previsto en el artículo 86
del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental.
4°. El ICE del EIA del proyecto “Nueva Línea Nueva Maitencillo -Punta Colorada -Nueva Pan de
Azúcar 2x220 kV, 2x500 MVA” de 09 de noviembre de 2020.
5°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA
del proyecto “Nueva Línea Nueva Maitencillo -Punta Colorada -Nueva Pan de Azúcar 2x220 kV, 2x500
MVA”.
6°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Decreto
N° 46 de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que nombra al Director Ejecutivo del Servicio
de Evaluación Ambiental (SEA); la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la
República,, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, ELETRANS III S.A (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA”) el EIA del proyecto “Nueva Línea Nueva Maitencillo -Punta Colorada
-Nueva Pan de Azúcar 2x220 kV, 2x500 MVA” (en adelante, el “Proyecto). Los antecedentes del
titular son los siguientes:
Nombre o razón social
ELETRANS III S.A
Rut
76.763.747-0
Domicilio
Avenida La Dehesa N°1822, Piso 6°, Oficina 611, Lo
Barnechea
Teléfono
226838000
Nombre representante legal
Francisco Claudio MualimTietz
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
https://validador.sea.gob.cl/validar/2149061395
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 17-11-2020 18:38:04:589 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 17-11-2020 18:38:10:121 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Rut representante legal
6.139.056-1
Correo electrónico
fmualim@chilquinta.cl
Domicilio representante legal
Avenida La Dehesa N°1822, Piso 6°, Oficina 611, Lo
Barnechea
Nombre representante legal
Francisco Alliende Arriagada
Rut representante legal
6.379.874-6
Correo electrónico
Francisco.alliende@saesa.cl
Domicilio representante legal
Avenida La Dehesa N°1822, Piso 6°, Oficina 611, Lo
Barnechea
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 09 de noviembre de 2020, la Dirección Ejecutiva del
SEA ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter
ambiental aplicable, haciéndose cargo de los efectos, características o circunstancias establecidas en
el artículo 11 de la Ley N° 19.300, propone medidas de mitigación, compensación o reparación
apropiadas, considerando las condiciones y exigencias que establece el punto 13.2 del ICE. El titular
ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de
Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones
3°. Que, el Director Ejecutivo del SEA resolvió aprobar íntegramente el contenido del ICE de 09 de
noviembre de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme
a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente
Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
3.1 Dado un error de referencia, en el presente acto se rectifica la información presentada en la tabla
9.1.1 del ICE, debiendo quedar como se señala a continuación:
Tabla 9.1.1 Riesgos de barro y avalancha (remoción en masa)
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción
Operación
Cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto
Acciones o medidas a implementar para
prevenir la contingencia
El emplazamiento de la instalación de faenas se realizará
fuera de las áreas con riesgo de flujos de barro y avalanchas.
Se capacitará y entrenará a personal en labores de rescate y
emergencia, conforme a las obligaciones de los Comités
Paritarios y departamentos de Prevención de Riesgos
respectivos.
A modo general se definirán zonas de seguridad y se
elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el cuál
será verificado y controlado en cumplimiento por parte del
asesor en prevención de riesgos del titular.
Para los tramos identificados con riesgo medio alto de
remoción en masa, se adoptarán las siguientes medidas:
Tramo I: Entre torres 4A-14, 48-53 y 166-175.
- En los sectores donde se emplazarán las obras
temporales referidas a instalaciones de faena, su
emplazamiento no dejará al descubierto taludes
que pudieran generar remociones puesto que
corresponden a sectores sin cobertura de
vegetación actualmente y mayormente planos.
- Las fundaciones de las torres, según las
condiciones de terreno, serán de tres tipos i) Tipo
Bloque, para suelos tipo 2, 3 y 4 fundaciones de
hormigón armado directo contra terreno, ii) Tipo
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
https://validador.sea.gob.cl/validar/2149061395
Zapata para suelos tipo 5, 6 y 7 Fundaciones de
hormigón armado con zapata contra terreno y
vástagos con moldajes y iii) Tipo anclaje en roca
para suelos tipo 1 anclajes con perforación de la
roca, instalación de cáncamos de acero y grouting
para el anclaje los cáncamos.
- Los caminos a construir en zonas propensas a
riesgos de avalanchas, deslizamientos de rocas y
otros, se adecuará la pendiente de los cortes, de
acuerdo a las características de estabilidad del
suelo. A su vez, se realizarán inspecciones a los
cortes de taludes y terraplenes para detectar
deficiencia en el manejo de los taludes, que puedan
dar origen a situaciones de riesgo.
- Se capacitará y entrenará a personal en labores de
rescate y emergencia, conforme a las obligaciones
de los Comités Paritarios y departamentos de
Prevención de Riesgos respectivos. Las
capacitaciones serán realizadas en forma anual y
ejecutadas por un prevencionista de riesgos
acreditado y se mantendrá un registro de asistencia
de los trabajadores.
- A modo general se definirán zonas de seguridad y
se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia,
el cuál será verificado y controlado en
cumplimiento por parte del asesor en prevención de
riesgos del Titular.
Tramo II: Entre Torres 21A-24, 32-43A, 58-80, 84-92, 94-
102, 131-138, 143-145, 152A-154A, 164A-167, 207-210 y
226A- 230.
- Las fundaciones de las torres, según las
condiciones de terreno, sern de tres tipos i) Tipo
Bloque, para suelos tipo 2, 3 y 4 fundaciones de
hormign armado directo contra terreno, ii) Tipo
Zapata para suelos tipo 5, 6 y 7 Fundaciones de
hormign armado con zapata contra terreno y
vstagos con moldajes y iii) Tipo anclaje en roca
para suelos tipo 1-anclajes con perforacin de la
roca, instalacin de cncamos de acero y grouting
para el anclaje de los cncamos.
- Los caminos a construir en zonas propensas a
riesgos de avalanchas, deslizamientos de rocas y
otros, se adecuar la pendiente de los cortes, de
acuerdo a las características de estabilidad del
suelo. A su vez, se realizarn inspecciones a los
cortes de taludes y terraplenes para detectar
deficiencia en el manejo de los taludes, que puedan
dar origen a situaciones de riesgo.
- Se capacitar y entrenar a personal en labores de
rescate y emergencia, conforme a las obligaciones
de los Comits Paritarios y departamentos de
Prevencin de Riesgos respectivos. Las
capacitaciones sern realizadas en forma anual y
ejecutadas por un prevencionista de riesgos
acreditado y se mantendr un registro de asistencia
de los trabajadores.
A modo general se definirn zonas de seguridad y se
elaborar un Plan de Evacuacin de Emergencia, el
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
https://validador.sea.gob.cl/validar/2149061395

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR