Resolución Exenta Nº 1797 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2013 - Normativa - VLEX 923777835

Resolución Exenta Nº 1797 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2013

Año2013
Fecha de publicación17 Julio 2013
Número de resolución1797
Recurso PesqueroAnchoveta - Sardina común
FIJA
1
NÓMINA
DE
BENEFICIARIOS
Y
AUTORIZA
PAGO
DE
LA
ETAPA
DEL
"PROGRAMA
DE
MONITOREO
PARTICIPATIVO
DE
LA
PESQUERÍA
ARTESANAL
DE
SARDINA
COMÚN
Y
ANCHOVETA
ASOCIADA
AL
RÉGIMEN
ARTESANAL
DE
EXTRACCIÓN
(RAE)
EN
LA
REGIÓN
DEL
BÍO
BIO".
VALPARAIS.O...
17
JUl.
21)1J
1797
RES.
EX
-------------
___
/
VISTO:
Lo
dispuesto en
La
Ley
20.641 de
Presupuestos para
el
Sector
Público para el año 2013; en el Decreto Supremo
430/91
del
Ministerio
de
Economla,
Fomento
y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo, que fija
el
texto
refundido, coordinado y
sistematizado
de
la
Ley
18.892, General
de
Pesca y Acuicultura; en el
D.F.L.
5 de 1983,
mediante
el cual
se
fija el
texto
refundido,
coordinado y
sistematizado
del Decreto con Fuerza de
Ley
34
de
1931, que legisla sobre la
Industria Pesquera y
sus
derivados;
en
el Decreto con Fuerza de Ley 1 - 19.653 de 2000,
del Ministerio
Secretaría
General
de
la Presidencia, que fija el
texto
refundido, coordinado y
sistematizado
de
la
Ley
18.575 sobre Bases Generales
de
la Administración del Estado; en
la
Ley
19.880
de
Bases de
Los
Procedimiento Administrativos que rigen los Actos de
Los
Organos
de
La
Administración del Estado; en la Resolución
1600/08
de
Contrataría General de
la
República,
que
fija
normas
sobre Exención del Trámite
de
Toma de Razón; en el Acuerdo
1 de la Sesión
69
y
en
el Acuerdo
1 de la Sesión
71,
ambas
del Consejo de
Administración Pesquera;
en
la Resolución Afecta
106
del Gobierno Regional del Biobío de
fecha
24
de
mayo
de
2013; en la Resolución Exenta
1.442, en
La
Resolución Afecta
03, y
en las Resoluciones Exentas
1.518,
1.521.
1.564,
1.686,
1.691,
1698,
1.710,
1.729 ,
1.730, N°1.733, N°1.740 y
1.747,
todas
del año
2013
de
esta
Subsecretaría; y
CO
NS
1
DERAND
0:
Que,
de conformidad con
Lo
dispuesto por el
por el artículo
173
del Decreto Supremo
430/91
del
Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de
la
Ley
18.892, General de Pesca y Acuicultura, modificado
por
La
Ley
20.657, se determina
la
creación del Fondo de Administración Pesquero, destinado
entre
otros, a financiar programas y proyectos de fomento y desarrollo a
la
pesctl artesanal.
Que,
el Fondo
es
administrado por el Consejo
de Administración Pesquera, integrado por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, quien
lo
preside; el Ministro de Hacienda o
un
representante
permanente
designado por éste; el
Ministro del Trabajo y Previsión Social o
un
representante
permanente
designado por este; el
Subsecretario de Pesca y Acuicultura, y el Director Nacional de Pesca y Acuicultura.
Que,
atendido a que
en
la
región del
Biobío,
la
pesca artesanal de sardina común y anchoveta constituye una de las pesquerías de mayor
relevancia desde el punto de vista de
Las
capturas que desembarca, y considerando que
Los
pescadores artesanales de
la
región no han podido cumplir
la
cuota de extracción asignada, en
razón de
la
escasez del recurso
en
los caladeros tradicionales,
la
Subsecretaría de Pesca y
Acuicultura
ha
estim<:~do
pertinente
el
levantamiento de
un
Programa denominado •Programa
de Monitoreo Participativo de
la
Pesquería Artesanal de Sardina Común y Anchoveta
Asociada al Régimen Artesanal de Extracción
(RAE)
en la Región
del
Bío
Bio•, destinado a
recabar información
en
cuanto a
la
actuol distribución espacial y temporal de
Los
recursos
sardina y anchoveta en
la
región; el cual
ha
sido presentado
ante
el Gobierno Regional del
Biobío a
fin
de
obtener
recursos para su financiamiento.
Que,
según consta en Certificado
3772°8,
el
Consejo Regional del Biobío en su Sesión
OrdinLJria
8,
de fecha 24 de
Abril
de 2013, aprobó
recursos para
el
Programa "Transferencia Asociada
al
Monitoreo de
la
Sardina y Anchoveta•
por
un
monto de MM$3.600.- {tres
mil
seiscientos millones de pesos), financiados con
recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional.
Que,
por
su
parte, el Consejo de Administración
Pesquera en su Sesión
69, de fecha 29 de
Abril
de 2013, mediante Acuerdo
N°1
ha
señalado
que conforme
al
suplemento presupuestLtrio de recursos que se asignaran
Lll
Fondo de
Administración Pesquero por
la
suma de $1.650.000.000.-(Mil seiscientos cincuenta millones de
pesos), de
Los
cuales M$1.630.000.-(Mil seiscientos treinta millones de pesos) ingresaran
directamente al Subtitulo
24,
hem
03,
Asignación 002 "Cumplimiento Art 173
Ley
18.892.-8
y
M$
20.000.-
<Veinte
millones de pesos} al Subtítulo
21,
Glosa
02,
dl
«Convenios con Personas
Naturales; Este Consejo aprueba destinar
la
suma de
hast<l
M$1.650.-{Mil seiscientos cincuenta
millones de pesos) a
la
ejecución del
MPrograma
de Monitoreo Participativo de
La
Pesquería
Artesanal de Sardina Común y Anchoveta Asociada
al
Régimen Artesanal de Extracción
(RAE)
en
la
Región del
Biobíou,
que será cofinanciado con recursos del Gobierno Regional del
Biobío,
2

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