Resolución Exenta nº 149-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. PROYECTO PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO COIHUE - Normativa - VLEX 916273689

Resolución Exenta nº 149-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. PROYECTO PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO COIHUE

Número de resolución149-2019
Fecha de publicación01 Julio 2019
Año2019
Fecha01 Julio 2019
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Maule
Califica Ambientalmente el proyecto “PROYECTO PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO
COIHUE
Resolución Exenta Nº
Talca
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 15 de enero de 2019
y su Adenda Complementaria de 2 de mayo de 2019, del proyecto “PROYECTO PARQUE
SOLAR FOTOVOLTAICO COIHUE”, presentado por Coihue SpA con fecha 22 de junio de
2018.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del
Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la
evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de
Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “PROYECTO PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO
COIHUE”.
3°. El Acta de Evaluación del 05 de octubre de 2018, del Comité Técnico de la
Región del Maule.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “PROYECTO PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO
COIHUE” del 3 de junio de 2019.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación alcanzado en la sesión de fecha 11 de
junio del 2019.
6°. La Resolución Exenta N° 178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión
de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba el Reglamento de organización y
funcionamiento de la mencionada Comisión.
7°. La Resolución Exenta N° 66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de
Evaluación de la Región del Maule, que autoriza al secretario de dicha Comisión para
proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 inciso 2° del Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule.
8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto
ambiental de la DIA del proyecto “PROYECTO PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO COIHUE”.
9. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente,
modificada por la Ley 20.417; en el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio
Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento
del SEIA); en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en
el D.F.L. Nº 1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; en el Decreto Número 427 de fecha 11 de marzo de 2018,
del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Pablo Milad
Abusleme, como Intendente Regional del Maule; en la Resolución Afecta N° 62 de la
Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de
2015, que nombra a don René Alejandro Christen Fernández como Director Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Maule; y en la Resolución Nº 1.600,
de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del
Trámite de Toma de Razón.
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 01-07-2019 09:48:13:180 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 01-07-2019 09:48:13:880 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Coihue SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “PROYECTO PARQUE SOLAR
FOTOVOLTAICO COIHUE” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son
los siguientes:
Nombre o razón social Coihue SpA.
Rut 76.592.228-3
Domicilio Miguel Claro 195, Of. 609, Providencia-
Santiago
Teléfono +56226051344 - 56957226890
Nombre representante legal Maria Ibáñez Brasó
Rut representante legal 24.318.270-0
Domicilio representante legal Miguel Claro 195, Of. 609, Providencia-
Santiago
Teléfono representante legal +56 226051345
Correo electrónico Titular o
representante legal
mibanez@allibera.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 3 de junio de 2019, el Director del
Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Maule ha recomendado aprobar el
Proyecto, basándose en que:
a) El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable
identificada en la sección 8 de este documento;
b) Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en
los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 6 de
este documento;
c) No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo
11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de
Impacto Ambiental; y
d) el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los
Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión del 11 de junio de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región del
Maule acordó calificar favorablemente el proyecto “PROYECTO PARQUE SOLAR
FOTOVOLTAICO COIHUE.”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 3 de junio
de 2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto,
conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se
excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la
descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo del Proyecto es generar 10,85 MW de energía
eléctrica, de potencia nominal, a partir de la energía del solar,
para ser inyectada al sistema Nacional de Energía (SNE).
Tipología principal, así
como las aplicables a
sus partes, obras o
acciones
En virtud de lo señalado en la Ley 19.300 Sobre Bases
Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley 20.417, y el
D.S. N° 40/12 del MMA, el Proyecto debe someterse al SEIA por
cuanto concurre el presupuesto señalado en el literal c) del
artículo 10 de la citada ley, así como el literal c) del artículo 3
del D.S. N° 40/12. Al respecto el D.S. N° 40/12 señala lo
siguiente:
“Artículo 3. Los proyectos o actividades susceptibles de causar
impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán
someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental,
son los siguientes:
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.”
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De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresa al SEIA ya que
generará una potencia nominal instalada de 10,85 MW.
Vida útil 25 años
Monto de inversión USD $ 10.000.000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta
del inicio de la
ejecución
la gestión, acto o faena mínima que da inicio a la ejecución del
Proyecto, de modo sistemático y permanente, de acuerdo a su
tipología es la habilitación de la instalación de faenas. Se
estima el inicio de la fase de construcción para julio de 2019.
Proyecto se desarrolla
por etapas
Si No El proyecto se realizará en una sola etapa.
X
Proyecto modifica un
proyecto o actividad Si No El proyecto no modifica otro proyecto.
X
Proyecto modifica
otra(s) RCA
Si No El proyecto no modifica ninguna Resolución de
Calificación Ambiental (RCA).
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El proyecto se ubicará en la comuna de Retiro, provincia de
Linares, Región del Maule.
Descripción de la
localización
La justificación de la zona de localización del Proyecto
obedece a los siguientes aspectos:
- La existencia de índices de radiación solar que permiten
la generación de energía mediante módulos fotovoltaicos.
- La posibilidad de evacuar la energía generada
directamente a la red de distribución aledaña existente.
- La inexistencia de elementos significativos desde el
ámbito ambiental, patrimonial y social que sea necesario
preservar y que impidan el desarrollo del Proyecto.
Superficie La superficie total del proyecto será de 23 has.
Coordenadas UTM en
Datum WGS84
Las coordenadas del proyecto serán las siguientes:
Caminos de acceso El acceso al Proyecto se realizará desde la Ruta 5,
empalmando hacia el sureste por la Ruta L-625
aproximadamente 3,6 km, hasta el sector de Santo Tomás,
donde se localiza el Proyecto.
Referencia al expediente
de evaluación de los
mapas, georreferenciación
e información
complementaria sobre la
localización de sus partes,
obras y acciones
Referencia al expediente de evaluación de documentos
contenidos en la ADENDA Complementaria del proyecto:
Anexo 1, PLANOS DEL PROYECTO.
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