Resolución Exenta nº 139-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta Desalinizadora Cerro Blanco - Normativa - VLEX 916273004

Resolución Exenta nº 139-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta Desalinizadora Cerro Blanco

Número de resolución139-2020
Fecha de publicación11 Diciembre 2020
Año2020
Fecha21 Diciembre 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DEL MAULE
CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO PMGD FV LA VENDIM IA”
<NUM_RES>
Talca
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda del 28 de agosto del 2020 y su Adenda
Complementaria de 15 de octubre de 2020, del proyecto ―PMGD FV La Vendimia‖, presentado por
Sociedad Energías Renovables EL BOLDO SpA con fecha 21 de febrero del 2020.
2. Los pronunciamientos y observacione s de los órganos de la administraci ón del Estado que, sobre la
base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la e valuación de la DIA, y qu e se detallan en el
Capítulo 3° del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto ―P MGD FV La
Vendimia‖.
3. El Acta de Evaluación N° 37 del 03 de julio del 2020, del Comité Técnico de la Región del M aule.
4. El ICE de la DIA del proyecto ―PMGD FV La Vendimia‖ del 11 de noviembre del 2020.
5. El acuerdo alcanzado en la sesión de la Comisión de Eva luación de la Región de del Maule, de
fecha 18 de noviembre del 2020.
6. La Resolución Exenta N° 178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de
la Región del Maule, que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada
Comisión.
7. La Resolución Exenta N° 66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la
Región del Maule, que autoriza al secretario de dicha Comisión para pro ceder de acuerdo a lo dispuesto en el
artículo N° 17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación
de la Región del Maule.
8. La Resolución Exenta N° 2020 99101160, de fecha 07 de abril de 2020, de la Dirección Ejecutiva
del Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de presentación de la Adenda,
Adenda Complementaria y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de
impacto ambiental tramitados a nte la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio d e
Evaluación Ambiental.
9. La Resolución E xenta N° 202099101326, de fecha 07 de mayo de 2020, de la Dirección Ejecutiva
del Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de presentación de la Adenda,
Adenda Complementaria y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de
impacto ambiental tramitados a nte la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio d e
Evaluación Ambiental
10. La Resolución Exenta N° 202099101455, de fecha 26 de junio de 2020, de la Dirección Ejecutiva
del Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de presentación de la Adenda,
Adenda Complementaria y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de
impacto ambiental tramitados a nte la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de
Evaluación Ambiental.
11. La Resolución Exenta N° 202099101491, de fecha 28 de julio de 2020, de la Dirección Ejecutiva del
Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de presentación de la Adenda, Adenda
Complementaria y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de impacto ambiental
tramitados ante la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación Ambiental.
12. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de i mpacto ambiental de la
DIA del proyecto ―PMGD FV La Vendimia‖.
13. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la
Ley 20.417; en el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema d e
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 18-12-2020 08:48:14:873 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 18-12-2020 08:48:15:810 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el
D.F.L. Nº 1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y siste matizado de la
Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado ; en el Decreto
Número 286 de fecha 27 de junio de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al
señor Juan Eduardo Prieto Correa, como Intendente Regional del Maule ; en la Resol ución Afecta N° 62 de
la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a
don René Alejandro Christen Fernández como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la
región del Maule; y en la Resolución Nº 07, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija
Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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CONSIDERANDO:
1. Que, Sociedad Energías Renovables EL BOLDO SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto ―PMGD FV La Vendimia‖ (en
adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Sociedad Energías Renovables El Boldo SpA.
RUT
77.110.485-1
Domicilio
Av Martín Lutero 02806 32, Temuco. Región de la Araucanía
Teléfono
+56 9 90005888
Representantes Legales
Jaime Alberto Mardones Alarcón y Luis Wolfredo Alejandro Henríquez
Henríquez.
RUT de los Representantes
Legales
12.573.799-4 y 10.797.008-8
Domicilio representante legal
Av Martín Lutero 02806 32, Temuco. Región de la Araucanía
Teléfono Representante Legal
+56 9 58537240
Correo electrónico
hidrochileenergy@gmail.com; henriquezluis39@gmail.com
2. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de noviembre de 2020, el Director del Servicio de
Evaluación Ambiental VII Región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos
ambientales sectoriales aplicables
No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°
19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar a través de un Estudio de Impacto Ambiental; y
El Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes plantead os en los respectivos
Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3. Que, en sesión de 1 8 de noviembre del 2020, la Comisión de Evaluación de la Región del Ma ule
acordó calificar favorable mente el proyecto PMGD FV La Vendimia‖, aprobando íntegramente el
contenido del ICE de 11 de noviembre de 2020, el que forma parte integrante de la pr esente Resolución. Por
lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Regla mento del SEIA, se excluyen de la
presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4. Que, según lo señalado en la DIA y sus a nexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los
cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la d escripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Descripción general
del proyecto
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