Resolución Exenta Nº 1386 de Superintendencia de Medio Ambiente, 04-08-2023 - Normativa - VLEX 942349002

Resolución Exenta Nº 1386 de Superintendencia de Medio Ambiente, 04-08-2023

Fecha04 Agosto 2023
Número de resolución1386
EmisorSuperintendencia de Medio Ambiente
CVE 2359290 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.625 | Viernes 11 de Agosto de 2023 | Página 1 de 6
Normas Generales
CVE 2359290
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Superintendencia del Medio Ambiente
APRUEBA INSTRUCCIÓN SOBRE DEBERES DE REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARA FUENTES AFECTAS REGULADAS POR EL DECRETO SUPREMO N° 9, DE
2022, DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, QUE ESTABLECE NORMA DE
EMISIÓN DE CONTAMINANTES EN PLANTELES PORCINOS QUE, EN FUNCIÓN
DE SUS OLORES, GENERAN MOLESTIA Y CONSTITUYEN UN RIESGO A LA
CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACIÓN
(Resolución)
Núm. 1.386 exenta.- Santiago, 4 de agosto de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo segundo de la ley N°20.417, que fija el texto de la Ley Orgánica
de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la ley N°19.300, sobre Bases Generales del
Medio Ambiente; en la ley N°19.880, que establece las Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley
N°18.834 que Aprueba el Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley N°3, de 2010,
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija la Planta de Personal de la
Superintendencia del Medio Ambiente y su Régimen de Remuneraciones; en la resolución
exenta N°564, de 2023, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que fija su organización
interna; en la resolución exenta RA N°119123/98/2023, de 2023, de la Superintendencia del
Medio Ambiente, que nombra a la Jefa de la División de Fiscalización de la Superintendencia del
Medio Ambiente; en el decreto supremo N°70, de 2022, del Ministerio del Medio Ambiente, que
nombra Superintendenta del Medio Ambiente; en la resolución exenta N°752, de 2023, de la
Superintendencia del Medio Ambiente, que establece orden de subrogancia para los cargos de la
Superintendencia del Medio Ambiente que se indican y deja sin efecto las resoluciones exentas
que se señalan, y en la resolución N°7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que
fija norma sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. La letra e) del artículo 3° de la Ley Orgánica de la Superintendencia (en adelante,
"LOSMA") faculta a la Superintendencia para requerir, a los sujetos sometidos a su fiscalización,
las informaciones y datos que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones,
concediendo a los requeridos un plazo razonable, considerando las circunstancias que rodean su
producción, volumen, complejidad, ubicación geográfica del proyecto, entre otros.
2. La letra f) del referido artículo, faculta a este organismo para establecer normas de
carácter general sobre la forma y modo de presentación de los antecedentes a que se refiere el
considerando anterior.
3. Por su parte, la letra m) de la misma norma, faculta a esta Superintendencia para requerir
de los titulares de fuentes sujetas a un Plan de Prevención y/o Descontaminación Atmosférica,
así como a Normas de Emisión, bajo apercibimiento de sanción, la información necesaria para
acreditar el cumplimiento de las medidas establecidas en los respectivos planes y las
obligaciones contenidas en dichas normas.

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