Resolución Exenta Nº 1365 de Servicio Nacional de Geología y Minería, 09/08/2022 - Servicio Nacional de Geología y Minería - Doctrina Administrativa - VLEX 1017833779

Resolución Exenta Nº 1365 de Servicio Nacional de Geología y Minería, 09/08/2022

Fecha09 Agosto 2022
Fecha de publicación09 Agosto 2022
Año2022
Número de resolución1365
Tipo de documentoResolución Exenta
1
RESUELVE RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA
RESOLUCIÓN EXENTA Nº768 DE FECHA 4 DE
MAYO DE 2022, QUE RESOLVIÓ PROCEDIMIENTO
SANCIONATORIO CONTRA EL PRODUCTOR
MINERO VICTOR SAEZ VARGAS, POR
CONTRAVENCIONES AL REGLAMENTO DE
SEGURIDAD MINERA CONSTATADAS EN SU
FAENA DENOMINADA MINA FE GRANDE,
UBICADA EN LA COMUNA DE ARAUCO, REGION DE
DEL BIO-BIO.
SANTIAGO, 09 DE AGOSTO DE 2022
RESOLUCIÓN EXENTA N°1365
VISTOS:
El Decreto Ley Nº3.525, de 1980, que Crea el Servicio resolvió Nacional de Geología y Minería; La
Resolución Exenta RA/249/331/2020, de 30 de septiembre de 2020, del Servicio Nacional de Geología
y Minería que nombra a David Montenegro Cabrera como subdirector Nacional de Minería; la Ley
Nº19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los
Órganos de la Administración del Estado; el Decreto Supremo Nº72, de 1985, del Ministerio de
Minería, “Reglamento de Seguridad Minera”, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue
fijado mediante el artículo quinto del Decreto Supremo Nº132, de 2002, del Ministerio de Minería;
el Decreto Supremo Nº 30, de fecha 23 de febrero de 2022, del Ministerio de Minería que modifica
el Decreto Supremo 132/2002 que aprueba el Reglamento de Seguridad Minera, en el sentido de
reemplazar su título XV por un nuevo texto normativo; la Resolución Exenta Nº747 de fecha 3 de
mayo de 2022, del Servicio Nacional de Geología y Minería, que establece Categorías de
Contravenciones a los Reglamentos de Seguridad y señala Multas para cada caso; la Resolución
N°7/2019, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y el Dictamen Nº4.881,
de 1982, ambos de la Contraloría General de República; el memorándum Nº SPS-59.1_595.2, de
fecha 17 de noviembre de 2021 del Subdirector Nacional de Minería, mediante el cual solicita la
aplicación de sanción al productor minero Sr. Victor Vargas Saez; La Resolución Exenta Nº2236 de
fecha 7 de diciembre de 2021, que inicia procedimiento sancionatorio; La Resolución Exenta Nº768,
de fecha 4 de mayo de 2022, de la Dirección Nacional de Sernageomin, que resuelve procedimiento
sancionatorio contra del productor minero; y
CONSIDERANDO:
1. Que, con los antecedentes tenidos a la vista, mediante Resolución Exenta Nº 768 de fecha
4 de mayo de 2022, se resolvió el procedimiento sancionatorio contra el productor minero Sr.
Victor Saez Vargas, rut. 9.017.386-3, titular de la faena minera Mina Fe Grande, ubicada
en la comuna de Arauco, Región del Bio-Bio, por contravenciones al Reglamento de Seguridad
Minera, constatadas como resultado de dos fiscalizaciones, una realizada el 12 de noviembre de
2020, y otra el 22 de septiembre de 2021, con el objeto de supervisar el cumplimiento de las
normas sobre seguridad minera en la citada faena.
Se le aplicó una multa de 50,1 UTM por contravención a los artículos 609 (40,1 UTM,
contravención gravísima), al artículo 598 (10 UTM, contravención menos grave) ambas del
Reglamento de Seguridad Minera.

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