Resolución Exenta Nº 2022 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2022 - Normativa - VLEX 923775870

Resolución Exenta Nº 2022 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2022

Fecha de publicación01 Julio 2022
Número de resolución2022
......
MINISTERIO
DE
ECONOMÍA,
FOMENTO
Y
TURISMO
-
~-----
.........._
SUBSECRETARIA
DE
P-ESCA
-'lACUICULTURA
ACUI
/
ACS
lOB
DENSIDAD
REGIÓN
DE
LOS
LAGOS
FIJA
DENSIDAD
DE
CULTIVO
PARA
LA
AGRUPACIÓN
DE
CONCESIONES
DE
SALMÓNIDOS
108
EN
LA
REGION
DE
LOS
LAGOS.
FIJA
NÜMERO
MÁXIMO
DE
EJEMPLARES
A
INGRESAR
EN
LAS
ESTRUCTURAS
DE
CULTIVO
QUE
SEÑALA.
VALPARAíSO
, Ü
1
JUl
2D21
R.
EX.
_
_1.3_4_4_
__ _
VISTO:
Los
Informes Técnicos
<D.AcJ
324
de fecha
18
de
abril
de 2022,
442
de fecha
01
de
junio
de
2022
y
543 de fecha 29 de
junio
de
2022, todos de la División de Acuicultura de esta Subsecretaña; los Oficios
CD.AC.)
ORO.
418
de
fecha
02
de mayo de
2022
y 452 de
09
de mayo de 2022, ambos de esta Subsecretaña;
el
Oficio
IFOP/DIA/N°031/2022/DIR/225, de fecha
16
de mayo de 2022,
del
Instituto de Fomento Pesquero;
el
Oficio
ORD.N°:
DN
-2195/2022, de fecha
10
de mayo de 2022,
del
Servicio Nacional de
Pesca
y
Acuicultura;
el
correo electrónico de fecha 08 de junio de 2022, dirigido a los
titulares
de la
ACS
108
;
lo
dispuesto en
el
D.F.L
5 de 1983; la Ley General de
Pesca
y Acuicultura
18.892 y
sus
modificaciones, cuyo
texto
refundido, coordinado y sistematizado fue fijado
por
el
D.S.
430
de
1991,
del
actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la Ley 19.880;
el
D.S.
319
de 2001, y
sus modificaciones, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; las Resoluciones Exentas
1503
y
2713, ambas de 2013,
828 de
2014
,
94
de 2015,
1662
y
3035, ambas de
2016,
3224
de 2018, 904 de 2020 y 2782 de 2021, todas de esta Subsecretaría; las
Resoluciones Exentas
1449
y 2237, ambas de 2009, 1897 y 1898, ambas de 2010,
1381,
2082,
2302 y
2534, todas de 2011,
1308,
2601 y
3042, todas de
2012
y
235,
570, 1582,
2954,
3004
y 3006, todas de 2013, 69, 646,
791
,
1466
,
1854,
2846, 2899 y
4831
, todas de 2014,
1412, 3352,
7296,
7297,
7298,
7704,
7711, 7714 y 9920, todas de 2015,
142
,
785,
3210
,
3391, 5358,
5361
,
5364
,
6312, 7921,
11184
, y
11326, todas de
2016
,
1649
,
1650,
3460,
3556,
3983 y
4810
, todas de
2017
, 72,
799, 875,
1501
y
4266, todas de 2018,
278,
279, 1215,
2279,
4257 y
4260, todas de 2019,
313
,
493
,
903 y
1519, todas de
2020
, 03,
1165
,
1312,
1414
y 1626, todas de
2021
, todas
del
Servicio
Nacional de
Pesca
y Acuicultura; la Resolución 07 de
2019
, de la Contraloña General de
la
República.
C O N S 1 O
E R A N O
0:
Que de conformidad con el
artículo
86 bis
de la Ley General de
Pesca
y Acuicultura, citada en
VISTO
, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
deberá establecer, por resolución, para cada agrupación
de
concesiones, densidades de
cultivo
por
especie o grupo de especies.
Página 1 de 4
Q~e
la densidad
antes
señalada
debe
ser
fijada conforme
.a
un
procedimiento que comprende las siguientes etapas: al una propuesta
preliminar
de
densid~d
de. cultivo. que
será
formulada mediante informe técnico, económico y
·ambiental que.será{eniitido al
Servicio NacionaLde Pesca
y
Acuicultura y a
IFOP;
bl una propuesta
que contenga.en
lo
:que
Corresponda,lasobservacionesrecibidas de.parte
d.e
las instituciones
antes
señaladasyqueseraremitidaalasagrupaciones
de. concesiones:
el
un
plazo de
un
mes para que
los titulares
de.
las concesiones integrantes .de la agrupaciónpuedan remitir sus observaciones:
y,
dl
una resolución de
la
Subsecretaría que fija ·la densidad de cultivo, de conformidad con el
procedimiento previsto en el Título
XIV
del
D.S.
319
de 2001, del.actual Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo.
Que
mediante Informe Técnico
<D.Ac.l
324
de
2022,
esta
Subsecretaria
formuló
la
propuesta
de
informe técnico, económico y ambiental
de
las.
densidadesde cultivo a
ser
planteadas para la agrupación
de
salmónidos 108, considerándose
al
efecto los
antecedentes exigidos por el
O
.S.
319 de 2001,
antes
citado, referidos a
Los
resultados sanitarios deL período productivo anterior,
la
proyección de siembra
de
peces y los
antecedentes
ambientales, en
lo
que corresponde.
Que
mediante oficios citados en
VISTO,
.IFOP
y eL
Servicio Nacional
de
Pesca y Acuicultura, emitieron su ·pronunciamiento acerca de
la
propuesta
de
densidad
de
cultivo. elaborada por
esta
Subsecretaria.
Que
de
acuerdo con el Informe Técnico
543 de
2022,
dhla
División
d.e
Acuicultura citado en
VISTO,
la
.agrupación 108 obtuvo una
dasificacióndebioseguridadBaja3.
Que
los titulares de los centros
de
cultivo
integrantes
de
la
agrl1pación
de
concesiones Salmones Antártica
S.A.,
Cermaq Chile
S.A.,
el grupo
empresarial controlado
por
Salmones Camanchaca
S.A.,
.lnvermar
S.A.,
Mowi
Chile
S.A.,
Aquachile
Maullín Limitada y SalmoconcesionesS.A., optaron
por
el porcentaje
de
reducción
de
siembra, de
conformidad con elartículo'62del
D.S.
319
de
2001,ya citado.
RESUELVO:
1.-
.Fijase
las siguientes densidades de
cultivo
por
especieparaláagrupación
de.
concesiones 108, estabLecida en
la
Resolución Exenta
2782 de2021, de esta
Subsecretaría, o
La
resolución que la reemplace:
.
.
ESPECIE
DENSIDAD
Salmón
del atlántico
8
Kg/m
3
Truchaarcoíris
.
·.·
6
Kg/m
3
Salmón
echo
6
Kg!m
3
Página 2 de 4

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR