Resolución Exenta nº 133-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta Fotovoltaica Zaturno 9 MW - Normativa - VLEX 916273137

Resolución Exenta nº 133-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta Fotovoltaica Zaturno 9 MW

Número de resolución133-2021
Fecha de publicación14 Abril 2021
Año2021
Fecha16 Abril 2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
ANTOFAGASTA
Califica Ambientalmente el proyecto Planta Fotovoltaica Zaturno 9 MW
<NUM_RES>
Antofagasta
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 08 de octubre de 2020 y su Adenda
Complementaria de 25 de febrero de 2021, del proyecto Planta Fotovoltaica Zaturno 9 MW”,
presentado por GRENERGY RENOVABLES PACIFIC LIMITADA con fecha 20 de abril de 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“Planta Fotovoltaica Zaturno 9 MW”.
3°. El Acta de Evaluación 43 de 28 de septiembre de 2020, del Comité Técnico de la Región de
Antofagasta.
. El ICE de la DIA del proyecto Planta Fotovoltaica Zaturno 9 MW” de 23 de marzo de 2021.
5°. El Acta 10/2021 de 31 de marzo de 2021, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la
Región de Antofagasta.
. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto Planta Fotovoltaica Zaturno 9 MW.
7. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (“Reglamento del SEIA”); en la Ley 19.880, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración
del Estado; en la Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de
Razón; en la Resolución Exenta RA Nº 119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al
Director Regional de Antofagasta; y en el Decreto N°18 de fecha 12 de enero de 2021 del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta,
se dicta lo siguiente:
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 15-04-2021 16:45:46:702 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 15-04-2021 16:45:48:242 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, GRENERGY RENOVABLES PACIFIC LIMITADA (en adelante, el Titular), ha sometido
al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Planta Fotovoltaica
Zaturno 9 MW(en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Grenergy Renovable Pacific Limitada
Rut
76.257.813-1
Domicilio
Isidora Goyenechea 2800, Oficina 3702, piso 37, Edificio
Titanium. Las Condes, Región Metropolitana.
Teléfono
6 2 32519400
Nombre representante legal
Antonio Ros Mesa
Rut representante legal
13.831.549-5
Domicilio representante legal
Isidora Goyenechea 2800, Oficina 3702, piso 37, Edificio
Titanium. Las Condes, Región Metropolitana.
Teléfono representante legal
56 2 32519400
Correo electrónico Titular o
representante legal
rosantonio@grenergy.eu ; crojas@grenergy.eu
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de marzo de 2021, el Director SEA Antofagasta
ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
b) Han identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha
proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y
no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en
el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
. Que, en sesión de 31 de marzo de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta
acordó calificar favorablemente el proyecto Planta Fotovoltaica Zaturno 9 MW”, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de 23 de marzo de 2021, el que forma parte integrante de la
presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
La “Planta Fotovoltaica Zaturno” tiene por objetivo generar energía
eléctrica a partir del aprovechamiento de la energía solar, mediante la
implementación de 26.964 paneles solares de 4007 Wp c/u, que en
conjunto tendrán un potencial de generación de 9 MWn de potencia
nominal, que será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional (en adelante
“SEN”).
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Letra c) Art. 3 RSEIA “Centrales generadoras de energía de más de 3
MW”
Vida útil
Duración
6 meses
30 años
4 meses
30 años y 10 meses
Monto de inversión
$13,5 millones de dólares.
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
En relación a lo anterior, se hace presente que la actividad que da inicio
a la materialización del Proyecto corresponde a la “Habilitación de
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inicio de la ejecución
Instalación de Faena” necesaria para la construcción de las obras, cuyo
inicio se prevé para el mes de agosto del año 2021.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
[X]
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Si
No
[X]
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si
No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se emplazará en la Región de Antofagasta, en la
Provincia de Antofagasta, específicamente en la comuna de
Antofagasta a aproximadamente a 17 kilómetros al noreste del
límite urbano de la comuna de Antofagasta.
Descripción de la localización
La localización del Proyecto obedece a la existencia de factores
que definen este sector como “técnicamente adecuado” para la
implementación de energías renovables del tipo fotovoltaico: El
potencial de generación de energía; el área de emplazamiento
cuenta con conectividad eléctrica de fácil acceso; área de fácil
acceso, donde la ruta enrolada más cercana se encuentra al este del
Proyecto; el Proyecto no presenta incompatibilidad territorial.
Superficie
La superficie del Proyecto estará compuesta por obras permanentes
y temporales, las que abarcarán una superficie total equivalente a
30,82 hectáreas. Mayor detalle ver Tabla 1-27 “Superficie Total
del Proyecto” de la DIA.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
En las tablas a continuación, se muestran las coordenadas en
DATUM WGS 84 Proyección UTM 19 S de las obras permanentes
del proyecto
Tabla 4.2.1 Coordenadas UTM Área de Planta.
Vértice
Este
Norte
A
375.539
7.402.949
B
375.799
7.403.777
C
376.121
7.403.631
D
376.035
7.403.019
Tabla 4.2.2. Coordenadas UTM - Línea de Evacuación Eléctrica.
Vértice
Este
Norte
A
375.746
7.403.611
B
375.805
7.405.340
Tabla 4.2.3 Coordenadas UTM - Punto de Conexión.
Vértice
Este
Norte
A
375.805
7.405.340
Mayores detalles ver sección 1.5.2.1 Obras y/o Acciones
Permanentes” de la DIA.
Caminos de acceso
El acceso principal y único al área del Proyecto será realizado a
través de un camino no enrolado que empalma directo con la Ruta
5, el cual permite acceder directamente al área de emplazamiento
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