Resolución Exenta Nº 1314 de Superintendencia de Medio Ambiente, 31-07-2020 - Normativa - VLEX 847681304

Resolución Exenta Nº 1314 de Superintendencia de Medio Ambiente, 31-07-2020

Fecha31 Julio 2020
Número de resolución1314
EmisorSuperintendencia de Medio Ambiente
~
S
MA
1
S
up
e
r
i
nt
~
nd
e n c
~
a
r.
del Medto Ambtente
Gobierno de Chile
REQUIERE CONEXIÓN
EN
LrNEA Y
REPORTE
ELECTRÓNICO PARA
El
MONITOREO
DEL
COMPONENTE HÍDRICO ASOCIADO A
LAS
UNIDADES
FISCALIZABLES QUE INDICA EMPLAZADAS
EN
LA
CUENCA
DEL
SALAR
DE
ATACAMA
RESOLUCIÓN EXENTA N2 1.314
Santiago,
31
de
julio
de
2020
VISTOS:
Lo
dispuesto en el artículo
seg
undo de
la
Ley
W20
.417,
que establece
la
Ley
Orgánica de
la
Superintendencia del
Medio
Ambiente (en adelante "LOSMA");
en
la
Ley
W20
.600,
que
crea los Tribunales Ambientales; en
la
Ley
W19.300, sobre
Bases
Generales
del
Medio
Ambiente (en adelante "
Ley
W19.300"
);
en
el Decreto Supremo N"40, de 2012, del
Ministerio del Medio Ambiente que fija el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (en adelante "
RSEIA");
en
la
Ley
W19.880, que Establece
las
Bases
de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de
la
Administración
del
Estado; en el Decreto
con Fuerza de
Ley
N"1/19.653, de 2001, que fija
texto
refundido, coordinado y sistematizado
de
la
Ley
W18
.575, Orgánica Constitucional
de
Bases
General
es
de la Administración del Estado; en
la
Ley
W18
.834 que Aprueba el Estatuto Administrativo; en el Decre
to
con Fuerza de
Ley
N"3, de 2010, del
Ministerio Secretaría General de
la
Presidencia, que
Fija
la
Planta
de
la Superintendencia del Medio
Ambiente; en
la
Resolución Exenta N"1076, de 26
de
junio
de 2020,
de
la
Superintendenc
ia
del
Medio
Ambiente, que fija
la
Organización Interna
de
la
Superintendencia del
Medio
Ambient
e;
en
el Decreto N"31, de 2019, del Ministerio del Medio Ambiente, que nombra a don Cristóbal de
la
Maza Guzmán
en
el cargo de Superintendente del Medio Ambiente;
en
la Resolución W7, de 2019,
de la Contralor
ía
General de
la
República, que fija norm
as
sobre exención del
trámite
de
toma
de
razón.
CONSIDERANDO:
l.
LAS
FACULTADES
DE
LA
SUPERINTENDENCIA
DEL
MEDIO AMBIENTE
l.
Que, el artículo 2" de
la
LOSMA dispone que
la
Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante,
"S
MA
" ) tiene
por
objeto
ejecutar, organizar
y coordinar el seguimiento y fiscalización de
las
Resoluciones de Calificación Ambiental, de
las
medidas de los Planes de Prevención
y,
o de Descontaminación Ambiental, del contenido de
las
Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión, y de los Plane s de Manejo, cuando
corresponda, y
de
todos aquellos otros instrumentos
de
ca
rácter ambiental que establezca
la
Ley;
así
como imponer sanciones en caso
qu
e
se
constaten infracciones de su competencia.
2. Que,
seg
ún precisa el
mismo
precepto, la labor
de
la
SMA
es
sin perjuicio de
las
funciones de fiscalización ambiental
de
organismos sectoriales,
los cuales conservarán
sus
competencias y potestades en aquellas materias e
instrumentos
que
no
sean de competencia de la Superintendencia.
P
ág
ina 1 de 11

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR