Resolución Exenta nº 130027-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Fabriciano - Normativa - VLEX 916509305

Resolución Exenta nº 130027-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Fabriciano

Número de resolución130027-2022
Fecha de publicación12 Enero 2022
Año2022
Fecha12 Enero 2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Fabriciano”
<NUM_RES>
Santiago
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), admitida a trámite con fecha 15 de julio de
2021, mediante Resolución Exenta N° 520/2021 de la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 24 de septiembre del 2021, y su Adenda
Complementaria de fecha 23 de noviembre del 2021, del Proyecto “Fabriciano”, presentado por
Patricio Antonio Fernández Vial, en representación de INMOBILIARIA NOLBERTO SPA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“Fabriciano”.
3°. El Acta de Evaluación N° 03/2021 de fecha 17 de diciembre de 2021 del Comité Técnico de la
Región Metropolitana
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Fabriciano” de 17 de diciembre de 2021.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 27 de diciembre
de 2021.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Fabriciano”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº 40,
de 30 de octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N° 1/19.653, de 2002, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la
Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado; en los artículos 80 y siguientes del DFL 29/2005 que
fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.834 y en la Resolución Nº 7,
de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 05-01-2022 22:09:13:432 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 05-01-2022 22:09:15:401 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, INMOBILIARIA NOLBERTO SPA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Fabriciano” (en adelante, el
Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
INMOBILIARIA NOLBERTO
SPA
.
Rut
.
299
.
016
-
2
Domicilio Avenida Apoquindo N°3721 piso 9, Las Condes,
Región Metropolitana de Santiago.
Teléfono
+5
6 2
24501600
Nombre representante legal
1
Patricio Antonio
Ferná
ndez
Vial
Rut representante legal
1
13.
831.442
-
1
Domicilio del representante
legal
Avenida Apoquindo N°3721 piso 9, Las Condes,
Región Metropolitana de Santiago
.
Teléfono representante
legal
+
5
6 2
24501600
Correo electrónico Titular o
representante
leg
a
l
patricio.fernandez@greystar.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de diciembre de 2021, el Servicio de Evaluación
Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando
que:
Cumple con la normativa ambiental aplicable vigente;
Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio
Ambiente (en adelante “MMA”);
No presenta o genera los efectos característicos o circunstancias establecidas en el artículo
11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto
Ambiental.
3°. Que, en sesión del 27 de diciembre de 2021 la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Fabriciano”, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de 17 de diciembre de 2021, el que forma parte integrante de la
presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción
del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo del Proyecto es la construcción de un edificio con destino
habitacional y locales comerciales. Lo anterior de conformidad a la
planificación urbana que consta de los instrumentos de planificación
territorial aplicable
a
l
Proyecto
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental en virtud de lo establecido en la letra h) del artículo 10° letra
de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y el
artículo 3° del D.S. N°40/2012 de MMA, Reglamento del SEIA que
dispone en dicha norma, lo siguiente:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas
declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o
conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o
urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que
presenten alguna de las siguientes características.
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h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas
(7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más
viviendas;”
El Proyecto de tipo inmobiliario se ejecutará en una zona declarada
saturada, como es la Región Metropolitana. Además, el proyecto
construirá un total de 335 departamentos, lo que supera la cantidad de
viviendas establecidas en el literal h.1.3 del Reglamento del SEIA.
Tipología Secundaria: No tiene.
Vida útil Indefinida
Monto de inversión USD $ 36.527.155
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
El Titular indica, en punto A.6.2 de la DIA, que el acto o faena mínimo
que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto corresponde a la
actividad de demolición.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
Acápite A.2.8 de la DIA.
[X]
Proyecto modifica un
proyecto o actividad Si No “En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del
Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental, D.S. N°40/2013, se declara que el
Proyecto no es una modificación de algún proyecto o
actividad.”, según se indica en el capítulo A.2.7 de la
D
IA.
[X]
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si
No
Capítulo A.2.7 de la DIA.
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa El Proyecto se encuentra ubicado en la Región Metropolitana,
provincia de Santiago, en la comuna de Macul, específicamente en
la calle Av. Departamental N°3636.
Descripción de la localización Según la información entregada por el Titular en el acápite A.3.4.
de la DIA: se aclara que: “La localización y características del
Proyecto, guardan plena coincidencia con los instrumentos de
planificación territorial vigentes aplicables al Proyecto. El área o
zona en la que se emplaza el Proyecto corresponde a un sector o
Zona ZM-1 (Zona mixta residencial y Equipamiento Z4) (para
mayor detalle revisar Certificados de Informaciones Previas del
Anexo N°2. Documentos), cuyos usos permitidos corresponden a:
Viviendas de todo tipo, Equipamiento (de escala vecinal, comunal,
regional), Salud, Educación, Culto, Cultura, Áreas verdes,
Deportes, Esparcimiento y turismo, Comercio (Servicios públicos y
privados, Servicios artesanales), Almacenamiento (sólo como
complemento a la actividad comercial y localizado en
subterráneo); según el Plan Regulador Vigente.
Superficie El Proyecto se emplazará en un terreno cuya superficie neta total
corresponde a 3.352,50 m2, sobre los cuales se edificarán
29.970,44 m2, de los cuales 9.313,34 m2 corresponden a niveles
subterráneos y 20.657,10 m2 se construirán sobre la cota 0, el
Titular entrega mayores detalles en el acápite A.3.3. de la DIA.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84 Según el acápite A.3.2.1 de la DIA, la representación cartográfica y los
vértices del Proyecto se exponen en la siguiente tabla:
Tabla 1 “Vértices del proyecto.”
ID
Este (m)
Norte (m)
1
351.703
6.291.213
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