Resolución Exenta nº 1300186-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Vicuña Mackenna 655 - Normativa - VLEX 916272965

Resolución Exenta nº 1300186-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Vicuña Mackenna 655

Número de resolución1300186-2021
Fecha de publicación21 Octubre 2021
Año2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Resolución Exenta N° (N° digital en costado inferior izquierdo)
Califica Ambientalmente el proyecto “Vicuña Mackenna 655
Santiago, (Fecha en costado inferior izquierdo)
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), admitida a trámite con fecha 07 de octubre de
2020, mediante Resolución Exenta N°491/2020 de la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 03 de marzo de 2021 y su Adenda Complementaria
de fecha 25 de agosto de 2021, del proyecto “Vicuña Mackenna 655”, presentado por Inversiones
Ingenieros Diecisiete SpA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del proyecto
Vicuña Mackenna 655”.
3°. El Acta de Evaluación Nº02/2021 de fecha 21 de septiembre de 2021 del Comité Técnico de la
Región Metropolitana.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Vicuña Mackenna 655” de fecha 24 de septiembre de 2021.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 04 de octubre de
2021.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Vicuña Mackenna 655”.
7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, sobre Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Decreto
Supremo N° 256 de fecha 01 de octubre de 2021 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en
la Resolución Exenta RA N°119046/83/2021, de 29 de enero de 2021, de la Dirección Ejecutiva del
Servicio de Evaluación Ambiental, y en la Resolución N°7, del 26 de marzo 2019, de la Contraloría
General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Inversiones Ingenieros Diecisiete SpA (en adelante, el “Titular”), ha sometido al Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) la DIA del proyecto Vicuña Mackenna 655” (en
adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Inversiones Ingenieros Diecisiete SpA
Rut
77.091.447-7
Domicilio
Av. Kennedy 7.600 Of 603 Vitacura,
Santiago..
Nombre representante legal
Agustín Juan Tort Hernández
Rut representante legal
7.158.454-2
Domicilio representante legal
Av. Kennedy 7.600 Of 603 Vitacura,
Santiago.
Correo electrónico Titular o representante legal
cpuelma@isa.cl
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 18-10-2021 17:27:46:116 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 24 de septiembre de 2021, el Servicio de Evaluación
Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando
que:
Cumple con la normativa ambiental aplicable vigente;
Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
señalados en los artículos 132, 140 y 142 del artículo 161 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
No presenta o genera los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo
11° de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto
Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 04 de octubre de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Vicuña Mackenna 655”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 24 de septiembre de 2021, el que forma parte
integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso
segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria,
que forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación, se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del presente Proyecto consiste en la construcción de 3 edificios
con destino habitacional, 1 local comercial y 39 oficinas, a emplazar en la
comuna de Santiago.
Descripción general
del proyecto
El Proyecto corresponde a la construcción de 3 edificios de 17 pisos de
altura respectivamente (el piso 17 corresponde a cubierta que incluye
espacios comunes). Los edificios contemplan un total de 531
departamentos, 247 estacionamientos y 239 bicicleteros y 92 bodegas.
Además, contará con 1 local comercial y 39 oficinas.
El proyecto será construido en una etapa constructiva, el detalle se señala
en la tabla 14 de la DIA. El cronograma de la fase de construcción se
muestra de la tabla 15 de la DIA y sería de aproximadamente 37 meses.
Tipología principal, así
como las aplicables a
sus partes, obras o
acciones
El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental en virtud de lo establecido en la letra h) del artículo 10° letra
de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y el
artículo 3° del D.S. N°40/2012 de MMA, Reglamento del SEIA que
dispone en dicha norma, lo siguiente:
“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas
declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos
de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así
como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de
las siguientes características.
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7
ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas”.
De acuerdo a lo anterior, el Proyecto debe ingresar al SEIA debido a que:
a. Se ubica en la Región Metropolitana, la cual se encuentra declarada
como zona saturada por ozono, material particulado respirable, partículas
en suspensión y monóxido de carbono, y zona latente por dióxido de
nitrógeno; y
b. Contempla la construcción de un edificio de viviendas con un total de
531 departamentos (viviendas).
Vida útil
Indefinida.
Monto de inversión
US$ 60.000.000.-
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta
del inicio de la
ejecución del proyecto
de modo sistemático y
permanente, para
efectos de la caducidad
de la RCA
El hito que da inicio al Proyecto corresponde a la demolición
Proyecto o actividad se
desarrolla por etapas
No
Respecto a lo previsto en el artículo 14° del D.S. N°40/2012
del MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental, el proyecto no se desarrollará por etapas.
Mayores antecedentes en el punto A.2.8 de la DIA.
[X]
Proyecto o actividad
modifica un proyecto o
actividad existente
No
En relación con lo dispuesto en el artículo 12° del D.S.
N°40/2012 del MMA, Reglamento del Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental, se indica que el Proyecto sometido a
evaluación corresponde a un Proyecto nuevo, por lo que no
modifica ningún Proyecto o actividad.
Mayores antecedentes en la sección A.2.7 de la DIA.
[X]
Proyecto modifica
otra(s) RCA
No
No aplica.
Mayores antecedentes en la sección A.2.7 de la DIA.
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se encuentra ubicado en la Región Metropolitana,
provincia de Santiago, en la comuna de Santiago, específicamente
en Avenida Vicuña Mackenna N°655.
Justificación de la
localización
La justificación de la localización del Proyecto tiene relación con
las condiciones y características del área del emplazamiento, donde
resalta la conectividad del sector por vías principales, y la presencia
de abundante comercio y servicios.
Es preciso aclarar que la localización y características del Proyecto,
guardan plena coincidencia con los instrumentos de planificación
territorial vigentes aplicables al Proyecto. El área o zona en la que
se emplaza el Proyecto corresponde a Zona B (Sector Especial B2,
Subsector B2a) (para mayor detalle revisar Certificados de
Informaciones Previas del Anexo N°2. Documentos de la DIA),
cuyos usos permitidos corresponden a residencial (vivienda,
edificaciones y locales destinados al hospedaje), equipamiento
(científico, comercio, culto y cultura, deporte, educación,
esparcimiento, salud, seguridad, servicios y social), actividades
productivas (talleres artesanales), infraestructura, espacio público y
áreas verdes; según el Plan Regulador Vigente.
Mayores antecedentes en el punto A.3.4 de la DIA.
Superficie
El Proyecto se emplazará en un terreno cuya superficie neta total
corresponde a 3.851,53 m2, sobre los cuales se edificarán 37.736,5
m2, de los cuales 9.150,53 m2 corresponden a niveles subterráneos y
28.586,02 m2 se construirán sobre la cota 0.
El detalle se presenta en Anexo N°2 “Planos” de la Adenda.
Coordenadas UTM en
Datum WGS84
Las coordenadas de ubicación del terreno donde se emplazará el
Proyecto se presentan en la siguiente tabla:
Tabla N°1: Coordenadas localización Proyecto.
Vértice
Este (m)
Norte (m)
A
348.228
6.297.613
B
348.335
6.297.643
C
348.343
6.297.610
D
348.237
6.297.580
Proyección UTM, huso 19S, Datum WGS84.
Fuente: Coordenadas de localización del proyecto señalados en la
Figura 2 de la DIA.

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