Resolución Exenta nº 130018-2023 del Servicio de Evaluación Ambiental. Ampliación Packing Merquén SpA - Normativa - VLEX 933097027

Resolución Exenta nº 130018-2023 del Servicio de Evaluación Ambiental. Ampliación Packing Merquén SpA

Fecha09 Enero 2023
Fecha de publicación09 Enero 2023
Año2023
Número de resolución130018-2023
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
1
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Ampliación Packing Merquén SpA
<NUM_RES>
Santiago
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) admitida a trámite con fecha 20 de abril de 2022
mediante Resolución Exenta N° 202213001244 de la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 31 de agosto de 2022 y su Adenda Complementaria
de fecha 25 de noviembre de 2022 del proyecto “Ampliación Packing Merquén SpA, del Titular
Packing Merquen SpA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que,
sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, que
se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto
Ampliación Packing Merquén SpA”.
3°. El Acta de Evaluación N° 05/2022, de fecha 06 de diciembre de 2022 del Comité Técnico de la
Región Metropolitana.
4°. El ICE N° 202213109232 de la DIA del Proyecto “Ampliación Packing Merquén SpA” de fecha
15 de diciembre de 2022.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 23 de diciembre
de 2022.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del Proyecto Ampliación Packing Merquén SpA.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el
Decreto Supremo N° 81 de fecha 11 de marzo de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública; en los artículos 80 y siguientes del DFL 29/2005 que fija el texto Refundido, Coordinado y
Sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, del Ministerio de Hacienda; y en
la Resolución Nº 7, de 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija
Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Duran Medina
Fecha: 06-01-2023 17:56:30:828 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
2
CONSIDERANDO:
1°. Que, Packing Merquen SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Ampliación Packing Merquén SpA” (en adelante,
el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Packing Merquen SpA.
Rut
77.015.053-1
Domicilio
Longitudinal Sur Km 41, Paine, Región Metropolitana
Teléfono
2-32526832
Nombre representante legal
Ismael Andrés Ruiz Seguel
Rut representante legal
15.384.544-1
Domicilio representante legal
Longitudinal Sur Km 41, Paine, Región Metropolitana
Teléfono representante legal
56 9 6206 9633
Correo electrónico Titular o
representante legal
ismael.ruiz@quelenexport.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 15 de diciembre de 2022, el Servicio de Evaluación
Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
- Cumple con la normativa ambiental aplicable vigente;
- Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
señalados en los artículos 138, 140, 142, 156, 160 y el pronunciamiento del artículo 161 del
D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”);
- No presenta o genera los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo
11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto
Ambiental.
3°. Que, en sesión de 23 de diciembre de 2022 de la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago, se acordó calificar favorablemente el proyecto “Ampliación Packing
Merquén SpA”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 15 de diciembre de 2022.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo
general
El objetivo del proyecto “Ampliación Packing Merquén SpA” (en adelante, el
“Proyecto”), es regularizar las instalaciones de la Planta Merquén SpA existente,
construidas entre los años 2021 y 2022 (según documento “Cronograma Total”,
Archivo E, Adenda Complementaria), y que actualmente están en operación.
Mayores antecedentes en el Punto 1.3.1 documento Descripción Proyecto”,
Archivo C, Adenda Complementaria.
Descripción
del Proyecto
Proyecto existente:
Las instalaciones del proyecto existente (hasta julio de 2019) inició su operación
con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº19.300. Dichas instalaciones
contaban con la Resolución Nº00214/1988, del MINSAL, para realizar la actividad
de “Frigorífico y Packing”.
La superficie del predio es de 52.034 m2, con una superficie construida de
15.134,73 m2 y cuentan con sus respectivos permisos de edificación (ver
documentos “Emplazamiento general Archivo Planos Parte 2 y Copia de
permisos de edificación”, Anexo D-2, Archivo D, ambos de la Adenda), tal como
se muestra en la Tabla 1 del documento “Descripción Proyecto”, Archivo C,
Adenda Complementaria.
El proyecto existente recibe y embala productos frescos. A continuación, se
indican las partes y obras del citado proyecto:
Tabla 4.1.1: Partes y obras del proyecto existente (antes de la entrada en vigencia
la Ley 19.300).
Partes y obras del Proyecto
existente*
Superficie (m2)
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3
Packing Paine 1
6796,93
SS.HH (nivel 1)
147,30
SS.HH (nivel 1)
251,98
Casino (nivel 1)
223,09
Oficina importadora (nivel 2)
142,28
Oficina packing (nivel 2)
475,07
Sala de máquinas Paine
1/oficinas
169,68
Fumigación
265,78
Patio cubierto
1837, 53
portería
42,47
Baño 1
92,25
Estacionamiento
(eliminado)
255,99
Ampliación casino
55,35
Sala de maquina Paine 2
169,88
Cámara Paine 2
3988,39
Bodega sustancias químicas
(Demolida)
73,80
Bodega de combustible
(eliminado)
25,80
Caseta equipo emergencia
87,48
Ampliación sala de máquinas
33,60
Fuente: Tablas 1 y 38, Adenda Complementaria y Tabla 1, DIA.
* Mayores detalles de las partes y obras del proyecto existente en la Tabla 38 de la
Adenda Complementaria.
Proyecto en evaluación:
El Proyecto entra en funcionamiento el año 2021, introduciendo cambios al
proyecto existente, con el propósito de dar continuidad e incrementar los servicios,
como el procesamiento de productos frescos, recepción de producto procesado
(almacenaje en cámaras de mantención), packing (proceso selección, calibración y
embalaje de frutas de exportación), inspección fitosanitaria de producto terminado,
y despacho en contenedores frigoríficos.
Dicha ampliación involucra una superficie total de 27.658, 67 m2 adicionales al
proyecto existente, de los cuales 22.066,83 m2 corresponden al primer piso y
5.581,84 m2 al segundo piso; estas construcciones se realizaron entre los años 2021
y 2022, según consta en el documento “Cronograma Total” adjunto en el Archivo
E en la Adenda Complementaria).
La totalidad de las partes y obras del Proyecto se encuentran construidos y
corresponden a las instalaciones de la ampliación, según la Tabla 2 del documento
Descripción Proyecto”, Archivo C, Adenda Complementaria.
Punto 1.3, documento Descripción Proyecto”, Archivo C, Adenda
Complementaria.
Tipología
principal, así
como las
aplicables a
sus partes,
obras o
acciones
Tipología principal:
El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
(SEIA) en virtud de lo establecido en la letra l) del artículo 10 letra de la Ley
N°19.300 Bases Generales sobre el Medio Ambiente y en el literal l) del artículo
3° del D.S. N°40/2012 del MMA Reglamento del SEIA, que dispone lo siguiente:
l) Agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda
de animales, de dimensiones industriales.”
l.1) Agroindustrias donde se realicen labores u operaciones de limpieza,
clasificación de productos según tamaño y calidad, tratamiento de deshidratación,
congelamiento, empacamiento, transformación biológica, física o química de
productos agrícolas, y que tengan capacidad para generar una cantidad total de
residuos sólidos igual o superior a ocho toneladas por día (8 t/día) en algún día
de la fase de operación del proyecto; o agroindustrias que reúnan los requisitos
señalados en los literales h.2. o k.1., según corresponda, ambos del presente
artículo.”
Lo anterior debido a el proyecto es una agroindustria, dado que realizará el
procesamiento de productos frescos, recepción de producto procesado (almacenaje
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