Resolución Exenta nº 128-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. PMGD Santa Lucia Solar - Normativa - VLEX 916274195

Resolución Exenta nº 128-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. PMGD Santa Lucia Solar

Número de resolución128-2020
Fecha de publicación02 Octubre 2020
Año2020
Fecha02 Octubre 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Coquimbo
Califica Ambientalmente el proyecto PMGD Santa Lucía Solar
<NUM_RES>
La Serena
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 23 de enero del
2020, mediante la Resolución Exenta N°10 de la Comisión de Evaluación de la Región de
Coquimbo, su Adenda de fecha 02 de abril del 2020 y su Adenda Complementaria de 29 de julio de
2020, del proyecto denominado “PMGD Santa Lucía Solar”, presentado por SANTA LUCIA
SOLAR SPA con fecha 17 de enero del 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“PMGD Santa Lucía Solar”.
3°. El Acta de Evaluación N° 16 de fecha 19 de agosto del 2020, del Comité Técnico de la Región
de Coquimbo.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “PMGD Santa Lucía Solar” de 19 de agosto de 2020.
5°. Sesión 13 de fecha 27 de agosto de 2020, de la Comisión de Evaluación de la Región de
Coquimbo.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto denominado “PMGD Santa Lucía Solar”.
. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución Nº 7 de 2009, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre
Extinción de Trámites de Toma Razón.
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 29-09-2020 15:10:00:470 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 29-09-2020 15:10:01:213 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, SANTA LUCIA SOLAR SPA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto denominado “PMGD Santa Lucía
Solar” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Santa Lucía Solar SPA
Rut
77.060.789-2
Domicilio
Bucarest 150, D601, Comuna de Providencia, Región
Metropolitana.
Teléfono
569 7965 0972
Nombre representante legal
Ítalo Ariel Silva Jemenao
Rut representante legal
15917220-1
Domicilio representante legal
Miraflores N° 222 P-28 2801, Comuna de Santiago, Región
Metropolitana.
Teléfono representante legal
569 7965 0972
Correo electrónico Titular o
representante legal
italo.silva.j@gmail.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 19 de agosto de 2020, la Directora Servicio de
Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
- El proyecto cumple con la Normativa Ambiental Aplicable;
- El titular del proyecto subsanó los errores, omisiones e inexactitudes durante el proceso de
evaluación;
- Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha
proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de estos;
- No generaría ninguno de los efectos, características y circunstancias establecidas en el
artículo 11 de la Ley N°19.300, por lo tanto, no requiere la presentación de un Estudio de
Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 27 de agosto del 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de
Coquimbo acordó calificar favorablemente el proyecto denominado “PMGD Santa Lucía Solar”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 19 de agosto de 2020, el que forma parte
integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso
segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El proyecto tiene por objetivo proporcionar energía eléctrica a través de
energías renovables no convencionales (ERNC), por medio de central
fotovoltaica de 9 MW AC. La energía será inyectada al Sistema
Eléctrico Nacional.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
La tipología principal del proyecto corresponde a la descrita en el
Artículo 3° literal c) del D.S N°40/2012 Reglamento del Sistema de
Evaluación Ambiental, correspondiente a:
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.
Vida útil
El proyecto tendrá una vida útil de 30 años.
Monto de inversión
La inversión estimada para la ejecución del proyecto será de US $
12.000.000 (dólares americanos).
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
El hito de inicio que marcará la ejecución del proyecto será la
instalación de faena, ya que esta será la gestión que permitirá comenzar
de forma sistemática, ininterrumpida y permanente la construcción del
proyecto.
Proyecto se desarrolla por
etapas
No
El proyecto no se desarrollará por etapas.
X
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Proyecto modifica un
proyecto o actividad
No
El proyecto sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental no representa una modificación de
un proyecto o actividad, que ha sido sometido al
SEIA, configurándose como un proyecto nuevo.
X
Proyecto modifica otra(s)
RCA
No
El proyecto no modifica otras RCA.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
Región de Coquimbo, Provincia del Limarí, Comuna de Ovalle.
Justificación de la
localización
La justificación de la zona de localización del proyecto obedece a
los siguientes aspectos:
La existencia de índices de radiación solar que permiten la
generación de energía mediante módulos solares fotovoltaicos;
La posibilidad de evacuar la energía generada directamente a la
red de distribución cercana existente;
La disposición del propietario de destinar su predio a la
implementación de un proyecto de ERNC, como alternativa de
desarrollo económico por sobre otras opciones de explotación;
La inexistencia de elementos significativos desde el ámbito
ambiental, patrimonial y social que sea necesario preservar y
que impidan el desarrollo del proyecto.
Superficie
El proyecto tendrá una superficie de 20,92 hectáreas (ha).
Coordenadas UTM en
Datum WGS84
Mayor detalle en el numeral 2.3 de la DIA y en el anexo 1 de la
Adenda Complementaria de la DIA.
Caminos de acceso
El acceso al proyecto se realizará desde la ciudad de Ovalle, por
Avenida Ovalle-Combarbalá, y luego por la Ruta D-507
(Huallillinga - Santa Catalina) considerándose una distancia de
aproximadamente 5,5 kilómetros hasta el punto de acceso al predio.
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
Capítulo Nº2: Descripción de Proyecto de la DIA.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
Descripción del proyecto
El Parque Solar Fotovoltaico Santa Lucía Solar corresponde a un proyecto de pequeños medios de
generación distribuida (PMGD) a través de energías renovables no convencionales (ERNC), que
generará energía limpia y confiable a través de la construcción de una central generadora de una
potencia de 9 MW AC. La central utilizará la tecnología de paneles fotovoltaicos para la captación
y transformación de la energía solar a electricidad.
El Proyecto transmitirá́ la energía eléctrica producida por medio de una línea eléctrica de media
tensión de 23 kV, hacia el Sistema Eléctrico Nacional.
El Proyecto se emplaza en un entorno rural de la comuna de Ovalle, en el sector Santa Catalina, en
un predio al cual se accede desde la ruta D-507 (km 5,9). Tratándose de un proyecto de ERNC, la
operación de éste contribuirá a la reducción de las emisiones de gases contaminantes y causantes
del efecto invernadero (GEI) tales como dióxido de carbono (CO2), óxidos de nitrógeno (NOx),
óxidos de azufre (SOx); así como también de material particulado, asociados a la generación
eléctrica basada en la quema de combustibles fósiles, reduciendo con ello los índices de huella de
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