Resolución Exenta nº 1200161-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Fracturación Hidráulica Pozo Exploratorio Picuyo ZG-A - Normativa - VLEX 936152087

Resolución Exenta nº 1200161-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Fracturación Hidráulica Pozo Exploratorio Picuyo ZG-A

Fecha27 Julio 2022
Fecha de publicación27 Julio 2022
Año2022
Número de resolución1200161-2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
1/35
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “FRACTURACIÓN HIDRÁULICA POZO
EXPLORATORIO PICUYO ZG-A
<NUM_RES>
PUNTA ARENAS,
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 17 de mayo de 2022 del proyecto
Fracturación Hidráulica Pozo Exploratorio Picuyo ZG-A”, presentado por Empresa Nacional del
Petróleo Magallanes con fecha 01 de marzo de 2022.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado con
competencia ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la
evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación
(ICE) de la DIA del proyecto Fracturación Hidráulica Pozo Exploratorio Picuyo ZG-A”.
3°. El Acta de Evaluación N°2022121066 de 01 de abril de 2022 del Comité Técnico de la Región de
Magallanes y de la Antártica Chilena.
4°. El ICE 20221210958 de la DIA del proyecto “Fracturación Hidráulica Pozo Exploratorio Picuyo
ZG-A” de 08 de julio de 2022.
5°. El acuerdo adoptado en la sesión N°10 de 19 de julio de 2022, de la Comisión de Evaluación de la
Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA
del proyecto “Fracturación Hidráulica Pozo Exploratorio Picuyo ZG-A”.
7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº40/2012,
del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental; en la Ley Nº19.880, publicada en el D.O. el 29 de Mayo de 2003, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia de 2002, que establece las bases de los procedimientos
administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L.
Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la
Resolución Exenta RA N°119046/24/2021, del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 14 de
enero de 2021, que nombra al Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental Región de
Magallanes y de la Antártica Chilena; y en la Resolución Nº7 de 2019 de la Contraloría General de la
República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, la Empresa Nacional del Petróleo Magallanes (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Fracturación Hidráulica Pozo
Exploratorio Picuyo ZG-A (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los
siguientes:
Nombre o razón social
Empresa Nacional del Petróleo Magallanes
RUT
92.604.000-6
Domicilio
José Nogueira N°1.101, Casilla N°247, Punta Arenas
Teléfono
56-61-2298249
Representante Legal
Rodrigo José Bustamante Villegas
RUT
12.219.794-8
Domicilio
José Nogueira N°1.101, Casilla 247, Punta Arenas
Teléfono
56-61-2298249
Correo Electrónico
rbustamantev@mag.enap.cl ; mcolil@mag.enap.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE 20221210958 de fecha 08 de julio de 2022, el Director Regional
de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por
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Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Duran Medina
Fecha: 21-07-2022 10:30:22:364 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Duran Medina
Fecha: 21-07-2022 10:30:24:848 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
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cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos
de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalado en el artículos
137 del D.S. Nº40/2012 y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la
Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 19 de julio de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y
de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Fracturación Hidráulica Pozo
Exploratorio Picuyo ZG-A”, aprobando íntegramente el contenido del ICE 20221210958 de fecha
08 de julio de 2022 con las siguientes consideraciones, que fueron expuestas en la sesión:
3.1. Se indica que, por un error involuntario, las coordenadas del pozo de monitoreo de aguas, indicadas
en el capitulo 4 del ICE, no son las correctas, debiéndose rectificar las coordenadas en el 4.3 del
presente documento.
En consecuencia, el ICE y la consideración señalada precedentemente que lo complementa, forma
parte integrante de la presente resolución.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la
presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Aumentar la productividad de hidrocarburos del Pozo Picuyo ZG-A,
mediante el proceso de fracturación hidráulica en la formación
Glauconítica, proceso que permitirá aumentar el área de contacto del
reservorio con las inmediaciones del pozo, logrando con ello la extracción
de los hidrocarburos contenidos en el yacimiento.
Descripción general del
proyecto
El proyecto consiste en realizar el proceso de fracturación hidráulica del
“Pozo Picuyo ZG-A”. El proceso de fracturación hidráulica (FH) consiste
en una técnica de estimulación del pozo, a través de la inyección sostenida
de un fluido a una presión tal, que provoque la ruptura de la roca del
yacimiento (aumento del área de contacto del reservorio con el pozo), con el
objeto de crear nuevos canales o conectar canales de flujo existentes,
aumentando la tasa de flujo del pozo y con ello su productividad
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
i.4.) Se entenderá por proyecto de desarrollo minero correspondientes a
petróleo y gas, aquellas acciones u obras cuyo fin es la explotación de
yacimientos, comprendiendo las actividades posteriores a la perforación del
primer pozo exploratorio y la instalación de plantas procesadoras.
Vida útil
Se estima duración máxima de 34 días.
Montro de Inversión
USD $750.000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Montaje de los estanques de almacenamiento de agua para fracturación del
pozo
NO
Proyecto se desarrolla por
etapas
x
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
El proyecto corresponde a una modificación del proyecto
Genérica Sub-Bloque Arenal Norte”, cuya RCA N°025/2020,
evaluó favorablemente la perforación del pozo en cuestión.
Proyecto Modifica otra (s)
RCA
x
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
Región
Magallanes y de la Antártica Chilena.
Provincia
Tierra del Fuego
Comuna
Primavera
Descripción de la
localización
Los hidrocarburos existentes en el subsuelo son propiedad del Estado, y por
Ley de Creación de la Empresa Nacional del Petróleo le corresponden a ésta
los derechos de su explotación. Para el caso particular en estudio, se
propone la fracturación hidráulica del pozo en superficies ya construidas,
previamente autorizadas por Resolución de Calificación Ambiental (RCA
N°025/2020), ya que el sector presenta reservorios de hidrocarburos
confinados que son aptos de extraer mediante el proceso de estimulación de
pozo.
Superficie
1,43 ha
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Coordenadas UTM en
Datum WGS84 - HUSO 19
UTM E
UTM N
Pozo Picuyo ZG-A
4.145.109
440.615
Planchada
Vértice 1
4.145.045
440.560
Vértice 2
4.145.165
440.560
Vértice 3
4.145.165
440.680
Vértice 4
4.145.048
440.680
Caminos de acceso
El acceso al Proyecto se efectúa a través de la Ruta CH-255, que une la
ciudad de Punta Arenas con el complejo fronterizo de Monte Aymond en la
Provincia de Magallanes. Posteriormente se debe tomar la Ruta CH-257 y
dirigirse hacia el cruce de Primera Angostura, para luego desplazarse por
aproximadamente 10 km por la Ruta CH-257, hasta el empalme con la Ruta
Y-65, para luego continuar por aproximadamente 46 km hasta llegar a la
locación del pozo Picuyo ZG-A.
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información
complementaria sobre la
localización de sus partes,
obras y acciones
Figura 1-1, página 6 de la DIA
Figura 1-2, página 8 de la DIA
Figura 1-3, página 9 de la DIA
4.3. PARTES Y OBRAS DEL PROYECTO
Nombre
Descripción
Fase
Planchada
Corresponde a la superficie donde se ubica el pozo
Picuyo ZG-A y cuya área estará intervenida de
manera previa debido a la perforación del pozo, la
cual fue evaluada favorablemente mediante RCA
N°025/2020 del proyecto “Genérica Sub-Bloque
Arenal Norte”.
Construcción,
operación y cierre
Pozo Picuyo ZG-A
Pozo que se someterá al proceso de fracturación
hidráulica en la formación glauconítica, entre los
2.150 a 2.350 m.b.n.mm.
Construcción,
operación y cierre
Pozo de monitoreo de
aguas
Para el seguimiento del recurso hídrico subterráneo,
por efecto de la realización del proceso de
fracturación, el titular construirá, antes de efectuar la
fractura hidráulica un pozo de monitoreos, el cual
estará ubicado aguas abajo del sentido de
escurrimiento del acuífero y a una distancia estimada
de 50 metros del pozo a fracturar. La ubicación es:
Punto de
monitoreo
de agua
Tipo
Coordenadas UTM
WGS84 Huso 19
Este
Norte
Pozo
Subterráneo
440.580
4.145.142
Las eventuales aguas subterráneas halladas durante la
perforación del pozo de monitoreo son exclusivas
para el seguimiento ambiental del proyecto y no se
podrá hacer uso de ellas para otros objetivos. Para
un pozo de monitoreo, no aplica la figura de las
“aguas del minero”, ya que no se trata de una
actividad de explotación minera, sino que una
actividad propia de seguimiento ambiental.
Construcción y
cierre
Estanques de acumulación
de agua dulce
Los estanques de almacenamiento de agua tienen una
capacidad de 80 m3 cada uno, donde el uso efectivo
aproximado es de 75 m3. Estos pueden variar hasta
35 unidades dependiendo del requerimiento de la
fracturación. Son equipos transportables mediante
camiones y sus dimensiones son de
aproximadamente 12 metros de largo y 3,5 metros de
ancho.
Construcción,
operación y cierre
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