Resolución Exenta nº 115-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta Fotovoltaica Alto Norte 9 MW - Normativa - VLEX 916509691

Resolución Exenta nº 115-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Planta Fotovoltaica Alto Norte 9 MW

Número de resolución115-2021
Fecha de publicación24 Marzo 2021
Año2021
Fecha24 Marzo 2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto Planta Fotovoltaica Alto Norte 9 MW
<NUM_RES>
Antofagasta
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), del proyecto Planta Fotovoltaica
Alto Norte 9 MW”, presentado por Grenergy Renovables Pacific Limitada con fecha 16 de
abril de 2020, su Adenda de fecha 28 de octubre de 2020 y su Adenda Complementaria de
fecha 09 de febrero de 2021
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado
que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de
la DIA, y que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”)
de la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Alto Norte 9 MW”.
3°. El Acta de Evaluación 41/2020 de fecha 30 de junio de 2020 del Comité Técnico de
la Región de Antofagasta.
4°. El ICE de la DIA del Proyecto “Planta Fotovoltaica Alto Norte 9 MW” de fecha 02
de marzo de 2021.
5°. El acuerdo N° 21/2021 de la sesión ordinaria N°08/2021 de la Comisión de Evaluación
de la Región de la Región de Antofagasta, de fecha 10 de marzo de 2021.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto
ambiental de la DIA del Proyecto “Planta Fotovoltaica Alto Norte 9 MW”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S.
Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental (“Reglamento del SEIA”); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de
los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución Exenta RA Nº 119046/280/2019
de fecha 03/09/2019 que nombra al Director Regional de Antofagasta y el Decreto N°18 de
fecha 12 de enero de 2021 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al
Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 24-03-2021 12:00:27:794 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 24-03-2021 12:00:31:996 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Grenergy Renovables Pacific Limitada (en adelante, el Titular) ha sometido al
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto Planta
Fotovoltaica Alto Norte 9 MW” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular
son los siguientes:
Nombre o razón social
GRENERGY RENOVABLES PACIFIC LIMITADA
RUT
76.257.813-1
Domicilio
Av. Isidora Goyenechea 2800, Of 3702
Teléfono
56 2 32519400
Nombre del representante
legal
Antonio Francisco Ros Mesa
R.U.T.
13.831.549-5
Domicilio de representantes
legales
Avda. Isidora Goyenechea N°2800, oficina 3702, piso 37,
Edificio Torre Titanium, Las Condes.
Teléfono representante legal
56 2 32519400
Correo electrónico Titular o
representante legal
rosantonio@grenergy.eu ; crojas@grenergy.eu
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 02 de marzo de 2021, el Director Regional
del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado
aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado
con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que
a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto:
Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
Ha identificado el permiso ambiental sectorial aplicable al Proyecto, y ha
proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dicho
permiso, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias
establecidas en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio
Ambiente.
3°. Que, en sesión N°08 de fecha 10 de marzo de 2021, la Comisión de Evaluación de la
Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto Planta Fotovoltaica
Alto Norte 9 MW”, aprobando íntegramente el contenido del ICE del 02 de marzo de
2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo
indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la
presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la
descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
La “Planta Fotovoltaica Alto Norte” tiene por objetivo generar
energía eléctrica a partir del aprovechamiento de la energía solar,
mediante la implementación de paneles solares la cual será
inyectada al Sistema Eléctrico Nacional.
Descripción general del
proyecto
El Proyecto contempla la construcción y operación de una Planta
Fotovoltaica, constituida por 26.880 paneles paneles
fotovoltaicos de 400 Wp cada uno; que en conjunto tendrán una
potencia nominal de generación de 9 MW que serán inyectados al
Sistema Eléctrico Nacional (SEN) por medio de una Línea de
Media Tensión (13,2 kV).
Tipología principal, así
letra c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW del
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como las aplicables a
sus partes, obras o
acciones
artículo 3 del Reglamento del SEIA.
Conforme al literal anteriormente nombrado, el proyecto cumple
con la tipología c) del D.S.40/2012 del MMA, ya que tendrán una
potencia nominal de generación de 9 MW.
Vida útil
30 años.
Monto de inversión
USD 13.500.000.-
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta
del inicio de la
ejecución del proyecto
de modo sistemático y
permanente, para
efectos de la caducidad
de la RCA
El hito que dará inicio al proyecto será la “Habilitación de
Instalación de Faena”.
Proyecto se desarrolla
por etapas
No
Respecto a lo previsto en el Artículo 14° del
Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA,
el proyecto no se desarrollará por etapas.
[X]
Proyecto modifica un
Proyecto o actividad
No
El proyecto presentado no modifica uno
existente.
[X]
Proyecto modifica
otra(s) RCA [sólo en
caso de que el Proyecto
modifique un
Proyecto o actividad]
No
El Proyecto no modifica otro(s) proyecto(s) con
RCA.
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se emplazará en la Región de Antofagasta, en la
Provincia de Antofagasta, específicamente en la comuna de
Antofagasta.
Descripción de la
localización
La localización del Proyecto obedece a la existencia de
factores que definen este sector como “técnicamente
adecuado” para la implementación de energías renovables del
tipo fotovoltaico:
- El potencial de generación de energía, ya que corresponde a
una zona con un alto índice de radiación solar y condiciones
climáticas que permiten obtener la energía directa del sol en
casi todas las épocas del año.
- El área de emplazamiento cuenta con conectividad eléctrica
de fácil acceso.
Superficie
Superficie Unidad Predial 27.54 ha.
Coordenadas UTM en
Datum WGS84
El detalle la ubicación especifica de los vértices, ver Anexo 2
sobre Plano Layout de Proyecto.
Tabla 1. Coordenadas Geográficas – Área de Planta.
Vértice
Coordenadas DATUM WGS 84
Proyección UTM 19 S
Coordenada Este (m)
Coordenada Norte
(m)
A
364.418
7.367.591
B
364.677
7.367.051
C
364.938
7.367.170
D
364.826
7.367.891
Fuente: Tabla 1- 8. Coordenadas Geográficas – Área de
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