Resolución Exenta nº 103-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. POTENCIAMIENTO PLANTA TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS CALAMA, TRATACAL S.A. - Normativa - VLEX 916273990

Resolución Exenta nº 103-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. POTENCIAMIENTO PLANTA TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS CALAMA, TRATACAL S.A.

Número de resolución103-2019
Fecha de publicación11 Junio 2019
Año2019
Fecha11 Junio 2019
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Califica Ambientalmente el proyecto “Potenciamiento Planta
Tratamiento de Aguas Servidas Calama, Tratacal S.A.”.
Resolución Exenta Nº
Antofagasta,
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante DIA), su Adenda de fecha 18 de enero de
2019 y su Adenda Complementaria de fecha 22 de abril de 2019 del proyecto “Potenciamiento
Planta Tratamiento de Aguas Servidas Calama, Tratacal S.A.”, presentado por Tratacal S.A. con
fecha 23 de mayo de 2018.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 2 y 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“Potenciamiento Planta Tratamiento de Aguas Servidas Calama, Tratacal S.A.”.
3°. El Acta de Evaluación N° 21/2018 de fecha 15 de junio de 2018, del Comité Técnico de la
Región de Antofagasta.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Potenciamiento Planta Tratamiento de Aguas Servidas
Calama, Tratacal S.A.” de fecha 17 de mayo de 2019.
5°. El acuerdo N° 31 de la sesión ordinaria N° 10 de la Comisión de Evaluación de la Región de
Antofagasta, de fecha 28 de mayo de 2019.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Potenciamiento Planta Tratamiento de Aguas Servidas Calama, Tratacal
S.A.”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, el Oficio N° 190600 del
16/05/2019 del Servicio de Evaluación Ambiental, que informa el nombramiento del Director
Regional de Antofagasta a la comisión de Alta Dirección Pública del Servicio Civil, y el Decreto N°
415 de fecha 11 de marzo de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al
Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Tratacal S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) la DIA “Potenciamiento Planta Tratamiento de Aguas Servidas Calama,
Tratacal S.A.” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 11-06-2019 11:39:45:979 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 11-06-2019 11:39:46:626 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Nombre o razón social Tratacal S.A.
Rut 76.742.450-1
Domicilio Augusto Leguía Sur Nº 160, oficina 51, Las Condes
Teléfono 55 – 2369164
Nombre(s) del/los representante(s)
legal(es)
Pelayo Santa María Muxica
Rut representante legal 14.578.268-6
Domicilio del/los representante(s)
legal(es)
Augusto Leguía Sur Nº 160, oficina 51, Las Condes
Teléfono representante legal 55 – 2369164
Correo electrónico Titular o
representante legal psantamariam@icafal.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de mayo de 2019, la Directora Regional (S) del
Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el
Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia
Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes
se puede concluir que el proyecto:
a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado
satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta
ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley
19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3°. Que, en sesión de fecha 28 de mayo de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de
Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Potenciamiento Planta Tratamiento de
Aguas Servidas Calama, Tratacal S.A., señalando que se han proporcionado satisfactoriamente
los requisitos y contenidos técnicos de los permisos ambientales sectoriales contenidos en los
artículos N° 126 y N° 140 del Reglamento del SEIA y aprobando íntegramente el contenido del ICE
de fecha 25 de abril de 2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto,
conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente
resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El proyecto consistirá en implementar modificaciones al proyecto
“Optimización Operativa de la Planta de Tratamiento de Aguas
Servidas de Calama” aprobado mediante Resolución Exenta
0336/2008 de fecha 6 de octubre de 2008, de la Comisión Regional
de Medio Ambiente de la Región de Antofagasta y al proyecto
“Mono-relleno Calama, Tratacal” aprobado mediante Resolución
Exenta N° 0193/2016 de fecha 27 de mayo de 2016, de la Comisión
de Evaluación de la Región de Antofagasta; con el objetivo de
potenciar las líneas principales de la planta de tratamiento de aguas
servidas existente de la ciudad de Calama, para cubrir la demanda de
tratamiento de aguas servidas (en adelante PTAS) de esta ciudad
hasta el año 2035, o en su defecto, cuando se logre la capacidad
máxima de tratamiento, es decir, cuando la población alcance
aproximadamente los 237.000 habitantes en el sector de concesión.
Al respecto, se aumentará la capacidad hidráulica y carga másica de
la PTAS, se incorporarán nuevas obras y se modificarán las unidades
existentes para optimizar el tratamiento biológico en el periodo 2019
a 2035, además, se independizarán los reactores, lo que permitirá
desarrollar las mantenciones de dichas unidades sin la necesidad de
detener todo el proceso de tratamiento. Por otra parte, el presente
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proyecto no modificará la actual descarga de aguas servidas en la
quebrada Quetena, en infraestructura, condición de emplazamiento
(punto de descarga) ni tampoco contempla alguna obra asociada.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
o.4) Plantas de tratamiento de aguas de origen domiciliarios, que
atiendan a una población igual o mayor a dos mil quinientos (2.500)
habitantes.
Vida útil Indefinida. Sin embargo, el potenciamiento del presente proyecto, de
las líneas principales de la planta de tratamiento de aguas servidas
existente de la ciudad de Calama, será para cubrir la demanda de
tratamiento de aguas servidas (en adelante PTAS) de esta ciudad
hasta el año 2035, o en su defecto, cuando se logre la capacidad
máxima de tratamiento, es decir, cuando la población alcance
aproximadamente los 237.000 habitantes en el sector de concesión.
Mano de obra Requerirá un máximo de 30 personas para la fase de construcción
(específicamente en subfase 1) y no requerirá personal adicional en la
fase de operación.
Monto de inversión US$ 3.550.000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta
del inicio de la ejecución
El hito que dará inicio al proyecto será la habilitación de la
instalación de faenas para la subfase 1 de la fase de construcción.
Proyecto se desarrolla
por etapas
Si No Las fases de construcción y operación se desarrollarán en
4 subfases (1,2, 3 y 4) cada una.
[X]
Proyecto modifica un
proyecto o actividad Si No Tabla N° 1. Modificaciones
Considerando
modificado
Acción u obra
3.1.2 letra d) R. E.
N° 0336/2008
Se incorporará un estanque de
flotación por aire disuelto (DAF), cuyo
objeto será recibir los lodos
provenientes de la PTAS,
reemplazando el actual sistema de
deshidratación. Además, se
incorporarán los equipos de impulsión
necesarios y red de cañerías asociadas.
El actual estanque de aireación de
fuentes móviles (digestor N° 2) pasará
a ser digestor nuevamente de la PTAS,
tal y como se describió en el proyecto
original. El digestor de la PTAS
recibirá el lodo del espesador DAF y lo
digerirá para enviarlo a la unidad de
deshidratación.
Por otra parte, se mantendrán las 2
centrífugas para aguas servidas y 1
centrífuga para los lodos generados por
la planta de tratamiento provenientes
de fuentes móviles.
3.1.1 letra b) R. E.
N° 0336/2008
Los actuales reactores N° 1 y N° 2
pasarán a ser un nuevo reactor N° 1 y a
partir de los actuales reactores N° 3 y
N° 4 se formará el nuevo reactor N° 2.
Asimismo, el actual digestor aeróbico
N° 1 se modificará para pasar a ser el
nuevo reactor N° 3. Por lo tanto, la
PTAS contará con tres reactores
operando en forma paralela.
3.1.1 letra d) R. E.
N° 0336/2008
El actual estanque de aireación de
tratamiento de las fuentes móviles
pasará a ser un digestor aeróbico (N°
2) de la PTAS, tal como se describió
[X]
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