Resolución Exenta nº 1.3001702E7-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Ampliación y Regularización Planta IDEAL Quilicura - Normativa - VLEX 933096972

Resolución Exenta nº 1.3001702E7-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Ampliación y Regularización Planta IDEAL Quilicura

Fecha30 Diciembre 2022
Número de resolución1.3001702E7-2022
Fecha de publicación30 Diciembre 2022
Año2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Ampliación y Regularización Planta IDEAL Quilicura
<NUM_RES>
Santiago
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 19 de abril de
2021, mediante Resolución Exenta 202213001238, de la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 08 de septiembre de 2022 y su Adenda
Complementaria de fecha 16 de noviembre de 2022, del proyecto “Ampliación y Regularización
Planta IDEAL Quilicura”, presentado por IDEAL S.A.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) 202213109226 de la
DIA del proyecto “Ampliación y Regularización Planta IDEAL Quilicura”.
3°. El Acta de Evaluación Nº02/2022 de fecha 04 de octubre de 2022, del Comité Técnico de la
Región Metropolitana de Santiago.
4°. El ICE 202213109226 de la DIA del proyecto “Ampliación y Regularización Planta IDEAL
Quilicura” de fecha 09 de diciembre de 2022.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 19
de diciembre de 2022.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto Ampliación y Regularización Planta IDEAL Quilicura”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental; en la Ley N°19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N°18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N°81
de fecha 11 de marzo de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en los artículos 80 y
siguientes del DFL 29/2005 que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley
Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, del Ministerio de Hacienda; y en la Resolución Nº 7, de
26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del
Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, IDEAL S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA”) la DIA del proyecto “Ampliación y Regularización Planta IDEAL Quilicura
(en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
IDEAL S.A.
Rut
82.623.500-4
Domicilio
Cañaveral 100 Loteo Portezuelo, Quilicura, Santiago.
Teléfono
+56226758200
Nombre representante legal
Rogers Edward Astete Parraguez
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Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Duran Medina
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Razón:
Lugar:
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Fecha: 30-12-2022 15:25:50:910 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Rut representante legal
13.699.357-7
Domicilio representante legal
Cañaveral 100, Loteo Portezuelo, Quilicura, Santiago.
Teléfono representante legal
+56962545044
Correo electrónico Titular o
representante legal
rogers.astete@grupobimbo.com
Nombre representante legal
Rodrigo Fernando Figueroa Fuentealba
Rut representante legal
12.254.294-7
Domicilio
Cañaveral 100 Loteo Portezuelo, Quilicura, Santiago.
Teléfono representante legal
+56954219843
Correo electrónico Titular o
representante legal
rodrigo.figueroa@grupobimbo.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 09 de diciembre de 2022, el Servicio de Evaluación
Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar la DIA del Proyecto,
considerando que:
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 7 de
este documento;
Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
señalados en los artículos 140, 142, 156 y el Pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº
40/2012 del MMA;
No presenta o genera los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo
11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto
Ambiental.
3°. Que, en la sesión de fecha 19 de diciembre de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto Ampliación y
Regularización Planta IDEAL Quilicura”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 09
de diciembre de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto,
conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del D.S. Nº40/2012 del MMA, se excluyen
de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA, en su Adenda y en su Adenda Complementaria y en sus
correspondientes anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la
descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El Proyecto consiste en la ampliación y regularización de la actual
Planta de elaboración de alimentos incorporando una nueva línea de
producción de alimentos denominada Takis.
Descripción general del
Proyecto
El Proyecto consiste en la construcción y operación de una nueva
línea de producción de alimentos (Takis) en la planta de procesos
existente y consiste en habilitar un pasillo 1, Esclusa 1 y 2, oficinas,
baños, sala de proceso, sala de envase y bodegas, regularización de la
planta de tratamiento de RILes, la reubicación de las actuales bodegas
de residuos no peligrosos y peligrosos y el entubamiento de canal de
aguas lluvias.
La Planta IDEAL Quilicura (en adelante, “la planta”), perteneciente a
IDEAL S.A., actualmente se dedica a la elaboración de productos de
pastelería, bollería, panquelería, pizzas, tortillas y pan, con el
propósito de realizar su despacho y comercialización en diversos
puntos de ventas dentro de Chile. La planta considera una producción
promedio aproximada de 80.000 ton/año, mediante un proceso
productivo que considera la recepción de materias primas,
almacenamiento de materias primas, elaboración de masa, horneado,
corte, enfriamiento, envasado, etiquetado, almacenamiento de
productos y despacho. Conjuntamente, la planta cuenta con una
Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos (RILes) que
se encuentra actualmente en operación. Dicha planta, realiza el
tratamiento de efluentes industriales propios del proceso productivo,
para posteriormente ser evacuados por el sistema de alcantarillado
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público.
Según el cronograma de la figura 1-1 de la DIA, el proyecto se
desarrollará en 1 etapa constructiva con una duración de 2 años. El
proyecto no considera la fase de cierre.
Mayores antecedentes en la sección 1.5.3 de la DIA.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Tipología principal: De acuerdo al artículo 10° de la Ley 19.300 y el
artículo 3° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental, el Proyecto ingresa al SEIA conforme lo siguiente:
“Letra o) Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas
de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de agua o de
residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios
submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos
industriales líquidos o sólidos. Se entenderá por proyectos de
saneamiento ambiental al conjunto de obras, servicios, técnicas,
dispositivos o piezas que correspondan a:
o.7.4 Traten efluentes con una carga contaminante media diaria
igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una
población de cien (100) personas, en uno o más de los parámetros
señalados en la respectiva norma de descargas de residuos
líquidos”.
El Proyecto de tipo industrial generará una carga equivalente a 990
personas, lo que supera lo establecido en el literal o.7.4 del
Reglamento del SEIA.
Tipología Secundaria: No tiene. Cabe mencionar que según el PRMS,
el proyecto se encuentra en una Zona Industrial Exclusiva por lo que
no le es aplicable el literal k.1 del D.S. 40/2012 del MMA.
Vida útil
El proyecto considera una vida útil indefinida.
Monto de inversión
US$ 11.200.000.-
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta del
inicio de la ejecución del
Proyecto de modo
sistemático y permanente,
para efectos de la
caducidad de la RCA
El hito que dará inicio a la ejecución del proyecto será la habilitación
de la instalación de faenas.
Mayores antecedentes en la sección 1.5.10 de la DIA.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
Respecto a lo previsto en el artículo 14° del D.S.
N°40/2012 del MMA, Reglamento del Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto no se
desarrollará por etapas.
Mayores antecedentes en la sección 1.5.9 de la DIA.
[X]
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Si
No
En relación con lo dispuesto en el artículo 12° del
D.S. N°40/2012 del MMA, Reglamento del Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el
Proyecto sometido a evaluación corresponde a una
modificación de proyecto sin Resolución de
Calificación Ambiental.
Mayores antecedentes en la sección 1.5.8 de la DIA.
[X]
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si
No
No aplica.
Mayores antecedentes en la sección 1..5.8 de la DIA.
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
El Proyecto se localiza en la Región Metropolitana, Provincia de
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