Resolución Exenta nº 1.3001341E7-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Andino Las Pataguas - Normativa - VLEX 916509624

Resolución Exenta nº 1.3001341E7-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Andino Las Pataguas

Número de resolución1.3001341E7-2022
Fecha de publicación03 Enero 2022
Año2022
Fecha03 Enero 2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque
Fotovoltaico Andino Las Pataguas”
UM_RES>
Santiago, HA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), presentada con fecha 15 de enero
de 2021 y admitida a trámite mediante la Resolución Exenta N° 049/2021, de fecha 21 de
enero de 2020, de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, su Adenda de fecha
19 de julio de 2021 y su Adenda Complementaria de fecha 10 de noviembre de 2021, del
proyecto “Parque Fotovoltaico Andino Las Pataguas”, presentado por Parque Fotovoltaico
Andino Las Pataguas SpA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que,
sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA,
y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, ICE)
de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Andino Las Pataguas”.
3°. El Acta de Evaluación N° 01/2021 de fecha 23 de noviembre de 2021, del Comité Técnico de
la Región Metropolitana de Santiago.
4°. El ICE de la DIA del proyecto Parque Fotovoltaico Andino Las Pataguas” de fecha 09 de
diciembre de 2021.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago de fecha 17
de diciembre de 2021.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto Parque Fotovoltaico Andino Las Pataguas.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado; la Ley 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; en el Decreto N° 588 de 29 de octubre 2019 del Ministerio del
Interior y Seguridad Pública; en el artículo 80 del DFL 29/2005 que fija texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, y en la Resolución Exenta Nº 7/2019 de fecha
26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón.
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 29-12-2021 19:45:18:349 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 29-12-2021 19:45:20:672 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Parque Fotovoltaico Andino Las Pataguas SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, SEIA) la DIA del proyecto
Parque Fotovoltaico Andino Las Pataguas” (en adelante, el “Proyecto). Los antecedentes
del Titular son los siguientes:
1.1. ANTECEDENTES DEL TITULAR.
Nombre o razón social.
Parque Fotovoltaico Andino Las Pataguas SpA.
RUT.
77.235.144-5
Domicilio.
Avenida del Condor Sur N° 600, Oficina 13, Huechuraba, Santiago.
Teléfono.
+56 9 50340680
Nombre del representante legal.
Martín Valenzuela Hitschfeld.
Cédula de identidad.
15.960.369-5
Domicilio del representante legal.
Avenida del Condor Sur N° 600, Oficina 13, Huechuraba, Santiago.
Correo electrónico.
martinvalenzuela@andes-solar.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 09 de diciembre de 2021, el Servicio de
Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar/ el
Proyecto, por cuanto:
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los
permisos ambientales sectoriales mixtos establecidos en los artículos 138°, 140°, 142°,
146°, 148°, 151°, 156, 157° y 160° del Reglamento del SEIA;
No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11° de la
Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto
Ambiental; y
El Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes
Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021, la Comisión de Evaluación de
la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque
Fotovoltaico Andino Las Pataguas”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 09
de diciembre de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto,
conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen
de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción
del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO.
Objetivo general.
El objetivo del proyecto “Parque Fotovoltaico Andino Las Pataguas” (el
“Proyecto”) es generar energía eléctrica a partir de la captación de energía
solar, a través de una planta fotovoltaica de 145,14 MWp de potencia
instalada, 132 MW de potencia nominal, para inyectar la energía al Sistema
Eléctrico Nacional (SEN).
Descripción general del
proyecto.
Consistirá en la construcción (14 meses), operación (40 años) y cierre (6
meses) de un parque fotovoltaico en la comuna de San Pedro de la región
Metropolitana de Santiago, mediante la instalación de 216.632 módulos de
670 Wp, una subestación eléctrica (S/E) elevadora 33/110 kV y una línea de
alta tensión (LAT) de circuito simple en 110 kV, de 10 kilómetros de
longitud aproximadamente (en adelante LT 1x110 kV), la cual llegará hasta
la S/E eléctrica existente “Las Arañas 110 kV”, propiedad de CGE.
Mayores detalles de las actividades de la ejecución del Proyecto revisar, la
DIA, numeral 1.3.7 Cronograma de actividades.
Tipología principal, así
b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.
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como las aplicables a sus
partes, obras o acciones.
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.
Vida útil.
El Proyecto tendrá una vida útil de 40 años.
Monto de inversión
USD $150.000.000.- (Ciento cincuenta millones de dólares americanos).
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta
del inicio de la ejecución
del proyecto de modo
sistemático y
permanente, para efectos
de la caducidad de la
RCA.
Corresponderá a la habilitación del sector destinado a emplazar la instalación
de faena, junto con los movimientos de tierra respectivos.
Proyecto o actividad se
desarrolla por etapas.
No
El Proyecto no se desarrollará por etapas.
[X]
Proyecto o actividad
modifica un proyecto o
actividad existente.
No
El Proyecto será completamente nuevo, por lo que no
comprenderá a la modificación de proyectos anteriores que
cuenten o no con Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
[X]
Proyecto modifica
otra(s) RCA.
No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO.
División político-administrativa.
El Proyecto se localizará en la comuna de San Pedro, provincia de
Melipilla, Región Metropolitana de Santiago, en un terreno rural
ubicado en la comuna de San Pedro, Región Metropolitana, Rol N°
29-421.
Justificación de la localización.
El área de emplazamiento del Proyecto resulta favorable para la
instalación de una planta fotovoltaica dado que cuenta con una alta
radiación aprovechable, además corresponde a un terreno sin
grandes pendientes, con facilidad de acceso, proximidad con la
S/E existente (Las Arañas) y se encuentra en una zona con alta
demanda de electricidad.
Por otra parte, el Proyecto es compatible territorialmente,
emplazándose fuera del límite urbano establecido por el Plan
Regulador Metropolitano de Santiago, en un área rural. Mayores
antecedentes, revisar el CIP de la Dirección de Obras de la Ilustre
Municipalidad de San Pedro, adjunto en la Adenda, Anexo 2.
Superficie.
El parque fotovoltaico tiene una superficie de 267,04 ha y la LAT
tiene una superficie de 40,83 ha (incluida la faja de seguridad
eléctrica). El Proyecto comprende una superficie total de 307,87
ha.
Para mayor detalle de las superficies de las partes y obras del
Proyecto de carácter temporal y permanente, revisar la Adenda
Complementaria, respuesta 2.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84.
El detalle de las coordenadas de las partes y obras del Proyecto, de
carácter temporal (instalación de faena) y permanente (parque
fotovoltaico, S/E Elevadora y LAT), revisar la Adenda
Complementaria, respuesta 2.
Caminos o vías de acceso.
Al Proyecto se accede desde la Ruta 66 (camino de la fruta), hasta
conectar con Ruta G-672 en dirección hacia el norte, durante
aproximadamente 700 m se debe tomar la Ruta G-900 en dirección
al oriente hasta conectar con el punto de ingreso (DIA, 1.4.4).
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e información
complementaria sobre la
localización de sus partes, obras y
acciones.
DIA, Anexo 2 Planos_kmz_y_otros_antecedentes.
Adenda, Anexo 2 Kmz_planos_y_otros_antecedentes.
Adenda Complementaria, Anexo 2
Kmz_planos_y_otros_antecedentes.
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