Resolución Exenta nº 1.3001446E7-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Loteo Compositor Vicente Bianchi Alarcón y Loteo Pintor Alfredo Helsby. - Normativa - VLEX 916508409

Resolución Exenta nº 1.3001446E7-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Loteo Compositor Vicente Bianchi Alarcón y Loteo Pintor Alfredo Helsby.

Número de resolución1.3001446E7-2022
Fecha de publicación04 Agosto 2022
Fecha04 Agosto 2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Loteo Compositor Vicente Bianchi Alarcón y Loteo Pintor
Alfredo Helsby.”
<NUM_RES>
Santiago
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), admitida a trámite con fecha 16 de agosto de
2021 mediante Resolución Exenta N° 594/2021 de la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 14 de enero de 2022 y su Adenda Complementaria
de fecha 20 de junio de 2022, del proyecto “Loteo Compositor Vicente Bianchi Alarcón y Loteo
Pintor Alfredo Helsby”, presentado por los señores Manuel Moure Zubiaguirre y Juan Pablo Grau,
en representación de CONAVICOOP con fecha 09 de agosto de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del proyecto
Loteo Compositor Vicente Bianchi Alarcón y Loteo Pintor Alfredo Helsby”.
3°. El Acta de Evaluación N° 04/2022 de fecha 05 de julio de 2022 del Comité Técnico de la
Región Metropolitana.
4°. El ICE 202213109133 de la DIA del proyecto “Loteo Compositor Vicente Bianchi Alarcón y
Loteo Pintor Alfredo Helsby” de fecha 08 de julio de 2022.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 18 de julio de
2022.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto Loteo Compositor Vicente Bianchi Alarcón y Loteo Pintor Alfredo Helsby.
7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación
Ambiental (en adelante, “Reglamento del SEIA” o “RSEIA”); la Ley N°19.880, que Establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; la Ley N° 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 81 de fecha 11 de marzo de 2022 del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el artículo 80 del DFL 29/2005 que fija texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley N°18.834, sobre estatuto administrativo; y en la Resolución
N°7, de fecha 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón.
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Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Duran Medina
Fecha: 01-08-2022 21:24:16:267 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, CONAVICOOP (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Loteo Compositor Vicente Bianchi Alarcón y Loteo Pintor
Alfredo Helsby.” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
CONAVICOOP
Rut
70.020.030-2
Domicilio
Londres N°81, Santiago, Región Metropolitana
Teléfono
988692402
Nombre representante legal
Manuel Moure Zubiaguirre
Rut representante legal
7.015.779-9
Nombre representante legal
Juan Pablo Grau
Rut representante legal
13.905.311-7
Domicilio representante legal
Londres N°81, Santiago, Región Metropolitana
Teléfono representante legal
(+56 9) 88692402
Correo electrónico Titular o
representante legal
andres.carreno@bioic.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE 202213109133 de fecha 08 de julio de 2022, el Servicio de
Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, ha recomendado aprobar el Proyecto,
considerando que:
Cumple con la normativa ambiental aplicable vigente;
Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. N° 40/2012 del MMA;
No presenta o genera los efectos característicos o circunstancias establecidas en el artículo
11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto
Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 18 de julio de 2022 la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Loteo Compositor Vicente
Bianchi Alarcón y Loteo Pintor Alfredo Helsby”, aprobando íntegramente el contenido del ICE
202213109133 de fecha 08 de julio de 2022, el que forma parte integrante de la presente
Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento
del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA, en su Adenda, en su Adenda Complementaria y en sus
correspondientes Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la
descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El Proyecto tiene por objetivo la construcción de un conjunto
habitacional conformado por 457 unidades habitacionales, de las
cuales, 246 viviendas se encuentran en construcción; estas se acogen al
D.S. N°19/2011 del MINVU que reglamenta el programa “Integración
Social y Territorial”.
Descripción general del
proyecto
El Proyecto contempla la modificación del conjunto habitacional
Loteo Compositor Vicente Bianchi Alarcón (en adelante Etapa 1), el
cual comenzó su construcción en agosto de 2021, y considera 246
viviendas de dos (2) pisos cada una, dos (2) locales comerciales, una
(1) sala multiuso, una (1) multicancha, una (1) sala de reciclaje y 191
estacionamientos vehiculares en un predio de 35.296,59 m2 (Tabla 1
del Anexo 2, acápite 1.9. y Figura 30 de la Adenda Complementaria).
La modificación contempla la ampliación de la Etapa 1 mediante la
construcción del conjunto habitacional “Loteo Pintor Alfredo Helsby”
(en adelante Etapa 2), el que considera la edificación de 211 viviendas
de dos (2) pisos cada una, dos (2) locales comerciales, una (1) sala
multiuso, una (1) sala de reciclaje y 162 estacionamientos vehiculares
en un predio de 33.972,56 m2 (Tabla 1 del Anexo 2 y acápite 1.9. de la
Adenda Complementaria).
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Cabe señalar que el Proyecto evaluado considera la operación conjunta
de la Etapa 1 y la Etapa 2, por lo que el conjunto habitacional durante
la fase de operación considera un total de 457 viviendas, 4 locales
comerciales, 2 salas multiuso, 2 salas de reciclaje, 1 multicancha y 353
estacionamientos vehiculares; emplazándose el conjunto habitacional
en un predio de 69.269,15 m2, con una superficie total construida de
26.352,86 m2.
La Etapa 2 considera una fase de construcción total de 17 meses, la
cual se traslapará durante sus primeros 7 meses de construcción con los
últimos 7 meses de construcción de la Etapa 1 (Ver cronograma en
Figura 30 de la Adenda Complementaria).
Actualización de la Descripción del Proyecto presentada en Anexo 2 de
la Adenda Complementaria.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
El Proyecto corresponde a un proyecto que cumple con lo establecido
en el literal g.2. del artículo 2° del D.S. N°40/2012 del MMA (RSEIA);
como tipología principal, de acuerdo con lo indicado en el artículo 10
de la Ley 19.300 y en particular en el artículo 3° del Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, le aplica lo señalado en
la letra:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas
declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o
conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o
urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que
presenten alguna de las siguientes características.
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete
hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trecientas (300) o más
viviendas.”
El proyecto considera en su conjunto la operación de 457 viviendas;
por lo tanto, cumple con lo establecido en el literal h.1.3. de dicho
reglamento.
Tipología Secundaria: No tiene.
Vida útil
Indefinida.
Monto de inversión
USD $ 18.000.000.- (acápite A.2.5. de la DIA).
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
El Titular indica, en acápite 4.2. de la Adenda Complementaria, que el
acto o faena mínima que dará cuenta del inicio de su ejecución de
modo sistemático y permanente corresponde a la demolición de
estructuras existentes en el predio de emplazamiento de la Etapa 2.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
Acorde a lo estipulado en el artículo 14 del D.S.
N°40/2012 del MMA, el proyecto no se desarrolla
por etapas (acápite 1.2. de la Adenda).
[X]
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Si
No
Corresponde a un proyecto que cumple con lo
establecido en el literal g) del artículo del
Reglamento del SEIA, debido a que las partes obras y
acciones que se evalúan y que complementarán el
Proyecto existente, al sumarse constituyen un
proyecto listado en el artículo 3° del D.S. N°40/2012
del MMA, según se indica en el capítulo A.2.7. del
Anexo 2 de la Adenda Complementaria. Cabe
destacar que el Titular consideró los impactos
existentes generados por la construcción y operación
de la Etapa 1 junto con los que generará el Proyecto
evaluado (Etapa 2).
[X]
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si
No
Acápite A.2.7. del Anexo 2 de la Adenda
Complementaria.
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El proyecto se localiza en la Región Metropolitana, Provincia de
Talagante, Comuna de Peñaflor, específicamente en Camino en
calle Santo Tomás N°2800 (Etapa 1) y Av. 21 de Mayo N°2712
(Etapa 2). En complemento, en la Figura 2 del Anexo 2 de la
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