Resolución Exenta nº 1-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Prospecciones La Cobaltera - Normativa - VLEX 916274044

Resolución Exenta nº 1-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Prospecciones La Cobaltera

Número de resolución1-2020
Fecha de publicación06 Enero 2020
Año2020
Fecha06 Enero 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Atacama
Califica Ambientalmente el proyecto
“Prospecciones La Cobaltera”
Resolución Exenta Nº 1
Copiapó, 3 de enero de 2020
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 11 de septiembre de 2019 y
su Adenda Complementaria de fecha 19 de noviembre de 2019, del proyecto “Prospecciones La
Cobaltera”, presentado por Baltum Minería SpA con fecha 27 de mayo de 2019.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“Prospecciones La Cobaltera”.
3°. El Acta de Evaluación N° 28 de fecha 11 de diciembre de 2019, del Comité Técnico de la
Región de Atacama.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Prospecciones La Cobaltera” de fecha 11 de diciembre de 2019.
5°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, celebrada con fecha 19 de
diciembre de 2019.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Prospecciones La Cobaltera”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº
40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (RSEIA); en el D.F.L. N° 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y en la
Resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Baltum Minería SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Prospecciones La Cobaltera” (en adelante, el
Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Baltum Minería SpA
Rut
76.827.453-3
Domicilio
Rosario Norte 100, Oficina 702, Las Condes
Teléfono
56 2 29521329
Nombre representante legal
Ignacio Moreno Fernández
Rut representante legal
8.369.910-8
Domicilio representante legal
Rosario Norte 100, Oficina 702, Las Condes
Teléfono representante legal
56 2 29521329
Correo electrónico Titular o
representante legal
imoreno@baltum.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de diciembre de 2019, la Directora Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por
cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del
ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos
ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del ICE; no genera ni presenta los
efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la
necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores,
omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones,
Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de fecha 19 de diciembre de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de
Atacama acordó calificar ambientalmente favorable el proyecto “Prospecciones La Cobaltera”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 11 de diciembre de 2019, el que forma parte
integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso
segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del
Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El Proyecto tiene como objetivo principal el desarrollo de 75
plataformas de perforación, para la ejecución de sondajes mediante el
método de perforación del tipo diamantina, para lo cual se considera
utilizar 3 máquinas perforadoras simultáneamente, con el objetivo de
determinar y cuantificar las concentraciones de minerales de cobalto
presentes en el área.
La implementación del Proyecto permitirá dar continuidad a un
Plan de Exploraciones mineras que se encuentra actualmente en
ejecución, y que considera la habilitación de 39 plataformas de
sondaje. De esta forma, se construirá un total de 114 plataformas.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
i.2) Se entenderá por prospecciones al conjunto de obras y acciones a
desarrollarse con posterioridad a las exploraciones mineras,
conducentes a minimizar las incertidumbres geológicas, asociadas a las
concentraciones de sustancias minerales de un proyecto de desarrollo
minero, necesarias para la caracterización requerida y con el fin de
establecer los planes mineros en los cuales se base la explotación
programada de un yacimiento, que consideren cuarenta (40) o más
plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de las
Regiones de Arica y Parinacota a la Región de Coquimbo, o veinte (20)
o más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de
las Regiones de Valparaíso a la Región de Magallanes y Antártica
Chilena, incluida la Región Metropolitana de Santiago.
Vida útil
42 meses
Monto de inversión
USD $ 20.000.000.
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
El acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del
Proyecto corresponde al despeje y preparación del terreno donde se
habilitará su plataforma de sondaje N°1 que corresponderá a la
plataforma N° 40 del total de 114 plataformas que el Titular habilitará
en el sector.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Si
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
Región de Atacama, Provincia de Huasco, Comuna de Freirina
Descripción de la
localización
La localización del Proyecto se justifica debido al potencial de
mineralización de la zona, junto con los hallazgos obtenidos a partir
del Plan de Exploraciones original ejecutado hasta la fecha, en las
cuales se identificó la presencia de minerales de cobalto en el área.
Superficie
Obra
Superficie (ha)
Instalación de Faenas
2,6
Loguera y estanque de agua
0,22
Caminos
0,39
Plataformas
3,87
Piscina de acumulación de agua
0,0105
Polvorines
0,0030

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