Resolución Exenta nº 1.3001101E7-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. El Olivo - Normativa - VLEX 916273758

Resolución Exenta nº 1.3001101E7-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. El Olivo

Número de resolución1.3001101E7-2022
Fecha de publicación21 Febrero 2022
Año2022
Fecha22 Febrero 2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “El Olivo”
UM_RES>
Santiago
HA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), admitida a trámite con fecha 09 de agosto de
2021 mediante Resolución Exenta N°578/2021 de la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 19 de octubre de 2021 y su Adenda
Complementaria de fecha 06 de enero de 2022, del proyecto “El Olivo”, presentado por
Inmobiliaria Cañadilla SpA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del proyecto
“El Olivo”.
3°. El Acta de Evaluación Nº03/2022 de fecha 25 de enero de 2022 del Comité Técnico de la
Región Metropolitana.
4°. El ICE Nº 20221310930 de la DIA del proyecto “El Olivo” de fecha 28 de enero de 2022.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 08 de febrero de
2022.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “El Olivo”.
7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, sobre Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el
Decreto Supremo N° 256 de fecha 01 de octubre de 2021 del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública; el artículo 80 del DFL 29/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la
Ley Nº 18.834, y en la Resolución N°7, del 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la
República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Inmobiliaria Cañadilla SpA (en adelante, el “Titular”), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) la DIA del proyecto “El Olivo” (en adelante, el
“Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Inmobiliaria Cañadilla SpA
Rut
96.958.600-2
Domicilio
Los Navegantes 1980, Providencia.
Nombre representante legal
Hugo Marcos Antonio Hormazábal Calderón
Rut representante legal
6.693.304-0
Domicilio representante legal
Los Navegantes 1980, Providencia
Correo electrónico Titular o representante legal
hmhc@canadilla.cl
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 21-02-2022 16:39:31:464 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 21-02-2022 16:39:35:180 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Nombre representante legal
Pamela Hormazabal Calderón
Rut representante legal
6.393.305-9
Domicilio representante legal
Los Navegantes 1980, Providencia
Correo electrónico Titular o representante legal
dnh@canadilla.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de enero de 2022, el Servicio de Evaluación
Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando
que:
Cumple con la normativa ambiental aplicable vigente;
Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
señalados en los artículos 140 y 142 del artículo 161 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
No presenta o genera los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo
11° de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto
Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 07 de febrero de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “El Olivo”, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de fecha 28 de enero de 2022, el que forma parte integrante de la
presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria,
que forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación, se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto es proveer nuevas soluciones habitacionales en la
comuna de Conchalí para satisfacer la demanda actual de viviendas en el
sector e incorporar servicios cercanos a la comunidad entre locales
comerciales
Descripción general
del proyecto
El proyecto contempla la construcción y operación de 3 edificios de 15
pisos y tres subterráneos, con un total de 910 departamentos, 4 locales
comerciales, 798 estacionamientos distribuidos en superficie y
subterráneo, de los cuales 655 son para residentes, 137 para visitas, 6 para
comercio y por otro lado considera 794 estacionamientos para bicicletas.
El proyecto considera una fase de construcción con tres etapas
constructivas, tendrán una duración de 24 meses cada una.
A continuación, se describe cada una de las etapas constructivas de la fase
de construcción del proyecto.
Etapa constructiva N° 1:
Esta etapa del proyecto contará con un edificio de 15 pisos y 3
subterráneos, con un total de 350 departamentos, 306 estacionamientos,
siendo 247 para residentes, 53 de visitas, 6 para locales comerciales y 312
estacionamientos para bicicletas.
Etapa constructiva N° 2:
Esta etapa del proyecto contará con un edificio de 15 pisos y 3
subterráneos, con un total de 280 departamentos, 243 estacionamientos,
siendo 201 para residentes, 42 de visitas y 246 estacionamientos para
bicicletas.
Etapa constructiva N° 3:
Esta etapa del proyecto contará con un edificio de 15 pisos y 3
subterráneos, con un total de 280 departamentos, 249 estacionamientos,
siendo 207 para residentes, 42 de visitas y 236 estacionamientos para
bicicletas.
La fase de construcción tendrá una duración total de 72 meses, 24 meses
por cada etapa constructiva (ver cronograma en acápite 1.11.2. de la DIA
y cronología actualizada en Ficha resumen, adjunta en Anexo N° 2 Fichas
resumen de la Adenda Complementaria).
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Tipología principal, así
como las aplicables a
sus partes, obras o
acciones
El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (en adelante SEIA) según lo señalado en la letra h) del artículo
10 de la Ley 19.300, modificada por la Ley 20.417; y, el artículo 3º del
D.S. 40/2012 MMA, referido al Reglamento del SEIA, que dispone en
dicha norma, lo siguiente:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas
declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos
de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así
como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de
las siguientes características:
h.1.3. que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7
ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o
h.1.4. que consulten la construcción de edificios de uso público con una
capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más
estacionamientos.”
De acuerdo a lo anterior, el Proyecto debe ingresar al SEIA debido a que:
a. Se ubica en la Región Metropolitana, la cual se encuentra declarada
como zona saturada por ozono, material particulado respirable, partículas
en suspensión y monóxido de carbono, y zona latente por dióxido de
nitrógeno; y
b. Contempla la construcción de un edificio de viviendas con un total de
910 departamentos (viviendas).
Vida útil
Indefinida.
Monto de inversión
US$ 65.283.250.-
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta
del inicio de la
ejecución del proyecto
de modo sistemático y
permanente, para
efectos de la caducidad
de la RCA
El hito que da inicio al Proyecto corresponde a la ejecución del cierre
perimetral
Proyecto o actividad se
desarrolla por etapas
No
Respecto a lo previsto en el Artículo 14° del Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S.
N°40/2012 MMA, se declara que el Proyecto no será
desarrollado en etapas.
Mayores antecedentes en el punto 1.4 de la DIA.
[X]
Proyecto o actividad
modifica un proyecto o
actividad existente
No
En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del
Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental,
D.S. N°40/2012 MMA, se declara que el Proyecto no es una
modificación de algún proyecto o actividad
Mayores antecedentes en el punto 1.2 de la DIA.
[X]
Proyecto modifica
otra(s) RCA
No
No aplica.
Mayores antecedentes en el punto 1.2 de la DIA.
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se encontrará ubicado en la Región Metropolitana,
provincia de Santiago, en la comuna de Conchalí, específicamente
en Avenida Independencia N° 4009 N° 4025.
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